Seguridad en El Almacenamiento y Trasiego de Combustibles

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SEGURIDAD EN EL

ALMACENAMIENTO Y TRASIEGO DE

LOS HIDROCARBUROS

MARCO NORMATIVO PARA ALMACENAMIENTO DE

HIDROCARBUROS DERIVADOS DEL PETROLEO

Reglamento de Seguridad para el almacenamiento de Hidrocarburos

Aprobado por DS 052-93-EM

Reglamento de Seguridad para Establecimientos de Venta al Público

de Combustibles Derivados de Hidrocarburos.

Aprobado por DS 054-93-EM

Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y

otros productos derivados de los Hidrocarburos aprobado por DS

030-98-EM, DS 045-2001-EM y modificatoria D.S. N° DS N° 045-2005-

EM.

MARCO NORMATIVO PARA ALMACENAMIENTO DE

HIDROCARBUROS DERIVADOS DEL PETROLEO

Instalaciones para Consumidores Directos y Redes de

Distribución de GLP: NTP. 321.123 (2009)

Reglamento de Seguridad para Instalaciones y Transportes de

Gas Licuado de Petróleo, aprobado por DS 027-94-EM y DS 065-

2008-EM.

Reglamento de establecimientos de Gas Licuado de Petróleo

para uso automotor- Gasocentros, aprobado por DS 019-97-EM

Clasificación de los Hidrocarburos

TIPOS COMBUSTIBLES COMPOSICION

MOLECULAR

PODER CALORIFICO KJ/KG

Referencial

PESADOS

RESIDUALES, ASFALTOS Y PETROLEOS

INDUSTRIALES

25 A 70 CARBONOS 9500

LIVIANOS GASOHOL, SOLVENTES Y DIESEL B5

8 A 15 CARBONOS 10000

GASES GLP

3 A 4 CARBONOS 11000

GNC 1 A 2 CARBONOS 12000

• TIPOS DE TANQUES DE ALMACENAMIENTO TRADICIONALES

TANQUE VERTICALES

Techo Fijo

Techo Flotante

TANQUES HORIZONTALES

Con tapa plana

Con tapa Esférica

TANQUES ESFERICOS

TANQUES VERTICALES SUPERFICIALES Y

ATMOSFERICOS

Se construyen bajo diferentes normas Técnicas, la más usada es

el API 650 y para su reparación y mantenimiento el API 653

TANQUES

ATMOSFERICOS DE

TECHO FLOTANTE

• El techo del tanque

flota sobre la

superficie del líquido.

• Se utiliza para

almacenamiento de

líquidos con presión

de vapor Reid mayor a

4psi.

• tanques cuyo diámetro

excede los 45 m.

TANQUES ATMOSFERICOS DE

TECHO FIJO

• El techo puede ser

autosoportado o por columnas.

• La superficie del techo puede

tener forma de domo o cono.

• Cuenta con ventilaciones en el

techo que permite la emisión

de vapores consiguiendo que

en el interior del tanque se

mantenga aproximadamente a

presión atmosférica.

ALMACENAMIENTO EN ESFERAS

• Se utiliza para almacenar

líquidos con una presión

mayor a 13 psia a nivel del

mar.

• General mente se usa para

almacenar gases licuados.

• Se consideran económicas las

esferas con capacidad de

agua a partir de 800 m3.

TANQUES HORIZONTALES

TANQUES HORIZONTALES PARA ALMACENAMIENTO DE LIQUIDOS A PRESIÓN

Se utiliza para almacenar líquidos

con una presión mayor a 13 psia a

nivel del mar.

Deben de construirse de acuerdo a

lo dispuesto en el D.S.052-93-EM.

Deben ser diseñados de acuerdo

al ASME Sección VIII Div. 1 ó 2

según sea aplicable.

Deben contar con certificado

Otorgado por un organismo

acreditado ante INDECOPI.

ALMACENAMIENTO EN EESS - GRIFOS

Tapas Manholle

Boquereles

Spill Container

Válvulas Sobrellenado

Recuperador de Vapores

Nivel Máximo

Llenado

Contenedor B.S.

Tubería Flexible

Caja Contenedora

Dispensador

Válvula Impacto

Válvulas de Venteo

Botas Entrada

Tubería Flexible

TANQUES HORIZONTALES

Generalmente en las EE.SS

y Grifos se utiliza tanques

horizontales y enterrados

de acuerdo a lo establecido

en el D.S. N° 054-93-EM y

Modificatorias.

Nivel freático menor de 4,0 m

se requiere estructuras de

concreto armado,

impermeabilizado.

Nivel freático igual o mayor

de 4,0 m no requieren estas

estructuras

La seguridad en el almacenamiento en tanques enterrados,

comienza, desde la evaluación del lugar donde se proyecta ubicar

el tanque.

Posteriormente los tanque y red tuberías son sometidas a una

prueba de presión, con la finalidad de comprobar su hermeticidad

para proceder a realizar su enterramiento.

En maestranza : A la presión de

diseño pero en ningún caso

inferior a 15 PSI.

En fosa :

Prueba hidráulica a una presión

mínima de 69 kpa (0.7 kg/cm2), la

que debe mantenerse por lo

menos una hora para detectar

posibles filtraciones.

Prueba neumática, a una presión

manométrica de aire mínima de 49

kpa (0,5 kg/cm2), la que deberá

mantenerse por un tiempo mínimo

de 12 horas.

Pruebas de tuberías:

Tuberías de despacho : 60 PSI.

Tuberías de venteo y de

descarga: 3 PSI

En ningún caso, estas pruebas

deben ser tener una duración

menor de 30 minutos.

Estas pruebas se realizan en

presencia del Supervisor de

OSINERGMIN.

BOCAS DE LLENADO CON TAPAS HERMÉTICAS,

DIFERENCIADAS POR PRODUCTO

CRITERIOS TECNICOS DE SUPERVISION EN ALMACENAMIENTO

DE HIDROCARBUROS

INSTALACIONES ELECTRICAS

INSTALACIONES MECANICAS

SISTEMA CONTRA INCENDIO Y/O EXTINTORES

Las áreas se clasifican en las

locaciones donde se almacenan

o manipulan:

- Líquidos clase I

- Líquidos clase II o III, cuando

se encuentran a una

temperatura igual o mayor a

su punto de inflamación.

UN AREA CLASIFICADA NO DEBE EXTENDERSE MÁS ALLÁ DE UN PISO,

PARED, MURO, TECHO U OTRA PARTICION SOLIDA QUE NO POSEA

ABERTURA DENTRO DEL AREA CLASIFICADA

UN AREA CLASIFICADA SE EXTIENDE HACIA UN RECINTO CERRADO SI EXISTE

UNA ABERTURA DE ELLA DENTRO DE DICHA AREA CLASIFICADA.

Alcance del área peligrosa en Rack de GLP

• En todos los Reglamentos de Seguridad del subsector

Hidrocarburos, se especifica que los equipos e

instalaciones eléctricas deberán ser del tipo a

prueba de explosión, en las áreas peligrosas

(clasificadas).

• Asimismo, estos Reglamentos (DS N° 052-93-EM, art.

55°; DS N° 054-93-EM, art. 39° y DS N° 019-97-EM, art.

63°) especifican que los equipos y materiales a prueba

de explosión deberán tener inscripciones o

certificación que indique la clase, división y grupo

• CLASE I, DIVISION 1 o 2, GRUPO D

26

ACCESORIOS UTILIZADOS EN EL CABLEADO

ELÉCTRICO EN ÁREAS PELIGROSAS CLASIFICADAS

27

INTERRUPTORES DE CORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA

(PULSADOR DE EMERGENCIA) QUE ACTUAN SOBRE LAS

UNIDADES DE SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE O BOMBAS

REMOTAS DISTANTE DE ELLAS Y VISIBLEMENTE UBICABLES

28

POZO A TIERRA PARA LA DESCARGA DE

COMBUSTIBLE

29

ACOMETIDA ELÉCTRICA A BOMBAS SUMERGIBLES

DE COMBUSTIBLES

El sello debe ser el primer accesorio que se conecta a la tubería enterrada.

Ubicación de los sellos tipo

antiexposivos en una

máquina de despacho

31

INSTALACIONES ELECTRICAS – INTERIOR DE EQUIPOS

DE DESPACHO

VALVULAS DE SEGURIDAD EN DISPENSADORES DE

COMBUSTIBLES LIQUIDOS

Válvulas de Impacto

Pistola de despacho

automática

Válvula de Seguridad Break Away

Debe ubicarse a

5,0 m de límites

de propiedad.

Malla de

protección de

1,75 m a 2,0 m

de altura.

ZONA DE TANQUE

PARA GLP

- Debe ubicarse a 5,0 m

de TK GLP.

- A 3,0 m de otro surtidor

de Combustibles líquidos.

Si es paralelo, a 6,0 m del

otro surtidor.

ISLA DE GLP

-Medidor de nivel

- Termómetro (líquido)

- Manómetro (vapor)

- Válvula check en

conexiones de entrada.

- Válvulas de exceso de

flujo en conexiones de

salida.

- Línea a tierra (solo Tks en

superficie)

- Válvula de seguridad.

- Línea de purga

INSTALACIONES

MECANICAS DE GLP

PROTECCIÓN CATODICA DE LOS TANQUES

ENTERRADOS

Central de alarma

Ubicarse en

- toma de carga

- bajo dispensadores

- zona de tanque.

Se activan al 25% de

límite inferior de

explosividad.

DETECTOR DE GASES

Deben ubicarse a:

-8,0 m mínimo de

edificaciones.

- 3,0 m del Tk de GLP

- 3,10 m de veredas o vías

públicas

TOMA DE LLENADO DEL

TANQUE DE GLP

VALVULA DE CIERRE DE EMERGENCIA

UBICADA EN LA LINEA DE LIQUIDO

41

Válvulas de alivio Hidrostático

42

Equipos de protección

contra incendio EXTINTORES

Medidas de protección pasiva:

Son medidas que tratan de minimizar los daños del incendio una vez que este

se ha producido.

Medidas de protección activa:

Son medidas diseñadas para asegurar la extinción de cualquier conato de

incendio lo más rápidamente posible y evitar así su extensión en el edificio. Se

consideran dos tipos de medidas:

a) Medidas de detección de incendios, que suelen estar basadas en la

detección de humos o de aumento de temperatura.

b) Medidas de extinción de incendios, que pueden ser manuales o automáticos:

• Manuales: Extintores, Gabinetes, Hidrantes, Monitores.

• Automáticos: Dotados de sistemas de diversos productos para extinción:

— Agua (Sprinklers, cortinas de agua, espumas, agua pulverizada).

— Gases (Halones (actualmente en desuso), dióxido de carbono).

Señalización en los extintores, según la Clase de Fuego

Agentes de

Extinción

CLASE A : Materiales sólidos

combustibles, tales como papel, madera,

cartón, tela, alfombras, cortinas, etc.

2OA : Corresponde a la cantidad de 20

pies³ (40%) en volumen de fuego Clase A

de un volumen de 50 pies³ (100%) que el

extintor puede extinguir, cuando es

operado por personal con poca experiencia

en el manejo de extintores.

CLASE B : Líquidos inflamables /

combustibles, grasas y gases, tales como

productos derivados de hidrocarburos,

GLP, solventes, pinturas, etc.

80B : Corresponde a la cantidad de 80

pies² (40%) en área de fuego Clase B de

un área de 200 pies² (100%) que el extintor

puede extinguir, cuando es operado por

personal con poca experiencia en el

manejo de extintores.

CLASE C : Equipos eléctricos conectados,

tales como computadoras, impresoras,

fotocopiadoras, tableros eléctricos, etc.

C : La efectividad no se puede determinar

por la dificultad de medir la magnitud de un

fuego eléctrico.

Capacidad de Extinción

¿Qué nos indica el rating 20A:80B:C?

Nota: Si el personal fuera experto en el manejo de los extintores, la efectividad del equipo sería del 100%.

cambio de rating UL

UL USA y UL CANADA han uniformizado sus

requisitos de pruebas para la Clasificación de

Fuegos Clase A.

En la fecha ambos utilizan los requisitos de UL

CANADA que son mas exigentes.

En consecuencia, un extintor que era

clasificado por UL USA con un rating de 20A

puede ser reclasificado hoy en día como 6A

o 10A, siendo el mismo equipo y con la

misma performance.

Algunos fabricantes de Extintores,

mediante sus boletines Técnicos han dado

a conocer el cambio de Rating de sus

equipos, por lo que OSINERGMIN, ha

realizado una evaluación y se está

aceptando los extintores con rating menor

a 20 A, pero se mantiene la exigencia

del rating mínimo 80 BC.

48

ACTIVIDAD REGLAMENTO

GRIFOS

ESTACIONES DE SERVICIO

GRIFOS FLOTANTES

Artículo 36º del Reglamento aprobado por

Decreto Supremo Nº 054-93-EM.

GRIFOS RURALES Artículo 82º del Reglamento aprobado por

Decreto Supremo Nº 054-93-EM.

GASOCENTROS Artículo 99º del Reglamento aprobado por

Decreto Supremo Nº 019-97-EM.

CONSUMIDORES DIRECTOS

COMBUSTIBLES LIQUIDOS Y OPDH

Artículo 84º y 92º del Reglamento aprobado

por Decreto Supremo Nº 052-93-EM.

MEDIOS DE TRANSPORTE DE

COMBUSTIBLES LIQUIDOS Y OPDH

Artículo 41º del Reglamento aprobado por

Decreto Supremo Nº 030-98-EM.

Normativa en la cual se requiere extintores para

diferentes actividades

49

Decreto Supremo N° 054-93-EM: GRIFOS, ESTACIONES DE SERVICIO

REGLAMENTO

APLICACION

- Mínimo dos (02) extintores

- Mínimo dos (02) extintores

No significa que solo sean 02.

- De 11 Kg a 15 Kg

- No requerido

- Impulsado por cartucho externo

- No requerido

- Polvo Químico Seco ABC y con

una certificación U.L. no menor a

20A:80B:C

- Polvo Químico Seco ABC

- La certificación UL es para todo el

extintor (equipo completo), con

una capacidad de extinción no

menor de 20A:80B:C

50

Decreto Supremo N° 054-93-EM, modificado por

el Decreto Supremo N° 005-2012-EM : GRIFOS FLOTANTES Y GRIFOS RURALES

GRIFOS FLOTANTES - Mínimo dos (02) extintores

No significa que solo sean 02.

. RATING MINIMO 4A:80B:C

GRIFOS RURALES - Mínimo UN (01) extintor

No significa que solo sea 01.

. RATING MINIMO 4A:80B:C

51

Para Grifos y Estaciones de Servicio, la Inspección, Mantenimiento y

Recarga de estos equipos se efectuará conforme lo indica la norma NFPA-

10.

NFPA 10:

3.3.14 Inspección de Extintores.- Verificación rápida de que el extintor

está en su lugar designado, que no ha sido activado o forzado y que no hay

daño físico o condición que impida su operación.

7.2.1.2 Los extintores deben inspeccionarse con una frecuencia mínima

de 30 días.

7.2.4.5 Se deben llevar registros para demostrar que se han realizado por

lo menos las últimas 12 inspecciones mensuales.

52

Datos Importantes de NFPA 10:

7.1.4.1 No se debe colocar etiquetas o rótulos en la parte delantera de los

extintores para registrar Inspecciones, Mantenimiento o Recarga.

7.1.4.2 Se permite colocar en la parte delantera

de los extintores etiquetas indicando su uso o

clasificación o ambos.

7.3.3.2.1 Cada extintor que haya recibido

mantenimiento que incluya exámen interno o

haya sido recargado debe tener un collar de

verificación colocado alrededor del cuello del

cilindro.

53

REGLAMENTO

APLICACION

- Mínimo dos (02) extintores

- Mínimo dos (02) extintores

- De 12 Kg

- No requerido

- Polvo Químico Seco ABC y con

una certificación U.L. no menor a

20A:80B:C

- Polvo Químico Seco ABC

- La certificación UL es para todo el

extintor (equipo completo), con

una capacidad de extinción no

menor de 20A:80B:C

- Ubicados en isla de dispensadores

y área de tanques

- Ubicación debe proteger las islas

de dispensadores y área de

tanques (no necesariamente debe

ubicarse en la misma isla)

- Extintor rodante de 50 Kg, ABC,

40A:240B:C, certificado por UL,

ubicado en el patio de maniobras

- Extintor rodante de 50 Kg, ABC,

40A:240B:C, certificado por UL,

ubicado en el patio de maniobras

Decreto Supremo N° 019-97-EM: GASOCENTROS DE GLP

Actualmente se acepta extintores portátiles con

rating de 6A, 10A

54

REGLAMENTO APLICACION - Mínimo un (01) extintor

- Mínimo un (01) extintor

- De 13,6 Kg (30 Lb)

- Polvo Químico Seco ABC con

rango de extinción no menor de

20A:80B:C, según NTP 350.053 o

equivalente.

FABRICACION NACIONAL

- De 13,6 Kg

- Polvo Químico Seco ABC con

rango de extinción no menor de

20A:80B:C, según NTP 350.043-1

FABRICACION EXTRANJERA

- El peso no es requerido

- Polvo Químico Seco ABC

La certificación UL (o FM) es

para todo el extintor (equipo

completo), con una capacidad de

extinción no menor de

20A:80B:C

Decreto Supremo N° 030-98-EM: MEDIOS DE TRANSPORTE DE COMBUSTIBLES LIQUIDOS Y OPDH

NTP 350.053 : Norma Técnica para “Roscas Métricas ISO para Usos Generales - Dimensiones Básicas”

NTP 350.043-1 : Norma Técnica para EXTINTORES PORTATILES

55

REGLAMENTO APLICACION

El número de extintores será

determinado por el Estudio

de Riesgo (en adición a la

reserva para mantenimiento,

recarga y apoyo, que

necesariamente debe existir

en el establecimiento).

El establecimiento debe contar con:

- El número de extintores que

determine el Estudio de riesgos.

- Adicionalmente, con los

extintores que servirán de

reserva, cuyo número también lo

determinará el Estudio de

riesgos.

La calidad (rating de

extinción) del extintor será

determinada por el Estudio

de Riesgo, y debe ser

aprobada (para el equipo y

el agente extintor) por la UL

y/o FM y/o Norma Nacional

equivalente.

De acuerdo a las Normas nacionales

(NTP) e internacionales, para

establecimientos que almacenan y

manipulan combustibles líquidos, se

requieren extintores con rating de

extinción mínimo de 40B.

Decreto Supremo N° 052-93-EM: CONSUMIDORES DIRECTOS DE CL y OPDH

56

TIPOS DE EXTINTORES y COSTOS

Con cartucho externo UL Con botella externa

De presurización

interna (UL)

57

Radio de Protección de los extintores:

Capacidad de

extinción mínima

Distancia máxima a recorrer

hasta el extintor

40 B 9,0 metros

80 B o mas 15,0 metros

Esta distancia no es un simple radio de un círculo, sinó una distancia real que es necesario

caminar hasta el extintor. Por tanto la distancia es afectada por divisiones, la ubicación de las

puertas, pasadizos, apilamiento de materiales almacenados, maquinarias, etc. (E.1.4 NTP

350.043-1)

SISTEMA DE ENFRIAMIENTO DE LOS TANQUES

59

Gracias por su atención

Piura, Junio del 2013 ING.SANTOS AVALOS OBESO