EL DIH Y LA MISIÓN MÉDICA. Orígenes de la Misión Médica.

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EL DIH Y LA EL DIH Y LA MISIÓN MÉDICA MISIÓN MÉDICA

Orígenes de la Misión MédicaOrígenes de la Misión Médica

El pensamiento humanitario

en las guerras

Se sabe hoy que el derecho sigue a los hechos más bien que precederlos

Proteger al hombre contra los males de la guerra y de la arbitrariedad de los combatientes, no es

una idea nueva

Casi todas las culturas han practicado principios humanitarios en las guerras

Hamurabi (1793 – 1750 a.c): Rey de Babilonia, promulgó el código Hamurabi (1760), "Prescribo estas leyes para impedir que el fuerte oprima al débil"

1108: Tratado de Caballero Cruzado: "acogieron con bondad a varios musulmanes que les pidieron refugio: hicieron que les vendaran las heridas, dieron ropa a los hombres que carecían de ella y, después, enviaron a todos a su país"

En 1747 Luis XV dijo que a los heridos (Batalla de Fontenoy) hay que tratarlos como a los propios. 3700 franceses y 2368 enemigos fueron atendidos por igual

El 26 de septiembre de 1820 se celebró en Trujillo (Venezuela) el tratado de regularización de la Guerra, entre el Libertador Simón Bolivar y el General Pablo Morillo, para detener la «guerra a muerte»...

Decreto de Guerra a Muerte «Españoles y Canarios, contad con la muerte, aun siendo indiferentes, si no obráis activamente en obsequio de la libertad de América. Americanos, contad con la vida, aun cuando seáis culpables.» Simón Bolívar 1813

Decreto de Guerra a Muerte…

Campaña Admirable "Todos los europeos y canarios casi sin excepción fueron fusilados", Inclusive Juan Bautista Arismendi, por órdenes de Bolivar mandó fusilar 886 prisioneros en Caracas. Para engrosar los números Arismendi incluyó los prisioneros enfermos en el hospital de la Guaira.

Como respuesta Pablo Morillo, hizo lo propio en Santafé de Bogotá.

Dominique-Jean Larrey, fué un cirujano que, en las guerras napoleónicas, Dominique-Jean Larrey, fué un cirujano que, en las guerras napoleónicas, creó el transporte por ambulancia e introdujo los principios de la sanidad creó el transporte por ambulancia e introdujo los principios de la sanidad militar moderna, realizando los primeros triages en los campos de batalla.militar moderna, realizando los primeros triages en los campos de batalla.

1815: El Duque de Wellington en la batalla de Waterloo al ver la ambulancia en proximidad de la vanguardia del ejército británico, ordenó redirigir la línea de fuego para salvaguardar al cirujano y su ambulancia. (Principio de Distinción)

El mariscal Blücher captura a Larrey, lo salva de ser ejecutado y le agradeció haber salvado la vida de su hijo, herido y capturado por los franceses en una campaña previa en Austria. Le ofreció alimentos, dinero y salvoconducto para viajar a territorio neutral. (Respeto al personal sanitario / Imparcialidad con los Hx en combate)

Sanidad Militar Moderna:Sanidad Militar Moderna:

1863: Código de Lieber …los capellanes, médicos, enfermeros que caigan 1863: Código de Lieber …los capellanes, médicos, enfermeros que caigan en manos del ejército americano, no son prisioneros de guerra (Guerra Civil en manos del ejército americano, no son prisioneros de guerra (Guerra Civil Norteamericana)Norteamericana)

Si bien, existían reglas en los ejércitos para proteger a los heridos, enfermos, prisioneros de guerra, civiles y bienes, NO eran una obligación "jurídica" para los combatientes y los Estados aplicarlas, por lo tanto en muchas guerras se cometieron cualquier clase de actos inhumanos y degradantes.

1861 – Henry Dunant1861 – Henry Dunant

"..para que movilizar soldados, exponiéndolos a mil fatigas, a mil peligros, para dejarlos morir después como perros, cuando el fuego del enemigo los haya puesto fuera de combate.."

I Convenio de Ginebra:I Convenio de Ginebra:

1864: "Convenio de Ginebra para el mejoramiento de la suerte que corren los militares heridos en los ejércitos en campaña". Suscrito por 16 países.

LO IMPORTANTE:

- Obligación de prodigar cuidados sin discriminación a los militares heridos y enfermos.

- Identificación del personal, estructura y equipos sanitarios con un emblema… La Cruz Roja

Pero.. Para qué un Emblema?Pero.. Para qué un Emblema?

Europa Siglo XIX: Cada ejército señalaba sus servicios sanitarios con una bandera de color diferente: blanco en Austria, rojo en Francia, amarillo en España…

Ningún signo particular permitía distinguir los furgones sanitarios de los demás medios de transporte del séquito, y nada permitía identificar a distancia a los miembros del servicio de sanidad.

Las consecuencias eran: No se reconocían las ambulancias del propio ejército y menos aun las del adversario. Los médicos y los enfermeros corrían el mismo peligro que los combatientes, por tanto resultaba imposible recoger a los heridos antes de que finalizara el combate.

D.I.H.D.I.H.

El Derecho Internacional Humanitario es un derecho de

excepción, de emergencia, que interviene cuando se

produce una ruptura social, la cual se conoce con el nombre

de conflicto armado.

La obligación de respetar y hacer respetar el DIH o DICA es de las Partes en conflicto, sea en un conflicto armado internacional o interno

Protección

¿A ¿A quiénesquiénes protégeprotége el el DIH?DIH?

A las personas que han dejado de A las personas que han dejado de participar en las hostilidades por participar en las hostilidades por herida, enfermedad, naufragio o herida, enfermedad, naufragio o

privación de la libertad.privación de la libertad.

¿A quiénes protége el ¿A quiénes protége el DIH?DIH?

A las personas que A las personas que nono participanparticipan directamente en directamente en

las hostilidadeslas hostilidades

¿A quiénes protége el ¿A quiénes protége el DIH?DIH?

Al Personal sanitario y Religioso, civil o Al Personal sanitario y Religioso, civil o militar.militar.

¿A quiénes protége el ¿A quiénes protége el DIH?DIH?

Al personal del Movimiento InternacionalAl personal del Movimiento Internacionalde la Cruz Roja.de la Cruz Roja.

FINALIDAD

Protéger a las personas y a Protéger a las personas y a los bienes de las los bienes de las

consecuencias de los consecuencias de los conflictos armadosconflictos armados

FINALIDAD

Protéger a las Protéger a las personas y a los bienes personas y a los bienes de las consecuencias de las consecuencias

de los conflictos de los conflictos armadosarmados

Limitar los métodos y medios de combateLimitar los métodos y medios de combate

FINALIDAD

Limitar los métodos y medios de combateLimitar los métodos y medios de combate

FINALIDAD

En Colombia se aplica el Artículo 3 común a los 4

convenios de Ginebra y el Protocolo IIPágina 10 del Manual

D.I.H.D.I.H.

El conjunto de actividades que el personal asistencial

cumple de conformidad con sus obligaciones

profesionales.

Según el D.I.H.MISION MEDICA MISION MEDICA

ES:ES:

D.I.H.D.I.H.“Las normas del DIH, disponen que todos los miembros del personal sanitario que presten servicios en caso de conflicto armado deberán ser respetados y protegidos..” Art. 20 IV CG, Art. 9 P II.

“…los miembros del personal sanitario no podrán en caso alguno, renunciar a ninguno de los derechos que, según las normas del DIH, se les confiere.” Art. 8 IV CG.

D.I.H.D.I.H.“… En los convenios de Ginebra se estipula que las partes contratantes podrán concertar acuerdos especiales para complementar los convenios, sin perjuicio de los derechos de las personas protegidas.” Art. 7 IV CG.

“… Protección de la misión sanitaria, implica también exigir a las autoridades los medios necesarios y facilidades para el cumplimiento de su deber.” Art. 9 P II.

D.I.H.D.I.H.“… Para prestar una asistencia eficaz, el personal sanitario deberá tener acceso a los lugares donde sus servicios sean necesarios”. Art. 17 IV CG.

“… Protección a transportes sanitarios”. Art. 21 – 22 IV CG, Art. 11 P II.

“… el personal sanitario no podrá ser sancionado ni importunado” Art. 10 P II.

D.I.H.D.I.H.“… el respeto de la ética profesional, será de la misma manera que en tiempos de paz” Art. 9 - 10 P II.

Normas nacionales para la protección de la misión médica

Ley 875 de 2004 / Uso del emblema Cruz Roja

Ley 782 del 2002, artículo 81. / Obligación del gobierno de poner en funcionamiento programa de protección para los miembros de la misión médica.

Pág. 45 del manual

Ley 171 de 1994: Adopción del Protocolo II, protección heridos enfermos,

Decreto Reglamentario 138 / 2005: reglamentación del emblema a título protector

CÓDIGO Ley 599 de 2000 : Sanciona los delitos contra personas y bienes protegidos por el DIH.

Art. 135 # 4 - Personal sanitario y religioso en la categoría de personas protegidas.

Art. 143 – Uso perfido del emblema de la cruz roja

Art. 152 - Omisión de medidas de socorro

Art. 153 - Obstaculización de tareas sanitarias.

Art. 155 - Destrucción de bienes e instalaciones de carácter sanitario.

Leyes de ética profesional:

Ley 35/89 Odontólogo, Ley 36/93 Bacteriólogo, Ley 266/96 enfermería, Ley 528/99 Fisioterapeutas, Ley 911/04 Etica Enfermería, 1090/06 Psicología.

Normas nacionales de obligaciones de la misión

médica

Resolución 1020 del 5 de agosto del 2002. / Reglamentación Misión Médica

Las actividades que se desarrollen para garantizar la protección de los heridos, enfermos, están igualmente protegidas por el DIH y la legislación nacional.

Por lo tanto…

Entonces en la práctica esto significa:

Que los combatientes tienen la obligación de:

Respetar significa no atacar, no dañar, no impedir el paso, en definitiva, permitir que realicen la tarea para la que ha sido destinada.

Proteger significa garantizar el respeto, prestar ayuda contra terceros o defender en caso necesario. (… Quien??)

Deberes y Derechos

¿Dónde están los límites?¿Qué es una infracción a la misión

médica?

No puede constituir una toma de posición en el conflicto en función de sus destinatarios.

PRINCIPIO 1La asistencia médica debe

permanecer neutral

Si se cometen actos de hostilidad, la misión médica se convierte en participante directo en las hostilidades. La Neutralidad es tanto un deber como un derecho.

• Para conservar la confianza de todos.

• La neutralidad no implica la neutralidad ideológica… pero…

• La neutralidad debería verse como un medio y no como un fin.

• La neutralidad no implica ni una indiferencia ante el sufrimiento ni la aceptación de la guerra.

• Es la condición indispensable para una acción humanitaria eficaz.

(Diccionario DICA, Pietro Verri)

Más de Neutralidad…

• De acuerdo por pensamiento, principios, política, filosofía, doctrina (art. 18 CPC)

• Manifestación pública a favor (art. 20 CPC)

Con respecto a la Neutralidad, que es un derecho y que es

participación en el conflicto…

• Brindar apoyo con información.

• Brindar apoyo con recursos.

• Vinculación formal permanente.

No puede rehusar de dar asistencia médica a un herido o enfermo porque es del otro lado.

Principio positivo de socorro sin discriminación, recuerda la igualdad de los hombres en el infortunio. (Diccionario DICA, Pietro Verri)Si se hace distinciones entre pacientes que no son basadas en las necesidades y prioridades, se convierte en un participante al conflicto. La Imparcialidad es tanto un deber como un derecho.

PRINCIPIO 2La asistencia médica debe

permanecer imparcial

Respetar y proteger a las víctimas del conflicto armado

Prestar asistencia sanitaria con humanidad de manera imparcial

Actuar de acuerdo a la ética médica

Respetar y mantener el secreto profesional

Pág. 11 y 18 del manual

Deberes del personal sanitario

Identificarse

Abstenerse de dar uso indebido del emblema

Evitar comentarios, acciones o actos hostiles que interfieran con el ejercicio de la Misión Médica

Abstenerse de participar directamente de las hostilidades

Deberes del personal sanitario…

A ser respetado y protegido.

A tener acceso a los heridos y enfermos.

A no ser obligado a actuar contrariamente a los principios de la ética médica.

A guardar el secreto profesional.

Pág. 11 del manual

Derechos del personal sanitario

Derechos del personal sanitario…

No ser privado de su libertad u obligado a la atención de pacientes mediante amenazas o métodos violentos.

A no ser sancionado por realizar actividades A no ser sancionado por realizar actividades sanitarias conforme a la deontología de su sanitarias conforme a la deontología de su profesión.profesión.

Derechos del personal sanitario desde lo legal:

Ley 23 de 1981: art. 2: Hacer caso omiso de las diferencias de credos políticos, religiosos… …evitando que éstas se interpongan entre mis servicios profesionales y mi paciente.

Resolución 1020 / 2002: art. 6: Atender humanamente a todas las víctimas sin distinción alguna, determinando la prioridad de la atención únicamente con base en criterios médicos.

Ley 906 de 2004: art. 68: EXONERACIÓN DEL DEBER DE DENUNCIAR. Nadie está obligado a denunciar, cuando medie el secreto profesional.

Derechos del personal sanitario desde lo legal:

Ley 906 de 2004: art. 385: EXCEPCIONES CONSTITUCIONALES. Son casos de excepción al deber de declarar, las relaciones de a) el abogado con su cliente, b) Médico con paciente…

Ley 906 de 2004: Art. 218. Obligación de notificación, de ingreso de presuntas víctimas.

Ley 906 de 2004: Art. 143. …y si no se avisa? Multa de 10 a 100 SMLV a la institución.

Secreto Profesional

“Se entiende por secreto profesional la información reservada o confidencial que se conoce por el ejercicio de determinada profesión o actividad. El mantener el secreto profesional es tanto un deber como un derecho del personal sanitario.

Un aspecto importante de este tema es la Historia Clínica, desde el punto de vista de documento con implicaciones legales. El personal médico debe consignar con suma claridad y objetividad toda la información clínica y fisiopatológica pertinente para la evolución del paciente. Se debe evitar el registro de información de carácter estratégico-militar, así como la relacionada con la condición jurídico-penal del paciente, dado que no es relevante para su adecuado manejo clínico. La reserva de éste documento SI puede ser levantada mediante órden judicial.

Pág. 41 del manual

Respaldo Legal al Secreto Profesional:

Protocolo II art. 10: No ser sancionado por no proporcionar o negarse a proporcionar informaciones acerca de heridos o enfermos. A menos que la Ley nacional dicte lo contrario. (Protocolo II adoptado por la Ley 171/94)

Art. 74 de la CPC: El secreto profesional es inviolable.

Ley 23/81 art. 38: cuando se puede revelar el secreto profesional.

Ley 906 de 2004: art. 68 y 385.

Decreto 138/05: art. 16. …garantía de seguridad y derecho de confidencialidad, respecto de los hechos que a razón de sus labores hubieren conocido.

contra la vida y la integridad

contra la infraestructura

contra las actividades sanitarias

infracciones de perfidia

violaciones del secreto profesional

Pág. 12 del manual

Infracciones a la Misión Médica

Código Penal Ley 599 de 2000: Señala las normas rectoras, principios y características generales del Sistema Penal Colombiano.

Art. 143 – Uso indebido del emblema.

Art. 146 – Tratos inhumanos y degradantes y experimentos biológicos en persona protegida… en desarrollo del conflicto armado.

Art. 152 – Omisión de medidas de socorro y asistencia humanitaria… con ocasión y en desarrollo de conflicto armado.

Conceptos Legales de las Infracciones a la Misión

Médica

Código Penal Ley 599 de 2000:

Art. 153 – Obstaculización de tareas sanitarias y humanitarias… con ocasión y en desarrollo de conflicto armado.

Art. 155 – Destrucción de bienes e instalaciones de carácter sanitario… con ocasión y en desarrollo de conflicto armado.

Conceptos Legales de las Infracciones a la Misión

Médica

Código Penal Ley 599 de 2000:

Art. 32: “Ausencia de responsabilidad. No habrá lugar a responsabilidad penal cuando…” (extracto)

a.En los eventos de caso fortuito y fuerza mayor.

b.Se obre en estricto cumplimiento de un deber legal

c.Se obre en legítimo ejercicio de un derecho, de una actividad lícita o de un cargo público.

d.Se obre bajo insuperable coacción ajena.

e.Se obre impulsado por miedo insuperable.

Conceptos Legales de las Infracciones a la Misión

Médica

Miedo Insuperable

Miedo Insuperable

El miedo insuperable se considera una causal de inculpabilidad, “…el miedo insuperable es aquel estado de temor que aún afectando psíquicamente a quien lo sufre, no excluye la voluntariedad de la acción, sino que simplemente la limita y la trastoca y priva al sujeto en su capacidad de decisión, lo que lleva a que no pueda atribuírsele responsabilidad penal.”

Corte suprema de Justicia Sentencia 18.983, Acta 158.

Reporte de infracción a la Misión Médica

Pág. 40 del manual

Detalle del formato

¿Qué consecuencias trae atacar o impedir

el trabajo de la misión médica?

Las consecuencias recaen directamente sobre la población civil y sobre las víctimas del conflicto, quienes sufren por falta de medicinas y corren el riesgo de padecer enfermedades, epidemias y en muchos casos, la muerte, debido a la falta de atención. En resumen ACCESO

www.cicr.org/spaComité Internacional de la Cruz Roja / Subdelegación

Medellín Circular 4a # 71 – 91 Barrio Laureles / ralfonso@icrc.org

Tel: 416.20.10 Cel: 311.625.22.68

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