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MUNICIPALIDAD DE IBARRA
ILUSTRE CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA
ACTA 05 Sesión Ordinaria 09-febrero-2012 Página 1
RESOLUCIONES ADOPTADAS POR EL I. CONCEJO MUNICIPAL DE IBARRA EN SESIÓN ORDINARIA REALIZADA EL JUEVES 9 DE FEBRERO DEL 2012.
Acta N. 05-2012
El Ing. Jorge Martínez Vásquez Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Ibarra , siendo las 09H30am, solicita se constate el Quórum para proceder a dar inicio a la Sesión de Concejo prevista para el jueves 9 de febrero del año 2012.
AUDIENCIAS CIUDADANAS.
SOLICITANTE PETICIÓN
RECOMENDACIÓN
Ing. Henry Arroyo COORDINADOR DE LOS MORADORES DE LA AVENIDA EL RETORNO
Solicitan a la Municipalidad, se considere el adoquinado de la Avenida el Retorno, y la construcción de un parque o adecentamiento del sector en donde se encuentra el monumento de el Retorno, obra que solicitan se realice con ocasión de estar próxima la celebración de los 400 años de el Retorno.
Luego de analizar la petición, el I. Concejo Municipal RECOMENDO: que se proceda a elaborar el proyecto para el adoquinado de la Av. El Retorno, construcción del parque y/o adecentamiento del lugar.
ORDEN DEL DÍA
1. CONOCIMIENTO Y APROBACIÓN DE RESOLUCIONES.
2. APROBACIÓN EN PRIMER DEBATE DE LA ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL SISTEMA DE PARTICIPACION CIUDADANA EN EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DE IBARRA
3. CONOCIMIENTO Y APROBACION DE LA LIQUIDACION PRESUPUESTARIA DEL EJERCICIO ECONÓMICO DEL AÑO 2011.
4. INFORME DE COMISIONES
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ACTA 05 Sesión Ordinaria 09-febrero-2012 Página 2
PRIMER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA
CONOCIMIENTO Y APROBACION DE RESOLUCIONES.
SEGUNDO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA
APROBACIÓN EN PRIMER DEBATE DE LA ORDENANZA QUE
REGLAMENTA EL SISTEMA DE PARTICIPACION CIUDADANA EN EL
GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DE IBARRA
TERCER PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA
CONOCIMIENTO Y APROBACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN
PRESUPUESTARIA DEL AÑO 2011.
RESOLUCIÓN
74 sg-2012
El I. Concejo Municipal aprueba las resoluciones adoptadas en el acta 4 de la sesión ordinaria del 1 de febrero del 2012. Con la observación realizada por el Señor Concejal Laureano Alencastro en la Resolución 63, se cambia la palabra consideraciones por condecoraciones.
RESOLUCIÓN
75 sg-2012
El I. Concejo Municipal, después de la exposición presentada por el Director de Participación Ciudadana, y tras las consideraciones manifestadas por los Señores Concejales ( as) , y de las personas que hicieron uso de la silla vacía: Arq. Ramiro Páez, Presidente de la Junta Parroquial de San Francisco y Srta. María Fernanda Chiriboga, ciudadana de Ibarra, en atención a lo contenido en el Art. 57 literal a) y d) del COOTAD, RESUELVE: Aprobar en primer debata la ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL SISTEMA DE PARTICIPACION CIUDADANA EN EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DE IBARRA, con las observaciones planteadas por los señores (as) Concejales (as) en lo concerniente a la Asamblea Cantonal, Presupuesto Participativo, y Ambito de Aplicación.
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ACTA 05 Sesión Ordinaria 09-febrero-2012 Página 3
CUARTO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA
INFORME DE COMISIONES
INFORME 2012- 17- CPYP DE LA COMISIÓN DE PLANIFICACION Y
PRESUPUESTO
RESOLUCIÓN -77-SG-2012
1. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora ELVIA MARIA LOPEZ ENRIQUEZ,
quién solicita al Gobierno Autónomo Descentralizado de Ibarra autorice la cancelación de
gravámenes de prohibición de enajenar que pesan sobre el local comercial Nro. 210 del Sector
Ampliación del Mercado Amazonas de Ibarra. La Procuraduría Síndica Municipal mediante
memorando Nro. PS-2012-00139-M del 31 de enero de 2012, manifiesta que es procedente la
petición por cuanto se ha pagado la totalidad inmueble y se ha cumplido con el plazo
establecido para la venta. La Comisión acogiendo el informe de la Procuraduría Sindica
Municipal consideró factible atender la petición y luego del análisis y debate respectivo
resolvió:
RESOLUCION:
El Ilustre Concejo Municipal, en uso de las facultades establecidas en el artículo: 57 literal a) y d)
del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización resuelva:
AUTORIZAR la cancelación de los gravámenes de prohibición de enajenar que pesan sobre el
local comercial Nro. 210 del Sector Ampliación del Mercado Amazonas, ubicado en la Parroquia
San Francisco del Cantón Ibarra de propiedad de la señora ELVIA MARIA LOPEZ ENRIQUEZ.
RESOLUCIÓN -
76-sg-2012
El I. Concejo Municipal de Ibarra, luego de analizar el Memorando Nº GF-2012-00219-M emitido por la Directora Financiera en el que consta el informe de liquidación y cierre presupuestario del Ilustre Municipio de Ibarra correspondiente al ejercicio económico del 2011, y en atención a lo dispuesto en el Art. 57 literal G) RESUELVE: Dar por conocido y aprobar la liquidación presupuestaria del año 2011.
El Señor Concejal Dr. Alfonso Beltrán, se abstiene de conocer y aprobar la liquidación presupuestaria del año 2011.
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RESOLUCIÓN 78-SG-2012
2. Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora MAIRA ISABEL CERON solicita al Gobierno Autónomo Descentralizado de Ibarra autorice la venta, la cancelación de gravámenes de prohibición de enajenar e hipoteca que pesa sobre el local comercial Nro. FH01 del sector minorista, sección flores y hierbas del Mercado Mayorista de Ibarra de Ibarra, ubicado en la Parroquia San Francisco del Cantón Ibarra. La Procuraduría Síndica Municipal mediante memorando Nro. PS-2012-00130-M del 30 de enero de 2012, manifiesta que es procedente la petición por cuanto se ha pagado la totalidad inmueble y se ha cumplido con el plazo establecido para la venta. La Comisión acogiendo el informe de la Procuraduría Sindica Municipal consideró factible atender la petición y luego del análisis y debate respectivo resolvió:
RESOLUCION:
El Ilustre Concejo Municipal, que en uso de las facultades establecidas en el artículo: 57 literal a)
y d) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización resuelva:
AUTORIZAR la cancelación de los gravámenes de prohibición de enajenar que pesan sobre el
local comercial Nro. FH01 del sector minorista, sección flores y hierbas del Mercado Mayorista de
Ibarra de Ibarra, ubicado en la Parroquia San Francisco del Cantón Ibarra de propiedad de la
señora MAIRA ISABEL CERON.
RESOLUCIÓN 79-SG-2012
3. Se pone en conocimiento la petición formulada por el señor JOSE DAVID USUAY GARCIA, quién solicita al Gobierno Autónomo Descentralizado de Ibarra autorice la cancelación de gravámenes de prohibición de enajenar que pesan sobre un lote de terreno signado con el número 10 ubicado en la parroquia El Sagrario del Cantón Ibarra. La Procuraduría Síndica Municipal mediante memorando Nro. PS-2012-00111-M del 25 de enero de 2012, manifiesta que es procedente la petición por la venta se ha realizado sin fines de lucro sino para mejorar la condición familiar. La Comisión acogiendo el informe de la Procuraduría Sindica Municipal consideró factible atender la petición y luego del análisis y debate respectivo resolvió:
RESOLUCION:
El Ilustre Concejo Municipal, que en uso de las facultades establecidas en el artículo: 57 literal a)
y d) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización resuelva:
AUTORIZAR la cancelación de los gravámenes de prohibición de enajenar que pesan sobre un
lote de terreno signado con el número 10 ubicado en la parroquia El Sagrario del Cantón Ibarra de
propiedad del señor JOSE DAVID USUAY GARCIA.
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RESOLUCIÓN 80-SG-2012
Se pone en conocimiento la petición formulada por la señora SILVIA LORENA ALPALA, quién
solicita al Gobierno Autónomo Descentralizado de Ibarra la adjudicación de un lote de terreno
Nro. 5, del pasaje 1, Manzana B, ubicado en el Programa de Vivienda Municipal “Por una vida
mejor” dela Parroquia Alpachaca del Cantón Ibarra. La Procuraduría Síndica Municipal mediante
memorando nro. PS-2012-00096-M del 24 de enero de 2012 manifiesta que es factible atender la
petición en razón que cumple con lo dispuesto en los Artículos 436 y 437 del COOTAD, por lo que
sugiere favorablemente la adjudicación La Comisión acogiendo el informe de la Procuraduría
Sindica Municipal consideró factible atender la petición y luego del análisis y debate respectivo
resolvió:
RESOLUCION:
El Ilustre Concejo Municipal, que en uso de las facultades establecidas en el artículo: 57 literal a)
y d) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización resuelva:
Adjudicar mediante escritura de compra venta el lote de terreno Nro. 5, del pasaje 1, Manzana B,
ubicado en el Programa de Vivienda Municipal “Por una vida mejor” dela Parroquia Alpachaca del
Cantón Ibarra, a favor de la señora SILVIA LORENA ALPALA, de conformidad al siguiente cuadro
de áreas, linderos y avalúos:
Ubicación: Cantón Ibarra, Parroquia Alpachaca, Sector Loma de Azaya, Programa de Vivienda Municipal “Por Una Vida Mejor”, Manzana B, lote 5, Pasaje 1 Propietario: Ilustre Municipio de Ibarra Posible Beneficiario: Alpala Cuatín Silvia Lorena Clave Catastral: 0202044011000 Área total 87.14m2 Valor de terreno: 1328.97USD. Linderos: Norte: 6.00m. con lote # 14 Sur: 6.00m con Pasaje 1 Este: 14.52m con lote # 6 Oeste: 14.52m con lote # 4 RESOLUCIÓN 81-SG-2012
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4. Se pone en conocimiento la petición formulada por los señores LUIS HUMBERTO DELGADO FUENTES Y MARÍA ANALUISA DELGADO FUENTES, quienes solicitan la legalización de dos predios de propiedad Municipal ubicados en la Comunidad de Guallupe de la parroquia La Carolina del Cantón Ibarra, sobre el cual mantienen posesión por varios años. La Procuraduría Síndica Municipal mediante memorando Nro. PS-2012-00133-M del 30 de enero de 2012 manifiesta que es factible atender la petición por cuanto se ha cumplido con lo establecido en el Art. 437 del COOTAD. La Comisión acogiendo el informe de la Procuraduría Sindica Municipal consideró factible atender la petición y luego del análisis y debate respectivo resolvió:
RESOLUCION:
Recomendar al Ilustre Concejo Municipal, que en uso de las facultades establecidas en el artículo:
57 literal a) y d) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización
resuelva:
Adjudicar mediante escritura de compra venta dos lotes de terreno de propiedad Municipal
signados con el Nro. 62 en la calle Principal de la Comunidad de Guallupe parroquia La Carolina, a
favor de los señores por los señores LUIS HUMBERTO DELGADO FUENTES Y MARÍA ANALUISA
DELGADO FUENTES, de conformidad a los siguientes cuadros de áreas, linderos y avalúos:
Ubicación: Cantón Ibarra, Parroquia La Carolina, Comunidad Guallupe, calle Principal, lote # 62 Clave catastral: 53010207009000 POSESIONARIO: DELGADO FUENTES LUIS HUMBERTO Área: 240.00m2 Avalúo: 389.21USD. Linderos: Norte: 12.00m con Franja de Protección Sur: 12.00m. con Vía Pública Este: 20.00m. con lote # 63 Oeste: 20.00m. con lote # 61 Ubicación: Cantón Ibarra, Parroquia La Carolina, Comunidad Guallupe, calle Principal, lote # 63 Clave catastral: 53010207010000 POSESIONARIO: DELGADO FUENTES MARIA ANALUISA Área: 240.00m2 Avalúo: 389.21USD. Linderos:
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Norte: 12.00m con Franja de Protección Sur: 12.00m. con Vía Pública Este: 20.00m. con lote # 64 Oeste: 20.00m. con lote # 62
RESOLUCIÓN 82-SG-2012
5. Se pone en conocimiento la solicitud de aprobación del Proyecto Definitivo y Ordenanza de la Urbanización PUEBLO NUEVO, ubicada en el Barrio 19 de Enero de la Parroquia Caranqui, del Cantón Ibarra. La Procuraduría Síndica Municipal mediante memorando Nro. PS-2012-00143-M del 31 de enero de 2012 manifiesta lo siguiente:
Con fecha 19 de enero del 2012, el departamento de planificación procedió a la revisión y
aprobación del anteproyecto de la Lotización “Pueblo Nuevo”, a implantarse en el sector del Barrio
19 de Enero de la Parroquia de Caranqui, de esta ciudad de Ibarra; y, en virtud de que ha
completado los estudios definitivos de: vías y rasantes aprobados por el Departamento de Obras
Públicas y los de Agua Potable, Alcantarillado, energía Eléctrica, teléfonos los mismos que han sido
aprobados de la Ordenanza de ejecución de la urbanización.
CONSIDERACIONES
Del informe técnico del departamento de la Dirección de Planificación, solicita que se continúe
hasta completar con la resolución de aprobación del anteproyecto de la Urbanización “Pueblo
Nuevo” y de la Ordenanza que se emitirá por parte del I. Concejo Municipal de Ibarra. Del análisis
del Proyecto de Ordenanza de la Urbanización “Pueblo Nuevo” se desprende que cumple con los
parámetros legales pertinentes.
CONCLUSIONES
Una vez revisado el anteproyecto de la Urbanización “Pueblo Nuevo”, debo manifestar que si
cumple con lo dispuesto en el Art. 16 de la Ordenanza para Programas Habitacionales de Beneficio
Social. Por lo que emito mi informe jurídico PROCEDENTE.
Particular que comunico a ustedes, a fin de que se de fiel cumplimiento a lo dispuesto en la
Ordenanza para Programas Habitacionales de Beneficio Social.
Por su parte la Dirección de Obras Públicas mediante memorando OP-2012-00164-M del 16 de
enero de 2012 manifiesta lo siguiente:
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“…. En atención a trámite 15867-E en el que se solicita la aprobación del levantamiento planimetrico
del inmueble de propiedad del Sr. Salazar Castañeda Juan Manuel, me permito poner en su
conocimiento el informe del Sr. Marcelo Benavides Topógrafo de la institución, quien manifiesta
que todas las obras de infraestructura están concluidas”
La Comisión acogiendo el informe del la Procuraduría Síndica Municipal y el análisis de la
documentación existente resolvió:
RESOLUCION:
El Ilustre Concejo Municipal, que en uso de las facultades establecidas en el artículo: 57 literal a) y
d) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización resuelva:
Aprobar el Proyecto Definitivo y en Primer Debate la Ordenanza de LA URBANIZACIÓN “PUEBLO
NUEVO”, ubicada en el sector urbano de la Parroquia Caranqui del Cantón Ibarra.
RESOLUCIÓN 83-SG-2012
6. Se pone en conocimiento la petición de Modificatoria de la Declaratoria de Propiedad Horizontal de CLIMODER, ubicada en la calle Víctor Gómez Jurado, Barrio El Aeropuerto, Parroquia San Francisco del Cantón Ibarra. La Procuraduría Síndica Municipal mediante memorando PS-2011-01491-M del 19 de diciembre de 2012 manifiesta los siguiente:
“ …..a).- Del certificado de gravámenes que se acompaña, se desprende que dicho inmueble es de
propiedad de la CLIMODER S.A, Que el 03 de julio del dos mil tres, bajo la partida Nro. 1438 del
Libro Registro de Propiedad del Cantón Ibarra, se ha inscrito una escritura de venta otorgada en
esta ciudad de Ibarra, el 17 de diciembre del dos mil dos, ante el Notario Público Primero del
Cantón Dr. Gilberto Posso López, mediante la cual se da en venta; al propietario antes mencionado,
mismos que no consta que se encuentre: Embargados.
b).- El informe técnico 2011-3157-DPM-PH, de fecha 08 de diciembre del 2011, emitido por la
Directora de Planificación del I. Municipio de Ibarra, sugiere que la presente Declaratoria en
Régimen de Propiedad Horizontal, sea acogida favorablemente y solicita el análisis jurídico del
reglamento de Condóminos y demás documentos anexos al presente expediente.
c).- Considerando que el Reglamento de Propiedad Horizontal de CLIMODER S.A. está de acuerdo a
la normativa de la Ley de Propiedad Horizontal y a Derecho, por lo que ES PROCEDENTE aplicar el
Reglamento que regirá a sus condóminos, por lo tanto se sugiere la aprobación de la presente
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Declaratoria de Propiedad Horizontal. Se deja constancia que el inmueble materia del presente
trámite deberá sujetarse a las disposiciones expresas en el Art. 91 del Reglamento de Prevención
de Incendios, ya que se trata de 20 Bienes Exclusivos; por lo que debe observarse y aplicarse el Art.
16 de la Ley de Propiedad Horizontal, para el presente trámite.
Conforme a la Ordenanza Relativa al Régimen de Propiedad Horizontal del Cantón Ibarra, en su
Art. 3, Grupo C, en concordancia con el Art. 10; la Declaratoria de Propiedad Horizontal, es
competencia del Concejo Municipal, la resolución y aprobación de las solicitudes relacionadas con
los edificios de los Grupos C y D; y de los conjuntos habitacionales de los Grupos F y G de la
presente ordenanza, previos los informes de la Dirección de Obras Públicas y de Asesoría Jurídica.”
La Comisión acogiendo el informe de la Procuraduría Síndica Municipal, y la revisión de la
documentación anexa al expediente resolvió:
RESOLUCION:
Recomendar al Ilustre Concejo Municipal, que en uso de las facultades establecidas en el artículo:
57 literal a) y d) del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización
resuelva:
APROBAR la Modificatoria de la Declaratoria de Propiedad Horizontal de CLIMODER S.A., ubicada
en al calle Víctor Gómez Jurado, Barrio El Aeropuerto, Parroquia San Francisco del Cantón Ibarra
INFORME 2012- 10- CSMC DE LA COMISIÓN DE SALUD, MERCADOS Y
COMERCIALIZACION, DEL 31 DE ENERO DEL 2012
RESOLUCIÓN 84-SG-2012
1. Se pone en conocimiento la petición formulada por el Señor RUBÉN INFANTES
PÉREZ quien solicita a la Municipalidad se autorice la Baja de Títulos de crédito del
puesto Nº 86 del Mercado la Playa.
Mediante Oficio SM-2012-00006-O, la Administración de Mercados manifiesta lo
siguiente:
Por medio de la presente y dando contestación a la solicitud presentada por la Sr. Rubén
Infantes Pérez con C.I 100269993-0 que mediante Trámite Nro. 5697 E con fecha 14 de Abril
del 2011 y Trámite Nro. 14353 E con fecha 02 de septiembre del 2011 me permito poner en
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su conocimiento que lo solicitado es procedente, ya que por medio de Memorando Nro. PS-
2011-00876-M con fecha 29 de julio del 2011 la Ab. Carmita Méndez Procuradora Síndica
Municipal (E) determina que según lo dispone el Art. 460 del COOTAD es procedente
entregar los puestos o locales de los mercados Declarados bajo el régimen de propiedad
horizontal mediante escritura pública de compraventa o contrato de arrendamiento.
La Comisión, , tomando en cuenta la necesidad del peticionario, y el informe respectivo
recomienda al Ilustre Concejo Municipal, que en uso de las facultades establecidas en artículo
57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y
Descentralización, resuelva:
Resolución:
a) AUTORIZAR la baja de los títulos de crédito del puesto Nº 86 del Mercado la Playa
b) Se entregue en arriendo, mencionado puesto, a favor del Sr. RUBÉN INFANTES
PÉREZ
RESOLUCIÓN 85-SG-2012
2. Se pone en conocimiento la petición formulada por la Señora CEPEDA AYMÉ DELIA
MARÍA quien solicita a la Municipalidad, autorice la Baja de Títulos de crédito del
puesto 87 del Mercado la Playa
Mediante Oficio SM-2012-00005-O la Administración de Mercados manifiesta lo siguiente:
Por medio de la presente y dando contestación a la solicitud presentada por la Sra. Cepeda
Ayme Delia María con C.I 100273479-4 que mediante Trámite Nro. 5699 E con fecha 14 de
Abril del 2011 y
Trámite Nro. 14352 E con fecha 02 de septiembre del 2011 me permito poner en su
conocimiento que lo solicitado es procedente, ya que por medio de Memorando Nro. PS-
2011-00876-M con fecha 29 de julio del 2011 la Ab. Carmita Méndez Procuradora Síndica
Municipal (E) determina que según lo dispone el Art. 460 del COOTAD es procedente
entregar los puestos o locales de los mercados declarados bajo el régimen de propiedad
horizontal mediante escritura pública de compraventa o contrato de arrendamiento.
La Comisión, , tomando en cuenta la necesidad de la peticionaria, y el informe respectivo
recomienda al Ilustre Concejo Municipal, que en uso de las facultades establecidas en artículo
57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y
Descentralización, resuelva:
Resolución:
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a) AUTORIZAR la baja de los títulos de crédito del puesto Nª 87 del Mercado la Playa
b) Se entregue en arriendo, mencionado puesto, a favor de la Señora CEPEDA AYMÉ
DELIA MARÍA
RESOLUCIÓN 86-SG-2012
3. Se pone en conocimiento la solicitud presentada por la Señora CACHIGUANO
SARANSING MAGDALENA con la finalidad de que se Legalice a su nombre el espacio de
trabajo S/N dedicado a la venta de chochos ubicado en el sector abierto del Mercado
Amazonas.
Mediante Memorando 258 DSUM, la Administración de Mercados manifiesta lo siguiente:
En relación a lo solicitado, me permito informar que la Señora solicitante vine trabajando
en este lugar por cuatro años aproximadamente, con la venta de chochos, cabe informar
que este espacio se encuentra ubicado entre el sector de la venta de gallinas en pie y sector
de venta de abastos…
La Comisión, , tomando en cuenta la necesidad de la peticionaria, y el informe de la
Administración de Mercados respectivo recomienda al Ilustre Concejo Municipal, que en uso
de las facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización
Territorial y Autonomía y Descentralización, resuelva:
Resolución:
AUTORIZAR la Legalización del puesto de trabajo S/N ubicado entre el sector de la venta
de gallinas en pie y sector de venta de abastos a favor de la Señora CACHIGUANO
SARANSING MAGDALENA
La Direcciones: Financiera y de Avalúos y Catastros procederán ingresar el nombre de la
peticionaria como arrendataria del puesto
RESOLUCIÓN 87- SG-2012
4. Se pone en conocimiento la solicitud formulada por la Señora TOAQUIZA CANDO
MARGOTH ELIZABETH quien solicita se Cambie a su nombre el puesto Ocasional de
trabajo Nº 07 ubicado en el sector calle Av. Pérez Guerrero del Mercado Amazonas.
Mediante Memorando 233 DSUM la Administración de Mercados manifiesta lo siguiente:
Luego de la Inspección realizada, el puesto ocasional se encuentra catastrado a nombre de
la Sra. Cando Yusig María Soledad (abuelita) de la solicitante por lo que se sugiere realizar
una inspección para dar paso a la solicitud presentada.
La Comisión, , tomando en cuenta el informe de la Administración de Mercados respectivo y
de realizar una inspección al lugar recomienda al Ilustre Concejo Municipal, que en uso de las
facultades establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización
Territorial y Autonomía y Descentralización, resuelva:
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ACTA 05 Sesión Ordinaria 09-febrero-2012 Página 12
Resolución:
NEGAR el Cambio de nombre del puesto Ocasional de trabajo Nº 07 ubicado en el sector
calle Av. Pérez Guerrero del Mercado Amazonas a favor de la Señora TOAQUIZA CANDO
MARGOTH ELIZABETH
RESOLUCIÓN 88-SG-2012
5. Se pone en conocimiento la solicitud presentada por el Sr. GALO FEDERMAN QUELAL
ARCOS, quien solicita la adjudicación del puesto Nº 84 ubicado en el Mercado la Playa.
Mediante Memorando PS-2012-00112 la Procuraduría Síndica manifiesta lo siguiente:
En atención a la solicitud formulada por el señor Galo Federman Quelal Arcos, quien solicita
la adjudicación del puesto de trabajo Nro. 84 ubicado en el Mercado La Playa, en
cumplimiento con lo estipulado en los Arts. 436 y 437 del Código Orgánico de Organización
Territorial, Autonomía y
Descentralización (COOTAD), y tomando en consideración los informes emitidos por la
Unidad
Administrativa de Mercados, las Direcciones de Finanzas, Avalúos, Planificación y Obras
Públicas
Municipales; es criterio de esta Procuraduría Síndica adjudicar el puesto Nro. 84 a favor del
peticionario.
La Comisión, , tomando en cuenta el informe de la Administración de Mercados, Obras
Públicas, Financiero, Avalúos y Catastros respectivos y de realizar una inspección al lugar
recomienda al Ilustre Concejo Municipal, que en uso de las facultades establecidas en artículo
57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y
Descentralización, resuelva:
Resolución:
AUTORIZAR la Legalización mediante escritura pública del puesto de trabajo Nº 84
ubicado en el Mercado la Playa a favor del Sr. GALO FEDERMAN QUELAL ARCOS de
conformidad al siguiente cuadro de áreas linderos y avalúos:
LOCAL 84
Ubicación: Mercado La Playa
Clave Catastral: 100104040635006144
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ACTA 05 Sesión Ordinaria 09-febrero-2012 Página 13
Alícuota: 0.088 %
Área = 3.59 m²
Valor: 1,989.00
LINDEROS: NORTE: 2,15 m. Con puesto 83
SUR: 2,15 m. Con puesto 85
ESTE: 1,67 m. Con pasaje 4
OESTE: 1,67 m. Con puesto 131
RESOLUCIÓN 89-SG-2012
6. Se pone en conocimiento la solicitud presentada por el Sr. LISANDRO JOSÉ
FOLLECO CARCELÉN, con la finalidad de que se autorice la venta mediante
escritura pública del local Nº 325 del Mercado al Playa.
Mediante Memorando PS-2012-00084-M, la Procuraduría Síndica manifiesta lo
siguiente: En relación a la solicitud presentada al señor Alcalde por el señor Lisandro José Folleco
Carcelén, pidiendo se le autorice la venta mediante escritura pública del Local Nro. 325,
ubicado en el sector interno del Mercado la Playa de esta ciudad, local destinado para la
venta de hortalizas y verduras; siendo parte de los documentos presentados el certificado
de expensas conferido por Presidente del
Mercado La Playa; se adjunta la ficha catastral e informe de la Dirección de Avalúos y
Catastros, informe del Coordinador de Mercados y se cuenta además con los informes
respectivos de la
Dirección de Obras Públicas y Dirección Financiera. En mérito a la documentación
presentada, esta Procuraduría considera que la petición es procedente, pues se han
cumplido con las solemnidades establecidas en el Art. 437 del Código Orgánico de
Organización Territorial Autonomía y Descentralización.
La Comisión, , tomando en cuenta el informe de la Administración de Mercados, Obras
Públicas, Financiero, Avalúos y Catastros respectivos y de realizar una inspección al lugar
recomienda al Ilustre Concejo Municipal, que en uso de las facultades establecidas en artículo
57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y Autonomía y
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ACTA 05 Sesión Ordinaria 09-febrero-2012 Página 14
Descentralización, resuelva:
Resolución:
AUTORIZAR la Legalización mediante escritura pública del puesto de trabajo Nº325
del Mercado al Playa a favor del Sr. LISANDRO JOSÉ FOLLECO CARCELÉN de
conformidad al siguiente cuadro de áreas linderos y avalúos:
LOCAL 325
Ubicación: Mercado La Playa
Clave Catastral: 100104040635006385
Alícuota: 0.104 %
Área = 4.26 m²
Valor: 2,350.64
LINDEROS: NORTE: 2,60 m. Con puesto 326
SUR: 2,60 m. Con puesto 324
ESTE: 1,67 m. Con puesto 281
OESTE: 1,67 m. Con pasaje 1
RESOLUCIÓN 90- SG-2012
7. Se pone en conocimiento la solicitud presentada por el Señor SEGUNDO HOMERO
FARINANGO TÚQUERRES quien solicita la rescisión del contrato de compra venta del
local signado con el número 145 del Mercado Santo Domingo de esta ciudad de Ibarra.
Mediante MEMORANDO PS-2011-01385-M la Procuraduría Síndica manifiesta lo siguiente
En atención al trámite nro. 560-E, mediante el cual el señor Segundo Homero Farinango
Túquerres solicita la rescisión del contrato de compra venta del local comercial signado con
el número 145 del Mercado Santo Domingo de esta ciudad de Ibarra, al respecto me
permito exponer lo siguiente:
El Ilustre Concejo Municipal de Ibarra en sesión del martes 05 de marzo del 2002 y ratificada
el 12 del mismo mes y año, así como acuerdo nro. 1102 del 14 de mayo del 2002, expedido
por la
Gobernación de Imbabura; confiere en venta a favor de los cónyuges SEGUNDO HOMERO
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FARINANGO TUQUERRES Y ROSA ZOILA QUIMBIA SANCHEZ, mediante el régimen de
propiedad horizontal el local comercial signado con el Nro. 145 del Mercado Santo
Domingo,
El señor Segundo Homero Farinango Túquerres, indica que el pago del valor del puesto
debía ser cubierto por un préstamo que debía ser concedido por el Banco de Fomento de la
ciudad de Ibarra, tal como consta en la CLAUSULA SEPTIMA.- (CONSTITUCION DE LA
HIPOTECA) de la escritura que se adjunta, quedando de esta manera hipotecado a favor del
banco hasta terminar el pago de la deuda.
El peticionario indica que viajo a España junto con su esposa, ausentándose por más de
siete años, razón por la cual jamás entro en posesión del puesto; a su regreso constata que
el puesto ha sido entregado en arriendo a la señora JENNY LUCIA BASURTO MARCILLO
hasta la actualidad,
La compra venta suscrita con la Municipalidad de Ibarra, no se llegó a concretar en razón de
los siguientes problemas:
El Banco Nacional de Fomento jamás concedió el préstamo al cual se obligo en la escritura
pública de compra venta, lo cual implica que el valor del puesto nunca fue cancelado,
además el local jamás fue entregado al adjudicatario,
El señor Jerónimo Darquea Responsable de Mercados mediante Memorando No. SM-2011-
01772-M de fecha 23 de junio de 2011, hace conocer que: El arriendo del puesto en mención
fue cobrado mensualmente desde el mes de marzo del 2004 por el señor Recaudador Jorge
Montesdeoca y a partir del año 2005, fue registrado en el sistema de cobranzas del Ilustre
Municipio a nombre de la señora Jenny Lucia Basurto Marcillo en calidad de arrendataria,
quien hasta la presente fecha viene ocupando el puesto y pagando a su nombre el canon de
arrendamiento mensual, patente comercial como se constata en las copias de los
comprobantes de pago adjuntos al trámite.
Con estos antecedentes, es criterio de esta Procuraduría Sindica que el Ilustre Concejo
Municipal mediante Resolución resuelva dar de baja los títulos de crédito emitidos a
nombre del señor Segundo Homero Farinango Túquerres, en virtud que por estar ausente
del país tal como se puede verificar con la copia de pasaporte que se adjunta, y se autorice
proceder con la rescisión del respectivo contrato.
La Comisión, tomando en cuenta el informe de la Administración de Mercados y de
Procuraduría Síndica, recomienda al Ilustre Concejo Municipal, que en uso de las facultades
establecidas en artículo 57 literal d) del Código Orgánico de Organización Territorial y
Autonomía y Descentralización, resuelva:
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Resolución:
SE AUTORICE dar de baja los títulos de crédito emitidos a nombre del señor SEGUNDO
HOMERO FARINANGO TÚQUERREZ, en virtud que por estar ausente del país tal como
se puede verificar con la copia de pasaporte que se adjunta, y se autorice proceder con la
rescisión del respectivo contrato
LA SESION DE CLAUSURA A LAS 12:20
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Me permito poner en su conocimiento que el Ilustre Concejo Municipal de Ibarra, en
sesión del día jueves 9 de febrero del 2012, visto el segundo punto del orden del día
respecto a la aprobación en primer debate de la Ordenanza Que Reglamenta El Sistema
De Participación Ciudadana En El Gobierno Autónomo Descentralizado De Ibarra, luego
de la exposición presentada por usted en su calidad de Director de Participación
Ciudadana, y tras las consideraciones manifestadas por los Señores Concejales ( as) ,
y de las personas que hicieron uso de la silla vacía: Arq. Ramiro Páez, Presidente de la
Junta Parroquial de San Francisco y Srta. María Fernanda Chiriboga, ciudadana de
Ibarra, en atención a lo contenido en el Art. 57 literal a) y d) del COOTAD, RESOLVIO:
Aprobar en primer debata la ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL SISTEMA DE
PARTICIPACION CIUDADANA EN EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DE
IBARRA, con las observaciones planteadas por los señores (as) Concejales (as) en lo
concerniente a la Asamblea Cantonal, Presupuesto Participativo, y Ámbito de Aplicación.
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DICE: PROPUESTA
AMBITO DE APLICACION
ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL SISTEMA DE PARTICIPACION CIUDADANA EN EL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO DE IBARRA
ARTICULO
Art. 1. El sistema de Participación ciudadana será ejercido en toda la jurisdicción de las parroquias urbanas del Cantón Ibarra, de conformidad al art 304 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización ( COOTAD)
El Sistema de Participación ciudadana será ejercido en el Cantón Ibarra, sin embargo respetará la Organización, estructura y funcionamiento del los Sistemas de Participación Ciudadana de los GAD’s Parroquiales Rurales del Cantón y coordinará con ellos cuando se traten de asuntos que no sean de su competencia exclusiva.
Art 4. El GAD-I regulará, los requisitos mínimos, funciones, atribuciones, causas de intervención y disolución, prohibiciones y en general, la creación de los barrios, comunidades, organizaciones sociales, los consejos barriales y parroquiales urbanos del cantón Ibarra
Art. 4.-……… y coordinará con los GAD’S Parroquiales Rurales cuando se traten asuntos que no sean de su competencia exclusiva.
Art 6. Será el Alcalde (sa) que en uso de las facultades establecidas en las Constitución del Ecuador, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomías y Descentralización, el Código de Planificación y Finanzas Públicas, la Ley Orgánica de Participación Ciudadana , la presente Ordenanza y su Reglamento, mediante resolución motivada apruebe los estatutos de los barrios, comunidades, consejos barriales urbanos, organizaciones sociales o su disolución, para lo cual deberá contar con el informe jurídico y técnico favorable de las respectivas direcciones municipales.
Art. 6.- ………, la Comisión de Planificación y Presupuesto y la aprobación del Concejo Municipal.
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Art,17 Cada consejo barrial y parroquial urbano se conformará con la participación de los siguientes representantes legalmente reconocidos
Art. 17.-…….. , los mismos que serán nombrados en las respectivas Asambleas Sectoriales en cada Barrio.
Art. 57
En la próxima sesión de Concejo, en el Segundo debate se analizara Artículo por Artículo