Post on 23-Jul-2020
EL MARCADO DE LAS VENTANAS:
REQUISITOS DOCUMENTALES
La ASOCIACION DE EMPRESAS DEL CERRAMIENTO DE GALICIA AECALPO es
una organización empresarial sin ánimo de lucro fundada en el año 1996.
Entre sus objetivos está la de velar por el cumplimiento de las distintas
normativas en vigor que afectan al sector que representa.
La ASOCIACION DE EMPRESAS DEL CERRAMIENTO DE GALICIA AECALPO ha
participado en la elaboración de la Instrucción del Ministerio de Industria que
desarrolla la norma UNE-EN 14351:2006 y ha impartido distintas Jornadas
Técnicas sobre la correcta aplicación de esta norma.
La ASOCIACION DE EMPRESAS DEL CERRAMIENTO DE GALICIA AECALPO
ostenta una Vocalía en el Comité Técnico AEN/CTN85 – Cerramientos de
huecos en edificación y sus accesorios de la Asociación Española de
Normalización y Certificación AENOR, (en la actualidad UNE Normalización
Española) organismo legalmente responsable del desarrollo y difusión de las
normas técnicas en España, participando, por tanto, activamente en la
elaboración de las mismas .
¿Qué es el MARCADO CE ?
Es OBLIGATORIO marcar CE todas las ventanas fabricadas a partir el mes de FEBRERO del año 2010
El Marcado CE es deber del FABRICANTE DE LA VENTANA, es
decir, de quién ELABORA EL PRODUCTO FINAL.
Por tanto, la obligación RECAE sobre el TALLER ELABORADOR del producto, NO SOBRE EL SISTEMISTA/GAMISTA.
La Norma de aplicación a la fecha es laEN 14351-1:2006+A2:2016 [ UNE-EN 14351-1:2006+A2:2017 en España ]
Ventanas y puertas. Norma de producto, características de
prestación. Parte 1: Ventanas y puertas exteriores peatonales.
Para cumplir correctamente con la normativa el fabricante debe:
• Poseer Ensayos de Tipo (EIT’s) ó Documentación Técnica Específica(DTE) de los distintos modelos de productos que fabrique.
• Efectuar un Control de Producción en Fábrica documentado.
• Entregar al cliente/destinatario la Etiqueta CE.
• Entregar al cliente/destinatario la Declaración de Prestaciones.
• Entregar al cliente/destinatario un Manual de Usuario.
REQUISITOS DOCUMENTALES
LOS ENSAYOS DE TIPO
Existen tres maneras de obtener los Ensayos de Tipo:
1. Realizando ensayos propios sobre una muestra representativa del producto.
2. De forma conjunta con distintas empresas que fabriquen el mismo producto.
3. A través de la cesión en cascada (*) de los ensayos por parte del propietario de los mismos.
(*) Este es el sistema más utilizado por parte del fabricante en el que el sistemista/gamista (por ejemplo: Technal, Cortizo,
Extrugasa, …) como propietarios de los ensayos de los distintos modelos de ventana CEDEN el uso de sus valores –siempre mediante contrato escrito- al elaborador final del producto (carpintero).
LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA ESPECÍFICA
La Documentación Técnica Específica DTE consiste en una serie deprocedimientos o métodos empleados en sustitución del ensayo de tipo ylos argumentos que avalen la equivalencia con los métodos de ensayo.
Es válida únicamente en los casos en los que la empresa elaboradora delproducto tenga menos de 10 empleados y/o facture menos de 10 MM de€uros anuales.
Este es un sistema muy poco frecuente en la fabricación de ventanas, pero muy común en otros productos afectados por la Directiva de Productos de Construcción, como por ejemplo, cierto tipo de portales.
EL CONTROL DE PRODUCCIÓN EN FÁBRICA
El Control de Producción en Fábrica supone un control interno permanente de la producción.
Para llevar dicho control, todos los elementos, requisitos, y metodologías adoptados por el fabricante en el proceso
de producción deben ser documentados de forma sistemática.
Los registros documentales deben mostrar con claridad si el producto ha cumplido los criterios definidos de aceptación.
Si el producto no cumple dichos criterios, se considerará producto no conforme.
EL CONTROL DE PRODUCCIÓN EN FÁBRICA
La documentación del sistema de CPF debe incluir, al menos, lo siguiente:
a) Especificación de tareas y responsablesb) Especificación de la estructura de la documentación del sistemac) Especificación y comprobación de materias primas y componentesd) Identificación y trazabilidad de productose) Procedimientos e instrucciones documentados relacionados con el CPFf) Control de los registros relativos al CPFg) Control del diseñoh) Identificación de las inspecciones y ensayos a llevar a caboi) Identificación del equipo necesario para inspecciones y ensayosj) Tratamiento de los productos no conformes
k) Ejecución de las tareas correctoras
EL CONTROL DE PRODUCCIÓN EN FÁBRICA
Ejemplo:
Identificación de las
responsabilidades en la empresa.
Ejemplo:
Identificación de las inspecciones a
realizar al producto.
Ejemplo:
Identificación de la no conformidad
del producto.
CUSTODIA DOCUMENTAL
Tanto la documentación relativa a los Ensayos Iniciales de Tipo EITs(contrato de cesión, fichas técnicas, etc…) o de la Documentación TécnicaEspecífica DTE ( procedimientos, equivalencias, etc….) así como lacorrespondiente al Control de Producción en Fábrica NO SE ENTREGAN anadie con el producto.
No obstante, deben estar A DISPOSICIÓN DE LAS AUTORIDADESCOMPETENTES durante al menos DIEZ AÑOS.
LA ETIQUETA CE
Los fabricantes de ventanas tienen la obligación de
elaborar y entregar al cliente/destinatario final
la Etiqueta CE.
Podrá ir colocada:
• En la propia ventana.
• Sobre el embalaje de la ventana, si lo hubiera.
• Entregarla en papel junto con el albarán, la
factura o documentos similares.
0123
NOMBRE EMPRESADirección completa, número
99999 LOCALIDAD (Provincia)
17999-CDP 2017-025/15
EN 14351-1:2006+A2:2016
Ventana oscilobatiente de una o dos hojas V8000 50mm RPT de 1250x1250 mm con doble acristalamiento 6/12/4 para uso en fachadas exteriores verticales.
Resistencia a la carga del viento: C3
Estanqueidad al agua: 5A
Atenuación acústica: 33dB (-1,-4)
Aislamiento térmico: 3,3 W/m2KPermeabilidad al aire: C2
Capacidad de los dispositivos de seguridad para soportar
cargas: APTO
Propiedades de radiación:
Factor solar: 0,75
Transmitancia luminosa: 0,80
LA ETIQUETA CE
0123
NOMBRE EMPRESADirección completa, número
99999 LOCALIDAD (Provincia)
187999-CDP 2017-025/15
EN 14351-1:2006+A2:2016
Ventana oscilobatiente de una o dos hojas V8000 50mm RPT de 1250x1250 mm con doble acristalamiento 6/12/4 para uso en fachadas exteriores verticales.
Resistencia a la carga del viento: C3
Estanqueidad al agua: 5A
Atenuación acústica: 33dB (-1,-4)
Aislamiento térmico: 3,3 W/m2KPermeabilidad al aire: C2
Capacidad de los dispositivos de seguridad para soportar
cargas: APTO
Propiedades de radiación:
Factor solar: 0,75
Transmitancia luminosa: 0,80
0123 - Número identificativo del Organismo Notificado (laboratorio) que ha realizado los Ensayos de Tipo. Consta en la documentación de los mismos.
18 - Dos últimos dígitos del año en el que se realizó POR PRIMERA VEZ el marcado CE del producto concreto.
999-CDP 2017-025/15 - Número de referencia que establece libremente el fabricante y que debe ser igual al de la DECLARACION DE PRESTACIONES.
EN 14351-1:2006+A2:2016 - Norma armonizada de aplicación para ventanas y puertas peatonales exteriores..
Valores declarados que constan en los Ensayos de Tipo / Documentación Técnica Específica.
LA DECLARACIÓN DE PRESTACIONES
Los fabricantes de ventanas tienen laobligación de elaborar y entregar alcliente final / destinatario del productouna DECLARACION DE PRESTACIONES.
La Declaración de Prestaciones expresarálas prestaciones del producto en relacióncon sus características esenciales, definidasen el Anexo ZA.1 de la norma EN-14351-1:2006+A2:2016
NOTA: Con la entrada en vigor el 31 de julio de 2013 del nuevoReglamento de Productos de Construcción, este documentosustituye a la antigua Declaración de Conformidad.
LA DECLARACIÓN DE PRESTACIONES
999-CDP 2013-07-02: Es un número de referencia
que establece libremente el fabricante y que debe ser
igual al de la etiqueta CE.
Nombre y número identificativo del Organismo
Notificado (laboratorio). Consta en la documentación
de los Ensayos de Tipo..
Número del informe y fecha de cada característica
esencial declarada en la que se realizaron los
ensayos iniciales de tipo por parte del laboratorio
notificado.
Prestaciones declaradas: Se tienen que referenciar
TODAS las características del producto, incluso las
«no determinadas» (NPD).
Los tres párrafos finales son de obligada
inclusión tal y como aparecen redactados, sin
ninguna modificación y en el mismo orden en el
que aparecen.
MANUAL DE USUARIO
Se trata de un manual con las instrucciones de uso y mantenimiento,que deberá entregarse al propietario de la ventana/s.
El manual debe incluir, entre otras, lainformación relativa a la propia ventana, enparticular a las funciones de seguridad dela misma.
Asimismo, en el manual debenestablecerse las instrucciones relativas a lautilización de la ventana, tales como losriesgos para el usuario, así comoinformación acerca de las frecuencias ysistemas de mantenimiento preventivorecomendadas por el fabricante, etc…
ERRORES FRECUENTES
• Si no me la piden, no tengo que entregar ninguna documentación.
FALSO. Es OBLIGACIÓN del fabricante del producto entregar SIEMPRE la docu-mentación relativa a su Marcado CE al cliente/destinatario final.
• A mí el marcado CE ya me lo dá (fulanito)….
FALSO, si soy yo quién fabrico la ventana. En todo caso, los proveedores sistemistas/gamistas podrán poner herramientas a nuestra disposición.
VERDADERO, si adquiero el producto ya terminado. En este caso, la obligación es simplemente trasladar la documentación recibida al cliente/destinatario final.
MÁS INFORMACIÓN EN:
902 021 930 / 986 108 025aecalpo@aecalpo.com