Post on 12-Dec-2015
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BENEMERITA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE PUEBLA
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALESLICENCIATURA EN CONSULTORIA JURIDICA
EQUIPO CUATROEDUARDO VAZQUEZ TEXIS
BERNARDO MILAN CANTERO
MIGUEL ANGEL ROSARIO LOPEZ
CIRSE ROSARIO LOPEZ
CONSTITUCIONES IMPERIALES
CLASES DE CONSTITUCIONES IMPERIALES
1. EDICTOS
2. LOS MANDATOS
3. LOS PRESCRIPTOS
4. LOS DECRETOS
CODIGO GREGORIANO
CODEX GREGORIANUS
- DATA DE FINALES DEL S.III D.C EN TIEMPOS DE DIOCLECIANO
- ENTRE LOS AÑOS 291 Y 292
GREGORIUS.-DOCENTE EN BERITO
- LA COMPILACION DE CONSTITUCIONES, QUE VAN
DESDE LA EPOCA DE ADRIANO A DIOCLESIANO
- - CARÁCTER PRIVADO
-LA OBRA SE DIVIDIA EN 14 O 16 LIBROS Y ESTOS EN TITULOS.
- - DENTRO DE CADA TITULO SE TRANSCRIBIAN LAS
CONSTITUCIONES QUE TRATASEN DE LA MATERIA DEL
TITULO.
- EL PRIMER RESCRIPTO QUE CONTENIA EL CODIGO GREGORIANO ES DEL AÑO 196 Y CORRESPONDIA AL EMPERADOR SEPTIMIO SEVERO.
- - LOS TRECE PRIMEROS LIBROS REUNIRIAN MATERIAS DEL EDICTO
PERPETUO DE SALVIO JULIANO Y LOS ULTIMOS, SOBRE DERECHO PENAL.
CODIGO TEODIOSIANO
La compilación mas importante de las
constituciones imperiales
El Código Teodosiano
Promulgado en 438
Teodosio II y Valentiniano III en el
año 438
El numero de constituciones imperiales.Dispersión. Dificultad de manejo.
Código Hermongenia
no
Fue necesaria una
compilación
En el año 429 hubo un primer
proyecto
El año 435 Teodosio comendo a una comisión la
compilación de las constituciones imperiales promulgadas a partir de la
época de Constantino.
•Constituciones imperiales• Escritos de juristas.No pudieron llevarlo a la
practica
La comisión compiladora
Seleccionar las constituciones importantes.Suprimir de ellas lo que se considerase inútil.Hacer las adaptaciones que estimase necesarias.
El trabajo quedo terminado el 438, fecha en que ambos emperadores lo promulgaron
con carácter oficial para todo el imperio
libro I
libros II al IV
libros V al VIII
libro IX
libros X y XI
libros XII al XV
libro XVI
De los funcionarios imperiales
Del derecho privado
Diversas materias de derecho privado y público
Derecho Penal
Hacienda, tributos y munera municipales
sobre la ciudadanía y las corporaciones
Al derecho canónico en formación.
El Código Teodosiano tiene implícita en su estructura como ley vigente, la doctrina de los clásicos a través de la mencionada Ley de Citas. De los fragmentos que componen el Digesto, casi las dos terceras partes provienen de los jurisconsultos en ella señalados. Así mismo, le dio fuerza al ius respondendi y a la doctrina de Scaevola, a la de Sabino, a la de Juliano y Marcelo.
LEY DE LAS 7 PARTIDAS DEL REY ALFONSO X EL
SABIO
Las Siete Partidas es un cuerpo normativo
redactado en la Corona de Castilla, durante el
reinado de Alfonso X.
(1252-1284),
Objetivo
Conseguir una cierta uniformidad jurídica del Reino.
Su nombre original era Libro de las
Leyes.
Actualmente se le denomina, ley
de las 7partidas por las secciones en
que se encuentra dividida.
Esta obra jurídica es la mas larga en
lo que respecta a la vigencia en
Hispanoamérica (hasta el siglo XIX).
Incluso se le ha calificado de
«enciclopedia humanista»,
Trata temas
filosóficos, morales y teológicos (de vertiente
greco-latina), aunque el propio texto confirma
el carácter legislativo de la obra.
El código puede considerarse una síntesis de
los derechos consuetudinario, canónico y
romano.
Las Siete Partidas se caracterizan por ser un texto de Derecho común (basado en el Derecho romano justiniano,canónico y feudal).
Se elaboro por una comisión compuesta por
los principales juristas castellanos de la
época, bajo la dirección personal de Alfonso
X. La edición más antigua que se conserva
del código se publicó en Sevilla en 1491.
Las Partidas, se redactaron entre el 26 de
junio de 1256 y el 28 de agosto de 1265
Su finalidad, es que se otorgaron como
texto legislativoDebería ser un código legal,
El propósito de Alfonso X, en relación a
las Siete Partidas, fue el de redactar un texto
aplicable a todo el Imperio, es decir, un
Derecho de validez universal,
Las Partidas de Alfonso X buscaba
unificar jurídicamente el reino, no
por la vía local como su
padre Fernando III (a través de la
concesión de un mismo fuero a
varias localidades) sino por medio
de una norma general aplicable a
todo el territorio.
ESTRUCTURA Y CONTENIDO
Las Partidas abarcan todo el saber jurídico
de la época dentro de una visión unitaria, por
ello se le ha considerado una summa de
derecho.
Trata, de derecho constitucional, civil,
mercantil, penal, y procesal,
tanto civil como penal.
Están redactadas en castellano,
Posee un prólogo, que señala el objeto de la obra, que señala que se dictan en vista de la confusión y abundancia normativa y solamente para que por ellas se juzgara.
Se compone de siete partes las cuales comienzan con una letra del nombre del rey sabio, componiendo un (A-L-F-O-N-S-O).
Cada partida se divide en títulos (182 en total), y éstos en leyes (2.683 en total).
LA PRIMERA PARTIDA COMPRENDE 24 TÍTULOS Y 516 LEYES.
Trata de las fuentes del derecho y la elaboración de buenas
leyes, relacionando la potestad de gobierno con la autoridad
del saber
Clasifica las leyes en canónicas y seculares.
Un buen legislador debe tener a Dios presente, amar la
justicia, tener conocimientos de derecho y estar dispuesto a
enmendar o mudar las leyes cuando fuese necesario.
Establece los requisitos de validez y la fuerza que posee la
costumbre.
Se dedica al derecho canónico, la organización de la Iglesia,
LA SEGUNDA PARTIDA POSEE 31 TÍTULOS Y 359 LEYES.
Se refiere al poder temporal, emperadores,
reyes y otros grandes señores, derecho público.
Trata de los derechos y deberes del rey para con
Dios, el pueblo y la tierra y los derechos y
deberes del pueblo para con Dios, el rey y la
tierra
Regula la sucesión en la Corona de Castilla
Finalmente, la partida segunda se cierra
refiriéndose a la UNIVERSIDAD.
LA TERCERA PARTIDA POSEE 32 TÍTULOS Y 543 LEYES.
Trata de la justicia y la administración de justicia.
Procedimiento civil, siendo su tema
principal el proceso, las personas que
intervienen en el juicio y
el procedimiento conforme al cual se
tramita.Termina tratando del dominio
reconociendo la existencia de ciertos
bienes comunales, de la posesión,
la prescripción, la usucapión, y de
las servidumbres.
LA CUARTA PARTIDA POSEE 27 TÍTULOS Y 256 LEYEs
Está destinada al DERECHO DE FAMILIA
Trata de los esponsales el matrimonio,
el divorcio como separación de lecho y
techo, la filiación legítima y la filiación
ilegítima, la patria potestad, la esclavitud,
reconociéndola como "la más vil cosa de este
mundo" después del pecado, el estado de las
personas, hijos legítimos e ilegítimos;
LA QUINTA PARTIDA POSEE 15 TÍTULOS Y 374
LEYES.
Se refiere a los actos y contratos, entre estos el
contrato de mutuo, de comodato, de depósito,
de donación, de compraventa, permuta de locación
o arrendamiento, de compañía o sociedad, de
estipulación o promesa, y de la fianza, y los peños.
Se refiere, también, al pago y a la cesión de bienes.
LA SEXTA PARTIDA POSEE 19 TÍTULOS Y 272 LEYES.
Se ocupa del derecho sucesorio por causa de
muerte y de las guardas.
Asimismo, contempla normas sobre el
estatuto jurídico del huérfano.
La sucesión testada intestada.
LA SÉPTIMA Y ÚLTIMA PARTIDA POSEE 34 TÍTULOS Y 363 LEYES.
Se dedica al derecho penal y procesal penal, es decir, a los delitos y al procedimiento penal (de carácter inquisitivo). Admite el tormento.
Distingue el hecho cometido por un inimputable (entre otros, el loco y el menor de diez años)Contempla siete especies de penas pena de muerte o pérdida de un miembro; trabajo perpetuo; destierro perpetuo con confiscación de bienes; prisión perpetua, destierro perpetuo sin confiscación de bienes; infamia o pérdida de algún oficio; y azotes o heridas públicas, o exposición desnudo y untado en miel para sufrir las molestias de las moscas.
MESOGRAFIABIBLIOGRAFIA
http://ficus.pntic.mec.es/jals0026/documentos/textos/7partidas.pdfficus.pntic.mec.es CONSULTADO 16/01/2015
http://www.derecho.unam.mx/investigacion/publicaciones/revista-cultura/pdf/CJ3_Art_11.pdf CONSULTADO 16/01/2015
http://derecho.laguia2000.com/derecho-romano/constituciones-imperiales CONSULTADO 8/01/2015 CONSULTADO EL 15/01/2015
DE CHURRUCA JUAN, et al. INTRODUCCION HISTORICA AL DERECHO ROMANO, 9° ED, UNIVERSIDAD DE DEUSTO,1985, PAG.222
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