Post on 09-Jul-2015
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DELITOS INFORMÁTICOS
COMPONENTES DEL GRUPO:
ANA Mª JUNYENT LLOBETCHENQUI WANG
Mª TERESA PELLICER MARTÍNEZ
DELITOS EN LA REDDELITOS EN LA RED
http://www.mister-wong.es/groups/grupo8-DR/Marcador de Mr-Wong: G8-DRGRUPO Nº 8:
INVESTIGACIÓN D.R
CONCEPTO DE DELITO INFORMÁTICO
ACTIVIDAD ILEGAL: FRAUDE, HURTO, ROBO, FALSIFICACIÓN, PERJUICIO, ESTAFA O SABOTAJE, ACOMETIDO INFORMÁTICAMENTE.
BENEFICIO DE LAS NUEVAS TECNOLOGIAS PARA SU RÁPIDA DIFUSIÓN.
VACÍO EN SU REGULACIÓN POR PARTE DEL DERECHO Y CARENCIA EN SU SANCIÓN.
DIFÍCIL DE DETECTAR Y DE DEMOSTRAR ANTE LOS TRIBUNALES.
CARACTERÍSTICAS DE LOS DELITOS
xplique los requisitos
REPERCUSIÓN DE LOS DELITOS EN LA EMPRESA
Para las empresas es imposible conocer la gran magni-tud que ello representa ya que la mayor parte de delitos no son descubiertos o no son denunciados a las autori-dades por el desprestigio y la pérdida económica que esto puede ocasionar; esto hace que esta conducta per-manezca y se mantenga oculta y hace que no llegue al conocimiento de las autoridades.
TIPOS DE DELITOS INFORMÁTICOS
COPIA ILEGAL DE SOFTWARE Y ESPIONAJE INFORMÁTICO.
DELITOS INFORMÁTICOS CONTRA LA PRIVACIDAD.
SPAM.
PHARMING, KEYLOGGING Y SMISHING.
PHISHING.
PORNOGRAFÍA INFANTIL: DEFINICIÓNPORNOGRAFÍA INFANTIL: DEFINICIÓN
“toda representación, por cualquier medio, de un niño dedicado a a actividades sexuales explícitas, reales o simuladas,o toda representación de los genitales de un niño con fines primordialmente sexuales.
(Según la Convención sobre los derechos del niño)
FORMAS DE PORNOGRAFÍA INFANTIL
Algunos ejemplos:
Exhibiciones pornográficas
La distribución
La posesión
La participación del menor
Regulada por el Código Penal (2003)
ESTADÍSTICA DE DELITOS INFORMÁTICOS
61%
13%
11%
1%
1%
1%
13%
PORNOGRAFÍA INFANTILESTAFAS, SUB-ASTAS Y VENTAS
CALUMNIAS E INJURIASUSURPACIÓN DE IDENTIDAD
REVELACIÓN DE SECRETOSTRÁFICO DE ÓRGANOS Y ES-TUPEFACIENTESOTROS DELITOS SIN DETERMINAR
Fuente: Unidad de investigación en Tecnologías de la Información de la Policía
CÓMO PROTEGERNOS: MEDIDAS DE SEGURIDAD
La seguridad:- Autenticación. - Autorización.- Privacidad y confidencialidad.- Integridad de datos.- Control de accesos.Medidas:- Firewalls: filtro para eliminar la información no deseada.- Firma digital: se adopta en forma de resumen cifrado o contraseña privada.
LEGISLACIÓN REGULADORA
En España los delitos informáticos son hechos sancionables por el Código Penal. A este tipo de delito , el informático, se le aplica la misma sanción que a los mismos delitos no informáticos: Misma sanción para el secreto de comunicaciones del correo postal como del correo electronico
Otros países ya tipifican el tipo de clases de delitos y se les sanciona por sus difer-entes clases : por daños al sistema, contra la propiedad o hurto, contra la privacidad de las personas y de las co-municaciones, contra la pornografía infantil o contra el orden económico ( ofer-tas engañosas ) .
La expansión de tecnologías trae consigo la expansión de delitos.
Los delitos proliferan a velocidad de vértigo.La justicia no pone freno a esta gran expansión
de delitos.Es necesaria una urgente regulación legal.Debemos ser precavidos al navegar por la red, y
denunciar cualquier acto sospechoso de delito.
Preguntas para el Debate:
¿Qué debería ocurrir para que se legislara con urgencia sobre los delitos en la red, en España?
¿Habría que distinguir entre usuarios de internet, menores o con mayoría de edad, para aplicar la nueva legislación?
¿Són todos los Estados igual de tolerantes ante estos delitos?