Jornada aspa flc madrid

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Madrid, 11 de junio de 2008

LUIS ROSEL AJAMILDirector del Área de Seguridad y Salud

Fundación Laboral de la Construcción

FEDERACIÓN ASPA DE SERVICIOS DE PREVENCIÓN AJENOS - FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN

Jornada: Seguridad y Salud en el Sector de la Construcción:

“IV Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción. La formación en materia de prevención de riesgos laborales y su

acreditación en el sector de la construcción ”

1.- FORMACIÓN EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN

2.- ACREDITACIÓN DE LA FORMACIÓN PREVENTIVA

1.- Formación en materia de prevención de riesgos laborales en el sector de la construcción

Formación necesaria y adecuada para todos los trabajadores

Programas formativos específicos (negociación colectiva)

Regulación de la acreditación de la formación específica en materia de prevención de riesgos profesionales (negociación colectiva)

LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO REGLAMENTARIO

ARTÍCULO 10 LEY 32/2006 Y ARTÍCULO 12 RD 1109/2007

LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO REGLAMENTARIO

ARTÍCULO 10 LEY 32/2006 Y ARTÍCULO 12 RD 1109/2007

DEBER GENERAL DE FORMACIÓN

“Las empresas velarán por que todos los trabajadores que presten servicios en las obras tengan la formación necesaria y adecuada a su puesto de trabajo o función en materia de prevención de riesgos laborales, de forma que conozcan los riesgos y las medidas para prevenirlos”

LEY 31/1995 DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

ARTÍCULO 19.- FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES

DEBER GENERAL DE FORMACIÓN

DEBER EMPRESARIAL

GARANTIZAR QUE CADA TRABAJADOR RECIBA UNA

FORMACIÓN SUFICIENTE Y ADECUADA

¿DE QUÉTIPO?

• TEÓRICA• PRÁCTICA

• ESPECÍFICA DE LOS RIESGOS

• PERIÓDICA• DINÁMICA

DURANTE• JORNADA DE TRABAJO• FUERA DE JORNADA, PERO CON DESCUENTO DE HORAS

¿CUÁNDO?• CONTRATO• CAMBIO DE FUNCIONES

• CAMBIO DE TECNOLOGÍA• EQUIPOS DE TRABAJO

LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO REGLAMENTARIO

ARTÍCULO 10 LEY 32/2006 Y ARTÍCULO 12 RD 1109/2007

FORMACIÓN ESPECÍFICA

“Sin perjuicio de la obligación legal del empresario de garantizar la formación a que se refiere el apartado anterior, en la negociación colectiva estatal del sector se podrán establecer programas formativos y contenidos específicos de carácter sectorial y para los trabajos de cada especialidad”

IV CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN

(2007 - 2011)

PRIMER CICLO

Formación inicial (Aula Permanente de Prevención. 8 horas lectivas)

SEGUNDO CICLO

CONTENIDOS FORMATIVOS POR PUESTO DE TRABAJO

Personal directivo (10 horas lectivas)

Responsables de obra y técnicos de ejecución (20 horas lectivas)

Mandos intermedios (20 horas lectivas)

Delegados de prevención (70 horas lectivas)

Administrativos de obra (20 horas lectivas)

IV CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN (2007 – 2011)

CAPÍTULO III

IV CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN (2007 – 2011)

SEGUNDO CICLO

CONTENIDOS FORMATIVOS POR OFICIO

Albañilería (20 horas lectivas)

Demolición y rehabilitación (20 horas lectivas)

Encofrados (20 horas lectivas)

Ferrallado (20 horas lectivas)

Revestimiento de yeso (20 horas lectivas)

Electricidad (20 horas lectivas)

Fontanería (20 horas lectivas)

IV CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN (2007 – 2011)

SEGUNDO CICLO

CONTENIDOS FORMATIVOS POR OFICIO

Cantería (20 horas lectivas)

Pintura (20 horas lectivas)

Solados y alicatados (20 horas lectivas)

Operadores de aparatos elevadores (20 horas lectivas)

Operadores de vehículos y maquinaria de movimiento de tierras

(20 horas lectivas)

Operadores de equipos manuales (20 horas lectivas)

IV CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN (2007 – 2011)

SECCIÓN 4ª

CONTENIDOS FORMATIVOS DE OTROS CURSOS

Nivel básico de prevención en la construcción (60 horas lectivas)

Aumenta la duración del nivel básico del RSP (50 horas lectivas)

IV CONVENIO COLECTIVO GENERAL DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN (2007 – 2011)

HOMOLOGACIÓN DE LA FORMACIÓN IMPARTIDA

PROCEDIMIENTO

SECCIÓN 4ª DEL CAPÍTULO IV

Homologar la formación en materia de prevención de riesgos prevista

en el IV CCGSC que impartan las entidades

Reconocimiento en la Tarjeta Profesional de la Construcción

2.- Acreditación de la formación preventiva

“Dadas las características que concurren en el sector de la construcción, reglamentariamente o a través de la negociación colectiva sectorial de ámbito estatal, se regulará la forma de acreditar la formación específica recibida por el trabajador referida a la prevención de riesgos laborales en el sector de la construcción”. Podrá consistir en una:

- Cartilla o carné profesional- Único, de ámbito estatal y para todo el

sector- Expedido por un organismo paritario

TARJETA PROFESIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN

ACREDITACIÓN DE LA FORMACIÓN

LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO REGLAMENTARIO

ARTÍCULO 10 LEY 32/2006 Y ARTÍCULO 12 RD 1109/2007

Temporalidad de los centros de trabajo

Períodos de inactividad

Necesidad de trabajadores cualificados

EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN: CARACTERÍSTICAS QUE PROPICIAN LA IMPLANTACIÓN DE LAS TARJETAS

Alto índice de siniestralidad

Movilidad

Reconocimiento de la experiencia profesional

Acreditación de la formación en materia de seguridad y salud

Mejora de la calidad de las obras

OBJETIVOS DE LAS TARJETAS PROFESIONALES

Control del trabajo no declarado

Acreditación de la competencia profesional

EUROPA: REINO UNIDO, IRLANDA, FINLANDIA, ITALIA

TARJETA PROFESIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN (TPC)

Documento expedido por la Fundación Laboral de la Construcción con el objetivo de acreditar:

Que se ha recibido, al menos, la formación inicial en materia de prevención de riesgos laborales

La categoría profesional y la experiencia en el sector

La realización de los reconocimientos médicos previstos en el Convenio

La formación de cualquier otro tipo

IV Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción (2007 - 2011)

TARJETA PROFESIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN (TPC)

Trabajadores en alta o en IT en empresas encuadradas en el ámbito de aplicación del convenio sectorial

Trabajadores en desempleo con treinta días en alta, en los últimos doce meses, en empresas encuadradas en el ámbito de aplicación del convenio sectorial

BENEFICIARIOS

REQUISITO IMPRESCINDIBLE

Haber recibido, como mínimo, la formación inicial en materia de prevención de riesgos laborales

IV Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción (2007 - 2011)

Caduca a los cinco años de su emisión

Renovación acreditando, al menos, treinta días de alta, en los últimos doce meses, en empresas encuadradas en el ámbito de aplicación del convenio sectorial

CADUCIDAD Y RENOVACIÓN

TARJETA PROFESIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN (TPC)

OBLIGATORIA PARA TODOS LOS TRABAJADORES ENCUADRADOS EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL

CONVENIO, A PARTIR DEL 31/12/2011

IV Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción (2007 - 2011)

Proceso de información

Proceso de tramitación

Proceso de validación

Proceso de entrega

Trabajadores del sector

Gestión de los procesos

TPCTarjeta Profesional de la Construcción

GESTIÓN DE LA TPC

SOPORTE FÍSICO

GESTIÓN DE LA TPC

SOPORTE FÍSICO

GESTIÓN DE LA TPC

SOPORTE FÍSICO

LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO REGLAMENTARIO

Certificación expedida por la organización preventiva del empresario (servicio de prevención) sobre la formación específica impartida a todos los trabajadores que presten sus servicios en obras de construcción

ARTÍCULO 19 de la LEY DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES - FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES

ACREDITACIÓN DE LAS EMPRESAS NO ENCUADRADAS EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL CONVENIO DE LA CONSTRUCCIÓN

Constatación de que cuenta con personas que, conforme a su plan de prevención, ejercen funciones de dirección y han recibido la formación necesaria para integrar la prevención de riesgos laborales en el conjunto de sus actividades y decisiones

FORMACIÓN RECIBIDA EN ENTIDADES ACREDITADAS POR LA AUTORIDAD LABORAL O EDUCATIVA

DURACIÓN NO INFERIOR A DIEZ HORASFORMACIÓN DE DIRECTIVOS

Contenido mínimo:

• Riesgos laborales y medidas de prevención y protección en el sector de la construcción

• Organización de la prevención e integración en la gestión de la empresa• Obligaciones y responsabilidades• Costes de la siniestralidad y rentabilidad de la prevención• Legislación y normativa básica en prevención

ACREDITACIÓN DE LAS EMPRESAS NO ENCUADRADAS EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL CONVENIO DE LA CONSTRUCCIÓN

LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO REGLAMENTARIO

TRABAJADORES AUTÓNOMOS (QUE NO SEAN PERSONAL DIRECTIVO)

FORMACIÓN PREVENTIVA ACREDITACIÓN DE LA FORMACIÓN PREVENTIVA

LEY REGULADORA DE LA SUBCONTRATACIÓN EN EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN Y DESARROLLO REGLAMENTARIO

ACREDITACIÓN DE LA OBSERVANCIA DE LAS OBLIGACIONES PREVENTIVAS: Formación en los niveles directivo y productivo Organización preventiva adecuada

Mediante documentación justificativa del cumplimiento de las normas nacionales de transposición de los artículos 7 y 12 de la Directiva marco :

• Organización preventiva • Formación de los trabajadores

DESPLAZAMIENTO TRANSNACIONAL DE TRABAJADORES

“La PREVENCIÓN de riesgos laborales es una OBLIGACIÓN

de TODOS”

LUIS ROSEL AJAMILDirector del Área de Seguridad y Salud

Fundación Laboral de la Construcción