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DIAGNOSTICO DEL PERSONAL Y ORGANIZACIÓN
Diagnóstico del personal y la organización se conoce a través de:
4.-
IDENTIFICACIÓN DE LOS INTEGRANTES
DE LA COMUNIDAD ESCOLAR.
1.- PERSONAL DIRECTIVO:
Directora (E): Profa. Yaneyda Urdaneta de Cova.
2.- CARACTERIZACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE.
SUB-SISTEMA EDUCACIÓN INICIAL
APELLIDOS Y NOMBRE
GRADO QUE ATIENDE
CONDICIÓN
TITULAR/INTERINO/SUPLENTE
Magaly Etayo
Preescolar
Titular
Yomaira Acevedo
Preescolar
Suplente
SUB-SISTEMA EDUCACIÓN PRIMARIA
DOCENTES DE AULA:
APELLIDOS Y NOMBRE GRADO QUE
ATIENDE
CONDICIÓN
TITULAR/INTERINO/SUPLENTE
Celis Vanesa Pacheco 1º GRADO “A” Titular
Yakelin Laya 1º GRADO”B” Suplente
María Lourdes Hernández 2º GRADO “A” Titular
Virginia González 2º GRADO “B” Titular
Denisa Quintana 3º GRADO “A” Suplente
Dayloris Arroyo 3º GRADO “B” Suplente
Deisy Baldini 4° GRADO A Titular
María Oropeza 4º GRADO “B” Suplente
María Romero 5º GRADO “A” Titular
Keila Salgado 5º GRADO “B” Suplente
Ligia Bello 6º GRADO”A” Titular
Elizabeth Romero 6º GRADO “B” Suplente
DOCENTES ESPECIALISTAS:
Apellidos y Nombres
Función que cumple Condición
Titular/Interino/Suplente
José Luis Rolando
Educación Física Titular
David de Freitas
Educación Física Titular
Sonia Herrera
Evaluación Titular
Norma Carvajal
Coord. Pedagógico
(Pilas )
Titular
Marisela Hernández
Difusora Cultural Titular
Migdalia Paredes
Psicopedagoga
Titular
COMITÉ DE SUSTANCIACIÒN:
Docente José Luis Rolando
Docente Ángel Hernández
Docente Sonia Herrera
3.- PERSONAL ADMINISTRATIVO Y OBRERO
APELLIDOS Y NOMBRE FUNCIÓN QUE ATIENDE CONDICIÓN:
TITULAR/CONTRATADO
Jazmín Tabares SECRETARIA Titular
PERSONAL OBRERO:ç
APELLIDOS Y NOMBRE FUNCIÓN QUE ATIENDE CONDICIÓN:
TITULAR/INTERINO
América Álvarez Bedel Titular
ZunildaLacruz Bedel Titular
Nora Gutiérrez Bedel Titular
Rosa de Ruiz Portera Titular
Felipa Hurtado Bedel Titular
Elizabeth Quero Bedel Titular
Irma Galviz Portero Titular
ACTA DEL CONSEJO EDUCATIVO –RESOLUCION 058
AÑO ESCOLAR 2015-2016
COLECTIVO DE COORDINACION COMUNITARIA UNIDAD DE
CONTRALORIA SOCIAL
NOMBRE MIEMBROS DE LA
COMUNIDAD
COORDINACION
YANEYDA URDANETA DE COVA
DIRECTORA
FINANZAS
AURA SOLORZANO
REPRESENTANTE Y
VOLUNTARIOS
CONTRALORIA ESCOLAR
SOCIAL
ORLEMIR BELLO
REPRESENTANTE Y
VOLUNTARIOS
ACADEMICO
MARIA GONZALEZ
REPRESENTANTE Y
VOLUNTARIOS
CULTURA Y DEPORTE
YEREMY RODRIGUEZ
REPRESENTANTE Y
VOLUNTARIOS
PADRES Y REPRESENTANTES
LUIS COLMENARES
REPRESENTANTE Y
VOLUNTARIOS
INFRAESTRUCTURA
ANA MENDOZA
REPRESENTANTE Y
VOLUNTARIOS
ESTUDIANTIL
WENDY PEREZ
REPRESENTANTE Y
VOLUNTARIOS
AMBIENTE-SALUD Y
ALIMENTACION
4.- Actualización Docente
PERSONAL DOCENTE
N°
%
Doctorado 1 5
Magister 3 15
Especialistas 4 20
Licenciado/Profesor 14 60
No graduado 0 0
Total 22 100
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA GOBERNACION DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA DIRECCION GENERAL DE EDUCACION U.E. E. SIMON BOLIVAR MUNICIPIO CARRIZAL
MANUAL DE CONVIVENCIAAÑO ESCOLAR 2014-2015
INDICE
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
TITULO 1
paginas
- Disposiciones Fundamentales………………………………………………………………
1
- Disposiciones Generales, Domicilio, Naturaleza, estructura, objetivos y
Finalidades del Centro Educativo .Capítulo
I……………………………………………………………….. 4,5
- Postulados de la U.E.E Simón Bolívar…………………………………………………….
6,7
- el interés superior del niño, niña y el adolescente y la publicación e información de este acuerdo de convivencia……………………………………………………………………… 7,8
TÍTULO II - la organización del plantel, capítulo I gobierno del plantel, organización y
funciones del personal……………………………………………………………………………………… 9,10
- Sección primera, la Dirección…………………………………………………………… 10,11
- Sección segunda, Coordinación de Evaluación………………………………………. 11,12
- Sección tercera, entrenadores de Educación física………………………………….. 12,13
- Sección cuarta; personal docente…………………………………………………… 14,15,16
- Sección quinta personal administrativo…………………………………………….. 17,18
- Sección sexta personal obrero………………………………………………………. 18,19
- Sección séptima; de la presentación personal
TÍTULO III - Los Derechos, garantías, deberes, responsabilidades de los alumnos, alumnas,
los padres, las madres, representantes. ……………………………………………………. 20,21
- Los Alumnos, las alumnas. Capítulo I, sección primera…………………………… 22,,23,24
- Sección segunda; los Padres, las madres, representantes…………………......... 26,27
TITULO IV
- La Organización Estudiantil…………………………………………………………………
28
TÍTULO V - Los Acuerdos de Convivencia. Capítulo I. Inscripción de los alumnos, las
alumnas…. 28 - Los acuerdos de convivencia Capitulo II…………………………………………………
29,30 - Disciplina de los alumnos, las alumnas. Capítulo III……………………
31,32,33,34,35,36
TÍTULO VI - Los Consejos y Asambleas. Capítulo I……………………………………………………… 37 - Consejo Técnico Docentes…………………………………………………………… 37, 38,39 - Las Asambleas de padres y representantes………………………………………… 39,40 TITULO VII - Disposiciones Finales…………………………………………………………………….
40,41 - Revisión……………………………………………………………………………………..
41,42
- Anexo oficio de entrega en el Consejo de Derechos del Niño, Niña, Adolescente…..
- Anexo Oficio de entrega en el Distrito escolar Nº 01 ………………………………….. 1y2
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA GOBERNACION DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA DIRECCION GENERAL DE EDUCACION U.E. E. SIMON BOLIVAR MUNICIPIO CARRIZAL
Ciudadano(a): Coordinación del Municipio Carrizal Presente.- Reciba un cordial saludo a todos(as) los(as) profesionales y
trabajadores(as) e esta institución.
Esta comunicación tiene como finalidad de consignar ante su
despacho, los Acuerdos de Convivencia” recientemente aprobados por
nuestra Unidad Educativa, por miembros del Consejo educativo, pro el
consejo consultivo de docente, representación estudiantil, personal
directivo, docente, estudiantes del plantel, personal administrativo y
personal obrero.
Hemos procedido como debe ser, de acuerdo con la Ley Orgánica de
Educación aprobada recientemente, la Ley Orgánica para la protección del
niño, niña y adolescente, y con las normativas internas que una institución
educativa integral. (Todo el día), debe tener.
Agradecemos cualquier tipo de sugerencia que usted nos pueda
brindar, con la finalidad de mejorar las mismas. Sin más a que hacer
referencia
Atentamente
Yaneyda Urdaneta
Directora
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA GOBERNACION DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
DIRECCION GENERAL DE EDUCACION U.E. E. SIMON BOLIVAR
MUNICIPIO CARRIZAL
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
AÑO ESCOLAR 2014-2015
TITULO I
Disposiciones Fundamentales
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
DOMICILIO, DENOMINACION, NATURALEZA, ESTRUCTURA, OBJETIVOS Y
FINALIDADES DEL CENTRO EDUCATIVO
Artículo.- 1: El presente documento constituye los Acuerdos de Convivencia
Escolar que regirán el funcionamiento de la Unidad Educativa Estadal Simón
Bolívar, institución fundada en Abril del año de mil novecientos sesenta y cuatro,
con domicilio en la vía a San Diego Primer Plan, municipio Carrizal del Estado
Bolivariano de Miranda. Dependiente de la Gobernación del Estado Bolivariano de
Miranda. El número del registro de información fiscal ante el Ministerio de Hacienda
es RIF: J- 30617495-8.
Articulo 2.- Los Acuerdos de Convivencia Escolar tienen por objeto contribuir a las
organización y funcionamiento de la U.E.E .Simón Bolívar, y establecer las reglas de
convivencia para todas las personas quien integran este centro educativo, con la
finalidad de garantizar a todos los alumnos y alumnas, una educación integral , que
contribuya a su formación como ciudadanos y ciudadanas consciente de sus
derechos y deberes, libres, críticos, responsables, justos, con pertenecía social,
creativo, innovadores. Y con una educación pluricultural, multiétnica, intercultural,
en una sociedad democrática y globalizada.
Artículo 3.- La U.E.E. Simón Bolívar está destinado a la formación integral de los
niños, niñas y adolescente, considerando los principios éticos y morales;
capacitándolos para integrarse y desempeñar el papel que les corresponde vivir en
una sociedad democrática, dinámica y cambiante.
Artículo 4.- En la institución se atiende los niveles de Educación Inicial y Primaria
(1º a 6º grado), mediante la ejecución del Diseño Curricular previsto en la normativa
legal del sector educativo.
Artículo 5.- El nivel de Educación Inicial en la Unidad Educativa Estadal Simón
Bolívar comprende la atención pedagógica integral de los niños y niñas de 5 años
atendiendo sus intereses y potencialidades mediante el desarrollo de las áreas
cognoscitivo, físico, psicomotor, socioemocional y del lenguaje.
Articulo 6.- El nivel de Educación Primaria que comprende seis años y conduce a la
obtención del certificado de educación primaria. Se facilitará la formación integral
del educando mediante la aplicación de los Proyectos Aprendizajes de aulas que
faciliten el desarrollo de sus capacidades (cognitivas, intelectuales, motrices y
afectivas). Y destrezas, que conlleven a la consecución de casa nivel y de cada área
académica, a fin de favorecer la participación activa, solidaria y conscientemente en
los procesos transformación social consustanciados con los valores de identidad
nacional y regional.
Artículo 7.- La unidad Educativa Estadal Simón Bolívar, se regirá por las
disposiciones de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley
Orgánica de Educación, la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y
Adolescentes. Y por las demás disposiciones que dicte la Dirección General de
Educación de la Gobernación del Estado Bolivariano de Miranda.
Articulo 8.- La filosofía de la Unidad educativa estadal Simón Bolívar es formar un
ciudadano o una ciudadana con responsabilidad, comunitario, comunicativo,
organizativo, participativo, solidario y democrático, bajo el perfil de un modelo
educativo sustentado en valores, deporte y programas (PILAS, PAM, ERE,
ANIMATE, entre otras), con la finalidad de proveer las herramientas que permitan el
desarrollo pleno de sus potencialidades.
Artículo 9.- La Unidad Educativa Estadal Simón Bolívar es una institución
destinada a desarrollo una acción de educación integral, destacando la
correspondencia e interdependencia de los niveles de inicial y primaria .donde los
aprendizajes constituyen experiencias significativas vinculados a la realidad,
facilitando transparencia de los conocimiento habilidades y destrezas a situaciones
de la vida cotidiana. Atendiendo y respetando de manera democrática las
competencias del estado docente.
CAPITULO II
POSTULADOS BASICOS DE LA U.E.E. “SIMÓN BOLÍVAR”
Artículo 10.- La Unidad Educativa Estadal Simón Bolívar fundamenta su labor
educativa en los siguientes postulados:
a) Educa para la libertad, que es un derecho natural, además de una garantía
constitucional en el artículo dos consagrado en los Principios Fundamentales
de nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Esta
educación exige la posibilidad de expresar las potencialidades del propio ser,
respeto a las diferencias de los demás, esfuerzo por liberarse de los
condicionamientos sociales, culturales psicológicos y morales que encadenan
el propio desarrollo.
b) Educa para la justicia, sensibilizando a la comunidad de la escuela ante las
desigualdades sociales que ocurren en nuestro entorno social.
c) Educa para la creatividad, permitiendo espacios para que cada uno aporte su
respuesta original y personal.
d) Educa en la confianza en sí mismo, para que cada persona pueda expresarse
con autenticidad en la solución de los problemas cotidianos.
e) Educa para la comunidad, ayudando a superar el egoísmo en la entrega
generosa a la comunidad. Por eso, valoramos el compañerismo, el buen espíritu,
la confianza, el servicio, la fraternidad, la sinceridad y todas las cualidades que
promuevan la sociabilidad y convivencia.
f) Educa para el compromiso, busca crear ámbito para el ejercicio de la donación,
la entrega y el servicio desinteresado. Sobre todo, invita a comenzar a servir a
los(as) compañeras y compañeros de clase y considerarlo (as) verdaderos
hermanos y hermanas.
g) Educa para el dialogo, desde la práctica del respeto a la persona. El dialogo se
convierte en un factor decisivo que supone una constante comunicación, el
ejercicio de la conciencia crítica, la participación en la organización y la vida de
la comunidad escolar, intercambio y el aporte de los padres y representantes,
educadores, personal administrativo, obrero, alumnos y alumnas.
h) Promover los valores de identidad nacional y regional a fin de facilitar en los
alumnos y las alumnas, los principios de la sociedad democrática autentica,
representativa y participativa.
i) Proyectar la acción educativa de la institución hacia la comunidad, a través del
Proyecto Pedagógico Integral Comunitario del Plantel, más las diferentes
actividades: culturales, educativas y deportivas.
Artículo 11.- Todas las personas son iguales. En consecuencia, en el ámbito del
centro educativo y especialmente, al aplicar estos acuerdos de convivencia, se
prohíbe cualquier discriminación fundada en motivos de raza, color, género, edad,
idioma, pensamiento, conciencia, religión, creencias, cultura, opinión política o de
otra índole, posición económica, origen social, étnico o nacional, condición de
salud, necesidades especiales, nacimiento o cualquier otra condición del niño, niña
o el adolescente, de su padre, madre, representantes o responsables, o de sus
familiares.
CAPITULO III
EL INTERES SUPERIOR DEL NIÑO, NIÑA Y EL ADOLESCENTE Y LA
PUBLILCACION E INFORMACION DE ESTE ACUERDO DE CONVIVENCIA.
Artículo 12.- El interés superior del niño, niña y el adolescente es un principio de
interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico y de estos acuerdos de
convivencia, el cual es de obligatorio cumplimiento en la forma de todas las
decisiones concernientes a los niños, niñas y los(as) adolescentes. Este principio
está dirigido a asegurar el desarrollo integral de los mismos, así como el disfrute
pleno y efectivo de su derecho y garantías.
PARRAFO UNICO: para determinar el interés superior del niño, niña y el
adolescente en una situación concreta se apreciará:
a) La opinión de los niños, niñas y los (as) adolescentes
b) La necesidad de equilibrio entre los derechos de los niños, niñas y los (as)
adolescentes y sus deberes.
c) La necesidad de equilibrio entre las exigencias del bien común y los derechos y
garantías del niño, niña y los (as) adolescentes.
d) La necesidad de equilibrio entre los derechos de los demás personas y los
derechos y garantías del niño, niña y los (as) adolescentes.
e) La condición especifica de los niños, niñas y los (as) adolescentes como
personas en desarrollo.
Artículo 13.- Todos los niños, las niñas y los(as) adolescentes son sujetos plenos
de derecho; en consecuencia, son titulares de todos los derechos, garantías,
deberes y responsabilidades consagradas a favor de las personas en el
ordenamiento jurídico, especialmente aquellos reconocidos en la convención sobre
los derechos del niño y en la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y los
(as) Adolescentes (LOPNNA).
Artículo 14.- Se les reconoce a todos los niños, niñas y adolescentes el ejercicio
personal de sus derechos y garantías, de manera progresiva y conforme a su
capacidad evolutiva. De la misma forma, se les exigirá el cumplimiento de sus
responsabilidades y deberes. Los padres, madres, representantes o responsables
tienen el deber y el derecho de orientarlos y orientarlas en el ejercicio progresivo de
sus derechos y garantías, así como en el cumplimiento de sus deberes, de forma
que contribuya a sui desarrollo integral y a su incorporación a la ciudadanía activa.
Las personas que integran el centro educativo colaboraran y cooperaran con sus
padres, madres, representantes y responsables en el ejercicio de este deber-
derecho.
Artículo 15.- El derecho humano a la participación es un principio fundamental del
ideario y la identidad de la Unidad Educativa Estadal Simón Bolívar, que caracteriza
toda la acción pedagógica, organización y funcionamiento de este centro educativo.
Artículo 16.- Para que este Acuerdo de Convivencia logre sus objetivos, es
necesario que sean publicadas y conocidas por todas las personas que integran el
centro educativo. En consecuencia se deberán tomar todas las medidas apropiadas
para garantizar que los alumnos, alumnas, los padres, las madres, representantes y
responsables, personal obrero, administrativo, docente y directivo las conozcan y
tengan acceso a ellas. Dentro de estas medidas están:
a) Disponer de una copia de estos acuerdos de convivencia para uso, consulta y
fotocopia para el público en la Dirección del plantel.
b) Entregar una copia de estos acuerdos de convivencia a los padres, madres,
representantes o responsables al momento de la inscripción de los alumnos y
las alumnas.
c) Entregar una copia de estos acuerdos de convivencia a cada docente, personal
administrativo y obrero.
d) Entregar una copia de estos acuerdos de convivencia a las organizaciones de
alumnos y alumnas que lo soliciten.
e) Promover espacios de difusión sobre el contenido de estos acuerdos de
Convivencia dirigidas a todas las personas que integran el centro educativo,
tales como: reuniones, encuentros, talleres o asambleas.
TITULO II
LA ORGANIZACIÓN DEL PLANTEL
CAPITULO I
GOBIERNO DEL PLANTEL, ORGANIZACIÓN DEL PERSONAL Y SU FUNCIONES.
Artículo 17.- El Director o la Directora son la primera autoridad del plantel y el
supervisor nato del mismo. Le corresponde cumplir y hacer cumplir el
ordenamiento jurídico aplicable en el sector educación, impartir las directrices y
orientaciones pedagógicas administrativas y disciplinarias dictadas por la
Dirección General de Educación y Ministerio del Poder Popular para la Educación,
así como representar al plantel en todos los acto públicos y privados.
Artículo 18.- El Director del plantel debe asegurar el desarrollo integral de los niños,
las niñas y adolescentes, así como el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y
garantías, prevaleciendo siempre el interés superior de los niños, las niñas y
adolescente.
Artículo 19.- Todo el personal docente de la Unidad Educativa Estadal Simón
Bolívar, será evaluado con el objeto de lograr su excelencia en el proceso
enseñanza y aprendizaje. La evaluación será realizada por el personal coordinador
a través de visitas programadas de acompañamiento y de supervisión, quienes
mantendrán informado(a) a director del plantel sobre los resultados de las mismas.
Artículo 20.- El personal Directivo y docente, deberá cumplir con la Ley Orgánica de
Educación y su Reglamento, así como también, con las directrices emanadas por la
Dirección General de Educación, Distrito escolar Nº 01.
Artículo 21.- El personal de la Unidad Educativa Estadal Simón Bolívar, está
estructurado de la siguiente manera:
Personal Directivo
1 Directora 1 Coordinadora evaluación 1 coordinadora Pedagógica Personal Administrativo. 1 secretaria Personal especialistas: 1 Psicopedagoga 2 profesores Educación física Personal Docente: 2 docentes de Preescolar 14 docentes de aula Primaria (1º a 6º grado) Personal Obrero: 2 porteras 5 aseadoras Personal MIPAE 2 madres voluntarias (Educa, Inicial) 4 madres procesadoras de alimentos.
SECCION PRIMERA
LA DIRECCION
Artículo 22.- La Dirección es el Órgano del Centro educativo ejercida por el Director
o Directora, quien es la primera autoridad y supervisor nato del mismo. El director o
directora velará porque las autoridades de la institución estén orientadas a
lograrlos objetivos del ideario de estos Acuerdos de Convivencia.
Artículo 23.- Funciones y Atribuciones.
Son funciones y atribuciones de la Dirección:
Conocer y cumplir el contenido de la Constitución, Leyes, Reglamentos,
Resoluciones y demás disposiciones emanadas de las autoridades competente
que rigen el sector educativo.
Observar una conducta ajustadas a las leyes, a la moral y a las buenas
costumbres.
Velar por el cumplimiento del horario y demás funciones del personal del
plantel.
Responder por la organización del archivo del plantel.
Enviar al tercer día de cada mes la estadística mensual y la relación de
asistencia del personal.
Consignar oportunamente los recaudos solicitados por las autoridades
educativas.
Realizar entrevistas frecuentes con los docentes, aseadores y administrativo
para coordinar, orientar o asesorar el desarrollo de las actividades.
Conocer, presidir el Consejo de docentes una vez al mes, previa elaboración de
la agenda de trabajo.
Mantener en funcionamiento las organizaciones, comité y comisiones previas en
la normativa legal y la estructura interna del plantel.
Firmar la correspondencia oficial y demás documentos propios de la institución.
Coordinar el trabajo y funcionamiento general del plantel.
Cumplir y hacer cumplir el calendario escolar.
Representar el plantel en los actos de carácter público demás actividades
programadas fuera del local escolar.
Conceder permiso al personal del establecimiento hasta tres (03) días previa
solicitud escrita del interesado y por causa penamente justificada e informar
inmediatamente a la Dirección General de educación con sus respectivos
soportes.
establecer y fomentar las relaciones entre la escuela, la familia y la comunidad,
con el objeto de establecer una efectiva cooperación.
Avisar con anticipación a los padres y representantes de los alumnos cuando
estos deban concurrir a actos públicos o actividades fuera del plantel y obtener
su autorización por escrito.
Velar por la conservación de la planta física y del mobiliario escolar.
Velar por el estricto cumplimiento de los derechos y deberes del personal de la
institución.
Conceder permiso al personal del plantel hasta por tres (3) días, por causas
plenamente justificada.
Tramitar las solicitudes de licencia por más de tres (3) días, que por su
intermedio formulen los funcionarios del plantel y designar los suplentes
respectivos.
Comunicar a los padres y representantes y responsables de las sanciones
impuestas a los alumnos y las alumnas dentro de los tres (03)días siguientes a
la imposición de la sanción y hacerles saber los efectos que ésta acarrea.
SECCION SEGUNDA
Coordinación de evaluación
Articulo 24.- Tiene como finalidad hacer cumplir las normativas legales vigentes
establecidas en la Ley Orgánica de Educación Artículos 44,45,46,47,48,49, su
Reglamento, Resoluciones, regulaciones complementarias sobre el proceso de
evaluación en los Niveles de Educación Inicial, Educación Primaria y circulares
referidas a evaluación, así como velar por el desarrollo de los planes y programas
de estudios y su correcta aplicación, asistiendo y orientando a los y las docentes
en el mejoramiento e los métodos, técnicas y procedimientos de enseñanza y uso
de materiales didácticos y mejoramiento profesional.
Artículo 25.- Son atribuciones de la Coordinación de evaluación:
Planificar actividades y procedimientos de evaluación en atención a la normativa
legal vigente.
Planificar proyectos de recuperación y refuerzo del aprendizaje.
Planificar las actividades de evaluación de la institución.
Organizar el calendario de entrega de recaudos de evaluación.
Organizar el establecimiento de criterios e instrumentos de evaluación
ajustados a las características de los planes de estudio.
Proporcionar el material necesario para la elaboración de los diferentes tipos,
formas y estrategias de evaluación.
Participar en la elaboración de los planes de supervisión de clase.
Participar en los Consejos Docentes.
Participar en Talleres de actualización.
Participar las acciones de refuerzo y recuperación de alumnos y las alumnas.
Participar y analizar los resultados obtenidos en el rendimiento escolar y
diagnosticar los mismos.
Orientar a los docentes sobre la aplicación de métodos, técnicos y
procedimientos de evaluación.
Informar al personal Directivo sobre los resultados de evaluaciones.
Vigilar la aplicación y cumplimiento de los procedimientos de evaluación.
Controlar la elaboración y entrega de los respectivos planes de evaluación.
Supervisar el proceso de evaluación diagnostica, formativa entre otros.
Elaboración de certificaciones de los egresados de sexto grado.
SECCION TERCERA
Entrenador de Educación Física.
Artículo 26.- La Educación Física es un área destinada fundamentalmente a
satisfacer las necesidades de apoyo en la política educativa del plantel, a los fines
de las Docencia, al Deporte y la Recreación. Para ello deberá desarrollar planes de
trabajo que incluyan estrategias pedagógicas que contribuyan a fortalecer el
desarrollo integral del alumno, alumna en el aspecto físico y social.
Artículo 27.- el Departamento de Educación Física tiene como objetivo, facilitar y
planificar actividades deportivas, recreativas orientadas hacia la participación
activa de todos los alumnos y las alumnas del plantel, tanto interna como externa, a
través de actividades deportivas y participación en torneos, con la previa
aprobación de la Dirección del plantel.
Articulo 28.- El (la) Docente de Educación Física tendrá participación en la toma de
decisiones que se relacione directa o indirectamente con todas aquellas actividades
inherentes al área.
Son funciones inherentes de los (as) Docentes de Educación Física:
Asistir diaria y puntualmente al plantel y llegar por lo menos 10 minutos antes
de iniciarse las actividades de cada turno.
Firmar el libro de registro de asistencia y puntualidad del personal docente,
asentando en él la hora exacta de llegada.
Promover intercambios entre los docentes, a fin de analizar y contrastar
experiencias en cuanto a la práctica pedagógica.
Entregar puntualmente los recaudos que le asignen.
No abandonar su sitio de trabajo en horas de labor.
Colaborar con la disciplina general del plantel y en especial responder por la de
los alumnos y alumnas del nivel, grado que estén atendiendo.
Ser responsables por la conservación de los implementos y útiles de trabajo,
entre otros, asignados al departamento.
Participar en las comisiones de trabajo a las cuales sean asignados(as) por la
Dirección de plantel, Consejos de Docentes.
Solicitar pro escrito y con la debida anticipación, ante la Dirección, las licencias
o permisos y acompañar la solicitud con el soporte medico que la justifique
avalado por el IPASME o S.S.O.
No ausentarse de la institución sin antes habérsele concedido la licencia
correspondiente, el cual consta de la firma de aprobación por parte del directivo,
Mantener comunicación directa con la Dirección del plantel bajo un clima de
cordialidad y respeto.
Brindar la oportunidad para que cada alumno y alumna manifieste sus intereses
y haga uso del potencial creativo.
Velar por el cumplimiento del los acuerdos y normas relacionados con los
alumnos y las alumnas tomados en Consejo Docente.
Participar activamente en las actividades que se planifiquen en el plantel.
Informar oportunamente sobre aspectos relevantes de la conducta de los
alumnos y alumnas: aprendizaje y motivación de las actividades que patrocine
el Departamento, Salud e higiene entre otros.
Acatar los acuerdos de los Consejos Docentes.
SECCIÓN CUARTA Personal Docente
Articulo 29.-: Derechos y Garantías.
El personal docente está integrado por funcionarios de Preescolar y Primaria al
respecto, se reconoce a todas las personas que integran el personal docente de la
Unidad Educativa Estadal Simón Bolívar los derechos y garantías que se enuncian
a continuación:
Los (as) docentes adscritos(as) a la institución gozaran de todos los beneficios
contemplados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la
Ley Orgánica de Educación y su reglamento, el Reglamento del ejercicio de la
Profesión Docente, la Ley Orgánica del trabajo, la Ley de Carrera Administrativa
y todos aquellos derechos dirigidos al Gremio Docente pro los Organismo
competentes.
Derecho al debido proceso y a la defensa, especialmente en todo el
procedimiento de carácter sancionatorio.
Participar activamente en la organización y funcionamiento de la Sociedad de
Padres y representantes, actividades de conservación y oras actividades que se
establezcan en el plantel.
Los demás derechos y garantías reconocidos en el reglamento del Ejercicio de
la Profesión Docente, de este Acuerdo de Convivencia.
Artículo 30.- Todas las personas que integran el personal docente de la institución
tienen la responsabilidad y los deberes que se establecen a continuación:
Asistir diaria y puntualmente al plantel y llegar por lo menos 10 minutos antes
de inicial las labores ordinarias de cada turno.
Firmar el libro de Registro de Asistencia y escribir la hora de llegada.
Asistir regular y puntualmente a todas las actividades docentes de institución
que le corresponden, salvo en los casos en que ellos sea imposible por
razones debidamente justificadas.
Cumplir cabal y oportunamente con todas las obligaciones laborales.
Respetar los derechos y garantías de las demás personas. Nunca deberá tratar a
otros en público o privado, de forma humillante, ofensiva o contraria a su
dignidad como persona humana.
Mantener con todos(as) los integrantes de la institución, relaciones personales
que se caractericen pro la honestidad, la solidaridad, la tolerancia, la
cooperación, y la amabilidad.
Respetar las normas de la moral y las buenas costumbres, empleando siempre
el lenguaje apropiado, al igual que abstenerse de fumar o ingerir bebidas
alcohólicas u otras substancias psicotrópicas.
Promover los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes,
especialmente de los alumnos, alumnas de la institución, así como exigirles el
cumplimiento de sus deberes y responsabilidades. Denunciar ante las
autoridades competentes de Protección del niño, Niña y Adolescente, las
violaciones o amenazas de los derechos y garantías de los niños, niñas y
adolescentes que tengan conocimiento a través de sus labores docentes.
Atender oportunamente con respeto, cordialidad y equidad a los alumnos y las
alumnas de la institución, así como a sus padres, madres, representantes y/o
responsables, cuando acudan ante ellos para tratar asuntos que les conciernen,
durante los horarios establecidos para tal efecto.
Brindar asesoría integral a los padres, madres, representantes y(o responsables
sobre sus relaciones personales con los niños, las niñas y adolescentes bajo su
patria potestad, representación o responsabilidad, que sean alumnos, alumnas
de la institución.
Impartir conforme a la Ley Orgánica de Educación, Reglamentos, Resoluciones
y demás normativas legales la enseñanza de las asignaturas y/o áreas, estudio
conforme al contenido de su Proyecto de Aprendizaje y del Proyecto educativo
Integral Comunitario.
Evaluar diariamente el trabajo de sus alumnos, alumnas.
Registrar en el libro respectivo la asistencia diaria de los alumnos y las alumnas,
y determinar la causa de la inasistencia.
No abandonar el aula o los sitios de trabajo en horas de labor.
Colaborar con la disciplina general del Plantel y en especial responder por la de
los alumnos y las alumnas de sus niveles, grados y años.
Ser responsables pro la conservación del mobiliario, útiles de trabajo, entre
otros asignados a su aula.
Ser el último en salir del aula, verificar que la misma quede totalmente ordenada
y aseada.
Planificar el trabajo escolar de acuerdo a las pautas establecidas por la
dirección del plantel y mantener los recaudos en el aula.
Elaborar, recabar y enviar a la Dirección los recaudos administrativos
producidos durante el mes.
Atender a los alumnos, alumnas a la hora de llegada y de salida.
Controlar el aseo en las aulas, el mobiliario, la higiene personal de los alumnos,
alumnas y el cumplimiento del uniforme reglamentario.
Entrar y salir frente a la fila de sus alumnos y alumnas. No se debe enviar a los
alumnos y alumnas solos(as) a los baños.
Participar en las comisiones de trabajo a las cuales sea asignado por la
Dirección del Plantel, Consejos Docentes.
Cumplir con las guardias que se le asignen.
Lograr la correcta ambientación del aula.
Solicitar por escrito y pos lo menos con 3 días de anticipación, las licencias o
permiso y acompañar la solicitud con el soporte medico que la justifique.
No ausentarse del aula sin antes habérselo concedido la licencia
correspondiente (firma por parte del Directivo).
Organizar el trabajo escolar sin interrumpir su labor docentes, por ningún,
motivo se deben utilizar las horas docentes para trabajos personales.
Mantener comunicación directa con la Dirección del plantel bajo un clima de
cordialidad y respeto.
Brindar oportunidad para que cada alumno, alumna manifieste sus intereses y
haga uso de su potencial creativo.
Velar por el cumplimiento de los acuerdos relacionados con los alumnos y las
alumnas tomados en Consejo de Docentes.
Participar activamente en las actividades extraordinarias que se planifiquen en
el plantel.
Ilustrar a los alumnos y las alumnas sobre las normas disciplinarias del plantel,
a fin de orientar la conducta general de los estudiantes y las estudiantes.
Informar oportunamente a la Dirección del plantel sobre los aspectos relevantes
de la conducta de los alumnos y las alumnas tales como:
- Inasistencias
- Rendimiento
- Salud e Higiene
- Situaciones irregulares.
Citar y atender a los(as) representantes y dejar constancia escrita de los puntos
tratados, en el libro correspondiente.
Conocer y aplicar creativamente los programas regionales.
Promover y hacer uso de los recursos didácticos del plantel.
Solicitar asesoramiento pedagógico en las áreas que lo requiera.
Tener una presentación acorde a sus funciones y cargo que desempeñan.
Atender a los alumnos y alumnas en horas de recreo.
Comunicar al personal Directivo cualquier incidente ocurrido dentro y fuera del
plantel.
Asistir puntualmente a las reuniones generales, consejos docentes y otras a las
que sea convocado(a) por la Dirección del plantel.
SECCIÓN QUINTA
PERSONAL ADMINISTRATIVO
Artículo 31.- El personal de secretaria tendrá a su cargo todo lo relativo a la
redacción, tipeado y despacho de la correspondencia del plantel fuera y dentro del
mismo.
Artículo 32.- Son atribuciones del Personal Administrativo o de Secretaría, además
de las establecidas en la Normativa legal las siguientes:
Velar por el despacho oportuno del os recaudos administrativo del plantel.
Observar buena presentación y usar durante su trabajo el uniforme de la forma
acordada en el Consejo de Docentes.
Ser cortes y respetuoso(a) con los padres, representantes, visitantes y personal
en general de la institución.
Cuidar que las correspondencias emitidas por el plantel, además de su buena
presentación, no contengan errores ortográficos.
Estar pendiente que los libros y registros de asistencias, puntualidad y otros
aspectos del personal del plantel sean debidamente firmados por los mismos en
la casilla correspondiente.
Atender llamadas telefónicas y solicitudes de las personas que visiten a la
institución.
Cumplir con el horario del plantel y con el calendario de su trabajo conforme las
disposiciones legales.
Llevar correctamente los elementos de que consta el archivo del plantel.
Dar cuenta al Director(a) del plantel según sea el caso de la correspondencia
recibida.
Responder por la conservación, organización, mantenimiento y aseo de la
Dirección, así como de su mobiliario.
Colaborar con el personal directivo y docente en el mantenimiento del orden y
disciplina
Encargarse de la reproducción de material.
Participar en todas las actividades escolares en las cuales sea solicitado su
concurso.
Observar absoluta reserva sobre los asuntos del servicio y sobre los
pormenores de los cuales tengan conocimiento en las funciones de su cargo,
que pro discreción deben guardar.
Realizar oportunamente todas las labores inherentes a su cargo.
SECCION SEXTA PERSONAL OBRERO Y ADMINISTRATIVO
Artículo 33.- Se reconoce a todas las personas que integran el personal obrero y
administrativo del centro educativo los derechos y las garantías que se enuncian a
continuación:
a) Derecho a ser respetado por todas las personas que integran la institución.
Nunca deberá ser tratado o sancionado, en público o en privado de forma
humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona.
b) Derecho a disfrutar de un ambiente de trabajo que reúna las condiciones
mínimas necesarias para el desarrollo de sus labores.
c) Derecho al debido proceso y a la defensa, especialmente en todos los
procedimientos de carácter sancionatorio.
d) Derecho a ser atendidos oportunamente con respeto, cordialidad y equidad por
el personal docente y directivo, cuando acudan ante ellos para tratar asuntos
que le conciernen, durante los horarios establecidos a tal efecto.
e) Derecho a presentar o dirigir peticiones respetuosas al personal docente y
directivo, así como cualquier otro órgano de la institución o la Comunidad
educativa, sobre los asuntos que le conciernan y a obtener respuesta oportuna
a sus peticiones.
f) Derecho a opinar libremente sobre todos los asuntos de la vida del centro
educativo en que tengan interés.
g) Derecho a defender los derechos, garantías e intereses de niños, niñas y
adolescentes.
h) Derecho a participar libre, activa y plenamente en la vida del centro educativo.
i) Los demás derechos y garantías reconocidas en el ordenamiento jurídico, este
Acuerdo de Convivencia.
Artículo 34.- Todas las personas que integran el personal obrero y administrativo
tienen las responsabilidades y los deberes que se establecen a continuación:
a) Asistir diaria y puntualmente, y cumplir cabal y oportunamente con todas sus
actividades laborales.
b) Respetar los derechos y garantías de las demás personas.
c) Respetar todas las personas que integran la institución. Nunca deberá tratar a
otras personas, en público o privado, de forma humillante, ofensiva o contraria a
su dignidad como persona.
d) Mantener con todos los integrantes del plantel relaciones personales que se
caractericen por: la honestidad, la solidaridad, la tolerancia, la cooperación, y
la< amabilidad.
e) Respetar las normas de la moral y las buenas costumbres, siempre empleando
el lenguaje apropiad. Abstenerse de fumar o ingerir bebidas alcohólicas
sustancias estupefacientes.
f) Usar apropiadamente el local, mobiliario y cualquier otro material de la
institución, colaborar en la conservación, limpieza y mantenimiento, dentro de
los límites de sus responsabilidades, del local, mobiliario y cualquier material
del centro educativo. Conservar y mantener el material y equipo empleado para
realizar sus actividades laborales.
g) Ejercer y defender apropiadamente sus derechos y garantías.
h) Promover los derechos y garantías de los niños, niñas y adolescentes,
especialmente los alumnos, alumnas de esta institución.
i) Respetar y cumplir el ordenamiento jurídico, el presente acuerdo de convivencia
y los reglamentos, respetar, obedecer y cumplir las decisiones y ordenes que
dicten las autoridades de la institución siempre que las mismas no violen sus
derechos y garantías o contravengan el ordenamiento jurídico.
j) Mantener reserva estricta y no divulgar los contenidos e informaciones
contenidos en los documentos que manejen y/o a so cuales tengan acceso.
k) Las demás responsabilidades y deberes establecidos en el ordenamiento
jurídico, este Acuerdo de Convivencia.
Artículo 35.- El personal obrero cumplirá además con las siguientes obligaciones:
Cumplir con el horario de trabajo conforme a los establecido
Mantener el completo aseo y limpieza de todas las dependencias, tanto internas
como externas de la institución, así como el mobiliario y demás materiales
existentes.
Velar por el buen mantenimiento y conservación del material de trabajo del cual
es responsables.
Respetar y acatar las instrucciones de las autoridades del plantel.
Guardar el debido respeto al alumnado y demás miembros del personal que
labora en este instituto.
Ser cortes y respetuoso con los padres, representantes y visitantes.
Observar buena presentación personal y usar durante su trabajo el uniforme
adecuado a las actividades que debe cumplir.
Cumplir con las recomendaciones impartidas por el personal Directivo.
SECCIÓN SÉPTIMA
De la Presentación Personal Articulo 36.. El personal directivo, docente, administrativo y obreros debe presentar
al plantel correctamente vestido y aseado; acorde a la función que deben cumplir.
No se permite el uso de minifaldas, escotes pronunciados, prendas de vestir
transparentes o extravagantes.
El personal obrero debe utilizar el uniforme asignado por la Gobernación del Estado
Bolivariano de Miranda.
No está permitido a los docentes del sexo masculino el uso de zarcillos, piercing,
collares, tintes o pinchos en el cabello. El corte de cabello debe ser tradicional,
evitando aquellos extravagantes impuestos por la moda.
No está permitido el consumo de cigarrillos, derivados del tabaco o bebidas
alcohólicos.
CAPITULO VI Del Horario
Articulo 37. El personal directivo cumplirá horario alterno cuando se encuentre en
la institución; fuera del plantel el horario estará sujeto a la actividad donde
participe.
Articulo 38. El personal docente (aula, especialistas cumplirá horario de 25 horas
semanales distribuidos de 7:00am a 12:00m y de 1:00pm a 6:00pm según el turno.
Articulo 39-. El personal administrativo (secretaria) cumplirá horario de 7:00am a
12:30pm y de 12.30pm a 6:00pm según el turno asignado. Por necesidades del
plantel se podrá solicitar un cambio de turno o extender la jornada.
Articulo 40-. El personal obrero cumplirá el siguiente horario 6.30am a 12:00pm y de
12:00pm 6:00pm según el turno.
Articulo 41-. Se permitirá un margen de 10 minutos para la llegada del personal; a
partir de ese tiempo se considera retardos.
CAPITULO VII
ARTICULO 42.-. Las faltas cometidas por los miembros del personal directivo,
docente, administrativo y obrero así como las sanciones correspondientes a cada
caso está tipificadas en el ordenamiento jurídico y vigente, tales como Ley Orgánica
de Educación y su Reglamento, Ley de Carrera Administrativa y su Reglamento, Ley
Orgánica para la protección del Niño, Niña y Adolescentes, Reglamento del ejercicio
de la Profesión Docente. De acuerdo al caso serán aplicadas por el Director del
plantel u otras autoridades.
TITULO III
LOS DERECHOS Y GARANTIAS DEBERES, RESPONDABILIDADES DE LOS
ALUMNOS, ALUMNAS, LOS PADRES, LAS MADRES, REPRESENTANTES.
CAPITULO I
Los Alumnos y Las Alumnas Sección primera
Artículo 43.- Derechos y Garantías.
Se reconoce a todos(as) los alumnos, alumnas del centro educativo los derechos,
las garantías que se enuncian a continuación:
a) Derecho a recibir orientación y educción integral de la más alta calidad, así
como a utilizar para tal finalidad todos los servicios existentes en el centro
educativo.
b) Derecho a ser informado (a) y a participar libre, activa y plenamente en su propio
proceso educativo y en todos los ámbitos de la vida escolar, entre ellos, las
actividades educativas, recreacionales, deportivas, sociales y culturales.
c) Derecho a ser respetado por todas las personas que integran el centro
educativo, nunca deberá ser tratado(a) a sancionado(a), en público o privado, en
forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona.
d) Derecho a ser evaluado apropiadamente y a solicitar la reconsideración de la
actividades de evaluación, de conformidad con lo establecido en el
ordenamiento jurídico, este acuerdo de convivencia y, si fuere el caso, de los
Reglamentos.
e) Derecho a expresar libremente su opinión en todos los asuntos en que tenga
interés, a que sus opiniones sean tomadas en cuenta, en función de su
desarrollo. Este derecho se extiende a todos los ámbitos, entre ellos el familiar,
el escolar y el social.
f) Derecho a asociarse libremente con fines culturales, deportivos, recreativos,
religioso, políticos, económicos o de cualquier otra índole, siempre que sean de
carácter lícito.
g) Derecho a defender sus derechos por sí mismo.
h) Derecho a presentar o dirigir peticiones al personal obrero, administrativo,
docente y directivo, padres, madres, representantes y responsables, y cualquier
otro órgano del centro educativo, y a obtener respuesta oportuna a sus
peticiones.
i) Derecho a ser atendido(a) oportunamente pro las autoridades educativas
cuando ante ellos concurran para formular planteamientos o peticiones
relacionadas con sus derechos, garantías, deberes, responsabilidades e
intereses.
j) Derecho al debido proceso y a la defensa, especialmente en todos los
procedimientos de carácter sancionatorio.
k) Derecho a elegir y a ser elegidos(as) en las asociaciones de estudiantes, de
conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico, de este Acuerdo de
Convivencia.
l) Derecho a mantener su inscripción en el centro educativo, siempre que cumplan
con los requisitos y disposiciones previstas en el ordenamiento jurídico, (como
inscribirse en los días y echas asignadas).
m) Derecho a acceder y leer el contenido del so expedientes de los procedimientos
disciplinarios en los cuales tengan interés personal.
n) Derecho a que se presuma su inocencia hasta que se demuestre lo contrario,
esto es, a no ser sancionado (a) a menos que se conste plenamente que ha
incurrido en una falta.
o) Derecho a ser informado(a) sobre las razones y contenido ético. Sociales por los
cuales se ejerce en su caso concreto la autoridad disciplinaria.
p) Derecho a elegir y ser elegido(as) miembros de Sociedad Bolivariana, Patrulla
Escolar, Periódico Escolar, actividades culturales, deportivas, ambiental,
promotores de Paz y cualquier otro que se desee crear para lograr una mayor
participación y colaboración activa.
q) Los demás derechos y garantías reconocidos en el ordenamiento jurídico y en
este Acuerdo de Convivencia.
Artículo 44.- RESPONSABILIDADES Y DEBERES
Todos los alumnos y las alumnas de la institución tienen las responsabilidades y
los deberes que se establecen a continuación:
a) Dar estricto cumplimiento al horario establecido por la institución.se iniciaran
las actividades escolares:
HORARIO ESCOLAR-TURNO MAÑANA
HORA DE ENTRADA HORA DE SALIDA
Educación Inicial 8:00am 11:00am
Educación Primaria 7:00am 11:45am
HORARIO ESCOLAR-TURNO TARDE
HORA DE ENTRADA HORA DE SALIDA
Educación Inicial 2:00am 5:00am
Educación Primaria 1:00am 5:30 am
La hora de entrada se iniciará con la formación para entonar el Himno Nacional y el
Himno del Estado Bolivariano de Miranda, y si la ocasión lo amerita, realizar otros
actos cívicos de carácter Cívico Patriota. (LOPNA Art. 93). Los alumnos(as) tienen
la obligación de asistir a los Actos Cívico que organice la institución y los que
dispongan las autoridades competentes. En caso de llegar después de las 7:20am,.
No podrá interrumpir la actividad escolar iniciada.
b) Dedicarse al estudio de forma responsable, esforzándose para desarrollar todas
sus capacidades y cumplir con todos los deberes escolares, entre ellos las
evaluaciones, tareas, ejercicios y asignaciones.
c) No interrumpir, perturbar u obstaculizar injustificadamente el normal desarrollo
de las actividades escolares.
d) Asistir regular y puntualmente a todas las actividades escolares y del centro
educativo, con el material y los útiles necesarios para ellas, salvo en los casos
en que ello sea imposible por razones justificadas y debidamente comprobadas.
e) Permanecer en el centro educativo durante todo el horario de actividades
escolares, salvo en los casos en que esté permitido ausentarse con autorización
previa, escrita y por razones justificadas de sus: Padres, Madres,
Representantes o Responsables.
f) Usar el uniforme escolar establecido en el ordenamiento jurídico y este acuerdo
de convivencia, salvo en los caso que ello sea imposible por razones
justificadas y debidamente comprobadas. No se permite el uso de zarcillos a los
alumnos, ni tatuajes, piercings, y a las alumnas, peinados y tintes para el
cabello, ni maquillaje, pañoletas, entre otros.
g) Honrar a la patria y a sus símbolos.
h) Ejercer y defender apropiadamente sus derechos y garantías.
i) Respetar los derechos de las demás personas.
j) Respetar a todas las personas que integren el centro educativo. Nunca deberá
tratar a otras personas, en público o privado, en forma humillante, ofensiva o
contraria a su dignidad como persona.
k) Mantener con todos los (as) integrantes de la institución, relaciones personales
que se caractericen pro la honestidad, la solidaridad, la tolerancia, la
cooperación y la amabilidad.
l) Respetar las norma de la moral y las buenas costumbres, siempre empleando el
lenguaje apropiado. abstenerse de fumar o ingerir bebidas alcohólicas, así como
introducir al plantel objetos cortantes, punzo penetrante, armas blancas o de
fuego.
m) Usar apropiadamente el local, mobiliario y cualquier otro material de la
institución, así como su propio material y útiles escolares colaborar con la
conservación, limpieza y mantenimiento, dentro de los límites de sus
responsabilidades, del local, mobiliario y cualquier otro material e la escuela,
especialmente, de su aula de clases.
n) Respetar y cumplir el ordenamiento jurídico, este Acuerdo de Convivencia, los
Reglamento y. respetar, obedecer y cumplir las decisiones que dicten las
autoridades de la institución, siempre que las mismas no violen sus derechos y
garantías o contravengan el ordenamiento jurídico.
o) Las inasistencias a las actividades escolares durante una o más días, deberán
ser justificadas por escrito por uno de sus padres o representantes al
incorporarse de nuevo a clases el o la alumno(a). si la inasistencia ha sido
causada por enfermedad deberá consignarse ante la Dirección del Plantel la
constancia médica respectiva.
p) Queda terminante prohibido a los alumnos y alumnas traer al plantel, mono
patín, patinetas, celulares, discman, C.D, barajas, ningún tipo de balón, juegos y
otros aparatos que no sean requeridos para el desenvolvimiento de sus
actividades académicas. (el plantel no se hace responsables pro alperdida o
sustracción de objetos y prendas de valor).
q) Las demás responsabilidades y deberes establecidos en el ordenamiento
jurídico, de este Acuerdo de Convivencia.
SECCION SEGUNDA
LOS PADRES, MADRES, REPRESENTANTES Y RESPONSABLES
Articulo 45.- Se reconoce a todos los padres, madres, representantes o
responsables de los alumnos, las alumnas de la institución los derechos y las
garantías que se enuncian a continuación:
a) Derecho a ser respetado(a) por todas las personas que integran el centro
educativo. Nunca deberá ser tratado, en público o privado, de forma humillante,
ofensiva o contraria a su dignidad como persona.
b) Derecho a que los niños, las niñas y adolescentes bajo su patria potestad,
representación o responsabilidad que sean alumnos, alumnas pertenecientes a
la institución, reciban orientación y educación integral de laos más alta calidad
así como el derecho, a que ellos utilicen para tal finalidad todos los servicios
existentes en la misma.
c) Derecho a ser informado(a) y a participar libre, activa y plenamente en el
proceso educativo de los niños, niñas y adolescentes bajo su patria potestad,
representación o responsabilidad que sean alumnos, alumnas de la escuela. Así
como participar libre, activa y pelonamente en todos los ámbitos de la vida
escolar.
d) Derecho elegir y ser elegido miembro de los diferentes comités del Consejo
Escolar.
e) Derecho a ser consultado(a) por escrito y verbalmente, y a ejercer el voto directo
plenamente identificado, tanto para elegir y decidir sobre situaciones que solo
se relacionen con el mejor desarrollo escolar del plantel.
f) Derecho a tener voz y voto en la Asamblea de la Sociedad de Padres, madres y
representantes.
g) Derecho a defender los derechos, garantías e intereses de niños, niñas y
adolescentes.
h) Derecho a ejercer y colaborar en la defensa de los niños, niñas y adolescentes
bajo su potestad, representación o responsabilidad, especialmente en todos los
procedimientos de carácter sancionatorio.
i) Derecho a ser atendido oportunamente con respeto, cordialidad y equidad por el
personal obrero, administrativo, docentes y directivo, cuando acudan ante ellos
para tratar asunto que les conciernen, durante los horarios establecidos a tal
efecto.
j) Derecho a presentar o dirigir peticiones a los(as) docentes, personal directivo y
administrativo, sobre asuntos que le conciernen y a obtener respuesta oportuna
a sus peticiones.
k) Derecho a recibir asesoría integral sobre las relaciones personales con los
niños, niñas y adolescentes bajo su patria potestad.
l) Derecho a recibir de las autoridades correspondiente constancia escrita de
haber asistido al centro educativo.
Artículo 46.- Responsabilidades y Deberes.
Todos los padres, las madres, representantes y responsables de los alumnos y
las alumnas del centro educativo tienen las responsabilidades y los deberes que
se establecen a continuación:
a) Garantizar el derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes bajo su
patria potestad.
b) Inscribir oportunamente en el centro educativo a los niños, niñas y adolescentes
bajo su patria potestad, representación o responsabilidad en el tiempo
reglamentario que estipule la institución y este Acuerdo de Convivencia,
cumpliendo todos los requisitos necesarios para la misma. Al no inscribirse el
alumno o la alumna durante el mes de julio, la institución dará por entendido
que puede disponer del cupo.
c) Proveer a los niños, niñas y adolescente bajo su patria potestad, representación
o responsabilidad, en la medida de sus posibilidades y medios a su alcance, de
los materiales y útiles escolares necesarios para las actividades.
d) Participar activa y plenamente en el proceso educativo de los niños, niñas y los
adolescentes bajo su patria potestad, representación o responsabilidades; así
como en todos los ámbitos de la vida escolar, entre ellos las actividades
educativas, recreacionales, deportivas, sociales y culturales.
e) Atender con carácter obligatorio las citaciones y convocatorias que les realicen
los(as) docentes y el personal directivo.
f) Presentar los recaudos o documentos necesarios para el efectivo
desenvolvimiento del alumno y la alumna en el centro educativo que le fueren
solicitados por los (as) docentes, especialistas y personal directivo del plantel.
g) Velar para que los niños, niñas y adolescentes bajo su patria potestad,
representación o responsabilidad, asistan a las actividades escolares usando el
uniforme escolar establecido en el ordenamiento jurídico y este Acuerdo de
Convivencia, salvo en los casos en que ello sea imposible por razones
justificadas y debidamente comprobada.
h) Mantener con todos los (as) integrantes del centro educativo, relaciones
personales que se caractericen por la honestidad, la solidaridad, la tolerancia, la
cooperación y la amabilidad.
i) Ejercer y defender sus derechos y garantías.
j) Respetar los derechos y garantías de las demás personas.
k) Respetar a todas las personas que integran la institución educativa. nunca
deberá tratar a otras personas, en Publio o privado, de forma humillante,
ofensiva o contraria a su dignidad como persona.
l) Colaborar en todas las actividades que realice la escuela en beneficios de si
representado(a).
m) Se miembro Activo(a) de los Consejos Educativos. Así como asistir a las
reuniones de dicho consejos.
n) Estar atentos(a) a las tareas y otras actividades que le asignen a su
representado(a) y orientarlos (as) en las mismas.
o) Informar a los docentes o profesores directamente o por escrito, los motivos por
los cuales su representando(a) no puede asistir a clases en un momento
determinado.
p) Los Padres, las madres, representantes de los alumnos, las alumnas del centro
educativo serán responsables por loa daños y perjuicios ocasionados por su
representando(a) al so bienes, muebles o inmuebles del plantel.
q) Aceptar las sanciones que le sean aplicadas a sui representado(a) cuando éste
incurra en peleas, inmoralidades, indisciplinas, inasistencias o bajo rendimiento,
siempre y cuando no se violen sus derechos y garantías.
r) Revisar diariamente el cuaderno de enlace de su representando(a).
s) Recibir, revisar y devolver el informe de rendimiento escolar de sus
representados(as) debidamente firmado y en hoja. Es de obligatorio
cumplimiento retirar el informe y/o boleta de su representando(a) al final de ad
lapso. Ley Orgánica para la Protección del Niño, la Niña, y el adolescente,
Artículo cincuenta y cuatro.
t) Deberán respetar y hacer cumplir a sus representado(a) el horario de las
actividades escolares, así como, no podrán interrumpir el desarrollo de las
actividades escolares de su representado(a) y mucho, menos interrumpir las
actividades escolares de los(as) compañeros(as) de su representado(a).
u) El o la representante o responsable deberá asistir a la citación respectiva, la
misma deberá realizarse con cuarenta y ocho horas de anticipación.
v) Solicitar los planes de evaluación y conocer de todas las obligaciones escolares
de su representado o representada.
w) Plantear a los (as) docentes observaciones e intercambiar opiniones acerca de
la actuación de su representado(a).
x) Desempeñar eficazmente y con sujeción al oren jurídico respectivo, los cargos y
comisiones para las cuales fueren asignados(as) en los Consejos educativos.
y) Cumplir con el artículo 54 de la LOPNA.
z) Los padres, las madres, representantes que tengan quejas, reclamos o
planteamientos que formular deberán hacerlo de forma razonada ante las
autoridades del plantel, requerir las informaciones deseadas u obtener
respuestas a las mismas dentro del horario de atención al representante, los
cuales serán entregados durante los primeros quince días del inicio del año
escolar.
z1) respetar las normas de la moral y las buenas costumbres, siempre empleando el
lenguaje apropiado abstenerse de fumar e ingerir bebidas alcohólicas, sustancias
psicotrópicas.
z2) respetar el ordenamiento jurídico, de este Acuerdo de Convivencia , respetar,
obedecer y cumplir las decisiones y ordenes que dicten las autoridades del centro
educativo, siempre y cuando no violen sus derechos y garantías o contravengan el
ordenamiento jurídico.
z3) Los padres, las madres, representantes, para que su representado(a) pueda salir
antes de la hora de culminación de clases, deberán enviar un permiso escrito y
firmado a la dirección del plantel.
z4) Las demás responsabilidades y deberes establecidos en el ordenamiento
jurídico, este Acuerdo de Convivencia.
TITULO IV
LA ORGANIZACION ESTUDIANTIL
Articulo 47.- El centro de los(as) delegados estudiantiles, es la instancia que agrupa
a los alumnos, las alumnas del plantel, para promover las participación activa,
organizada y democrática, contribuyendo con el proceso de formación de la
personalidad de los
Alumnos, las alumnas, propiciando su desarrollo con responsabilidad crítica y
cultivando valores morales, éticos, culturales etc.
Artículo 48.- Para ejercer cargo de representación estudiantil requiere ser alumno,
alumna del plantel, mantener un rendimiento académico satisfactorio, no tener falta
grave, poseer una conducta acorde con este Acuerdo de Convivencia.
TITULO V
LOS ACUERDOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR
CAPITULO I
LA INSCRIPCIÓN DE LOS ALUMNOS, Y LAS ALUMNAS.
Artículo 49.- Todos los niños, las niñas y adolescentes, tienen el derecho a ser
inscritos(as) para recibir educación integral en la institución escolar, siempre que:
a) Cumplan con los requisitos y disposiciones previstas en el ordenamiento de
este Acuerdo de Convivencia.
b) Existan cupos en la matricula escolar.
c) Los alumnos y las alumnas del centro educativo tienen el derecho a mantener
su inscripción en el mismo, siempre que cumplan con los requisitos y
disposiciones prevista en el ordenamiento jurídico y este acuerdo de
convivencia.
Artículo 50.- Requisitos para la inscripción:
Los aspirantes a ser inscritos (as) en la institución educativa deben cumplir con los
requisitos que se indican a continuación:
Para poder realizar la inscripción en el plantel debe asistir el o la representante
legal del alumno(a) y deberán presentar la documentación completa exigida en los
requisitos para la inscripción en el plantel.
CAPITULO II
LOS ACUERDOS INTERNOS DE CONVIVENCIA
Articulo 51.- De las Normas generales de convivencia.
Todas las personas que integran la Unidad Educativa Estadal Simón Bolívar están
obligadas
a) Cumplir cabalmente con sus deberes y responsabilidades.
b) Ejercer apropiadamente sus derechos y garantías
c) Mantener relaciones personales que se caractericen por la honestidad, la
solidaridad, el respeto reciproco, la tolerancia, la cooperación y la amabilidad,
nunca tratar a otras personas, en público o privado, de forma humillante,
ofensiva o contraria a su dignidad como persona.
d) Respetar las normas de la moral y las buenas costumbres, siempre empleando
el lenguaje apropiado. Abstenerse de fumar o ingerir bebidas alcohólicas,
sustancias estupefacientes entre otros.
e) Usar apropiadamente el local, mobiliario y cualquier otro material del plantel.
f) Colaborar en la conservación, limpieza y mantenimiento, dentro del os limites de
sus responsabilidades, del local, mobiliario y cualquier otro material, muy
especialmente de su aula de clase.
g) Respetar y cumplir el ordenamiento jurídico, y los reglamentos especiales.
h) Abstenerse de traer al centro educativo impresos u otras formas de
comunicación que produzcan terror, inciten al odio, la agresividad, la
indisciplina, deformen el lenguaje, atenten contra los valores, la moral y las
buenas costumbres.
i) Abstenerse de entorpecer, dificultar o interferir injustificadamente el normal
desarrollo de las actividades escolares.
El personal directivo podrá establecer otras normas generales de convivencia que
considere necesarias, previa consulta de los (as) demás integrantes del centro
educativo. Los docentes podrán establecer normas generales de convivencias para
las aulas de clase, con la participación libre, responsable y activa de los alumnos,
alumnas.
Articulo 52.- De la asistencia de los alumnos y las alumnas.
La asistencia de los alumnos y las alumnas a clases es obligatoria. Se requerirá de
un porcentaje mínimo de asistencia para optar a la aprobación del grado, similar del
setenta y cinco por ciento (75%). Los (as) docentes llevaran un registro de la
asistencia de sus alumno(as) e informarán a la dirección del plantel los casos en
que exista inasistencias reiterada, a los fines de que se tomen las previsiones a que
hubiere lugar. Salvo los casos especiales los cuales serán considerados por la
dirección con evaluaciones extraordinarias.
Artículo 53.- Todas las personas que integren el personal directivo, docente,
administrativo y obrero de la institución, deben asistir diaria y puntualmente a sus
actividades laborales en el horario correspondiente.
El personal docente debe solicitar pro escrito a la Dirección del plantel, con mínimo
de dos días de anticipación, el permiso para ausentarse de sus actividades
laborales, a los fines de garantizar la designación del o la suplente y el
cumplimiento y el objetivo pedagógico programado. El personal obrero y
administrativo debe solicitar por escrito dicho permiso para dejar de asistir a sus
actividades laborales.
Durante los Consejos de Docentes u otras actividades especiales, todo el personal
debe cumplir con el horario asignado (7:00am- 12:00m o 1:00pm – 5:30pm).
Articulo 54.- De la Presentación personal de los alumnos y las alumnas.
a) Los (as) alumnos(as) deben presentarse al plantel correctamente vestidos(as) y
aseados(as. Serna retenidos en la Dirección del plantel los(as) alumnos(as) cuya
apariencia personal sea extravagante e impropia (cortes de cabello fashion, uso
de zarcillos en los varones y percings en general, en las niñas pintura de uñas y
maquillajes exagerados). Serán citados(as) sus representantes de manera
inmediata. Los alumnos de primaria deberán utilizar aparte de su camisa blanca,
pantalón azul marino de tela de gabardina o poliéster (no se permitirán el uso de
pantalones sin ruedo y con bolsillos por fuera.
b) No está permitido el consumo de chiclets en ninguna dependencia del plantel.
c) No está permitido el consumo de cigarrillos o cualquier derivado del tabaco, ni
el consumo de bebidas alcohólicas.
Articulo 55.- Del uniforme escolar.
El uniforme escolar de los alumnos y las alumnas responderá estrictamente a los
previstos en el ordenamiento jurídico, establecido en el Decreto 1139 emanado del
Ministerio del Poder popular para la Educación y tiene como finalidad cimentar el
espíritu de igualdad y democracia en la Unidad Educativa Estadal Simón Bolívar. En
tal sentido se establece el siguiente uniforme escolar.
EDUCACION INICIAL (Preescolar):
Pantalón azul marino de gabardina o poliéster, chemise roja con el
logo del plantel (cosida). Para educación física se designa la franela gris con
el logotipo del plantel, mono azul oscuro para, zapatos deportivos negros,
azul o blanco.
PRIMARIA (Primer grado hasta sexto grado):
Pantalón de vestir azul marino de poliéster o gabardina, camisa blanca
de botones preferiblemente con la insignia del plantel (cosida), zapatos
negros o blancos y suéter azul marino.
Para educación física se designa la franela gris con el logotipo del colegio.
CAPITULO III
DISCIPLINA DE LOS ALUMNOS Y LAS ALUMNAS.
Articulo 56.- La disciplina de los alumnos y las alumnas es una acción pedagógica
que tiene como finalidad establecer responsabilidades en los casos en que hayan
incumplido con su deberes, vulnerando los derechos de otras personas o incurrido
en faltas leves previstas expresamente en el ordenamiento jurídico en este Acuerdo
de Convivencia, la disciplina está orientada hacia la formación integral de los
alumnos y las alumnas y a fortalecer su respeto por los derechos de las demás
personas, así como el cumplimiento de sus deberes y los valores de la comunidad.
Artículo 57.- La disciplina de los alumnos y las alumnas se rige y debe ser ejercida
conforme a los siguientes principios:
a) Las sanciones tiene finalidad eminentemente pedagógica, y deben
complementarse cuando sea conveniente con la participación de los padres,
madres y representantes.
b) En el ejercicio de la autoridad disciplinaria deben respetarse los derechos
humanos, la dignidad de los alumnos, alumnas y el reglamento en la LOPNA.
c) Ningún alumno, alumna puede ser sancionado o sancionada por haber incurrido
en un acto u omisión establecido como una falta cuando su conducta esté
plenamente justificada por motivos razonables.
d) A los alumnos o las alumnas que hayan incurrido en una falta solo puede
aplicársele las sanciones previamente establecidas en el Ordenamiento Jurídico,
(LOPNA), en este Acuerdo de Convivencia y en la sección correspondiente a los
Acuerdos generales de Convivencia.
e) Las sanciones debe ser proporcionada a la falta cometida y sus consecuencias,
así como proporcionales a la edad y desarrollo del alumno o la alumna.
f) Se prohíben las sanciones corporales físicas, las que impliquen maltratos de
cualquier tipo, las colectivas y las que tengan por causa el embarazo de una
adolescente.
Articulo 58.- Se consideran faltas a aquellas acciones u omisiones realizadas por
los alumnos o las alumnas, que alteren el normal desarrollo de las actividades
académicas, sociales, culturales, deportivas o de cualquier otra naturaleza que
hayan sido sancionada de acuerdo con lo estipulado en las leyes, normas,
resoluciones y reglamentos que dicte el ministerio del Poder Popular de Educación
este Acuerdo de Convivencia y en atención a las garantías y derechos señalados en
la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y el Adolescentes.
Artículo 59.- Derechos y Garantías de alumnos y alumnas imputados de falta.
Todos los alumnos o las alumnas a quienes se les haya imputado de haber
incurrido en una falta tienen los siguientes derechos y garantías.
1) Derecho a ser informado(a) de manera clara y precisa sobre los hechos que se
le atribuyen.
2) Derecho a acceder, y leer el contenido de los expedientes de los procedimientos
disciplinarios en los cuales tengan interés personal.
3) Derecho a que se presuma su inocencia hasta que se demuestre lo contrario,
esto es, a no ser sancionado a menos que conste plenamente que ha incurrido
en una falta.
4) Derecho a ser informado(a) sobre las razones y contenidos ético-.sociales por
los cuales se ejerce en su caso concreto la autoridad disciplinaria.
5) Derecho a opinar y a la defensa.
6) Derecho a impugnar las sanciones que le hayan sido impuesta ante una
autoridad superior e imparcial.
7) Cualquier otro derecho o garantía reconocida en la LOPNA o este Acuerdo de
Convivencia.
Artículo 60.- Faltas leves.
Los alumnos y las alumnas incurren en faltas leves cuando:
a) No cumplan con todos los deberes escolares, entre ellos las evaluaciones,
tareas, ejercicios y asignaciones.
b) No asistan regular o puntualmente a las actividades escolares de la institución.
c) No asistan a las actividades escolares con el material y los útiles necesarios
para ellas, salvo en los casos en que ello sea imposible por razones justificadas
debidamente comprobadas.
d) Incumplir con el horario de entrada a clase.
e) Irrespeten a alguna persona de las que integran el centro educativo o la traten
de forma humillante, ofensiva o contrario a su dignidad como persona.
f) Irrespeten las normas de la moral y las buenas costumbres.
g) Empleen lenguaje inapropiado.
h) No colaboren en la conservación, limpieza y mantenimiento, dentro de los
límites de sus responsabilidades, del local, del mobiliario y cualquier otro
material del plantel, especialmente de su aula de clases.
i) Incumplen los Acuerdos de Convivencia y las normas establecidas en su salón
de clases por los alumnos y las alumnas y su respectivo docente.
j) Traer al colegio artículos distractores, no relacionados con la actividad
educativa que interfieran en el proceso enseñanza-aprendizaje.
k) Cualquier otro hecho establecido como falta leve en el ordenamiento jurídico,
este acuerdo de convivencia y la LOPNA.
Articulo 61.- Faltas Generales.
Los Alumnos y las alumnas incurren en faltas generales cuando:
a) Se ausenten del plantel durante el horario de actividades escolares, salvo los
casos en que esté permitido ausentarse con autorización previa, escrita y pro
razones justificadas por sus padres, madres, representantes o responsables, o
de la coordinación respectiva.
b) Irrespeten de forma clara e intencional los derechos y garantías de las demás
personas.
c) Fumen, ingieran bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes.
d) No usen apropiadamente el local, mobiliario y cualquier otro material del plantel,
no obedezcan o cuando no cumplan las decisiones y ordenes que dicten las
autoridades del plantel, siempre que las mismas no violen sus derechos y
garantías o contravengan el ordenamiento jurídico.
e) Se apropien de forma indebida de bienes ajenos.
f) Falsifiquen las firmas de sus padres, madres, representantes.
g) Retardos.
h) Conversaciones en clases sobre asuntos ajenos a la misma.
i) Interrupción de la clase por indisciplina.
j) No asistan o se jubilen de sus deberes educativos.
k) Cualquier otro hecho establecido como falta general en el ordenamiento
jurídico(LOPNA).
Artículo 62.- Faltas graves:
Los alumnos y las alumnas incurren en faltas graves cuando:
a) Obstaculicen o interfieran en el normal desarrollo de las actividades escolares o
alteren gravemente la disciplina.
b) Comentan actos violentos de hecho o de palabras contra cualquier miembro e
la comunidad educativa.
c) Provoquen desordenes graves durante la realización de cualquier prueba de
evaluación o participen en hechos que comprometan su eficiencia.
d) Deterioren o destruyan de forma voluntaria los locales, dotaciones y demás
bienes del ámbito escolar.
e) Irrespeten a alguna persona de las que integran el colegio, o traten en Publio o
privado de forma humillante, ofensiva o contraria a su dignidad como persona
humana, agresiones verbales, escritas o físicas (LOPNA).
f) No colaboren en la conservación, limpieza y mantenimiento, dentro de los
límites de sus responsabilidades, del local, mobiliario y cualquier otro material
el colegio, especialmente, de su aula de clases, biblioteca y laboratorios.
g) Tres (03) reincidencias de faltas leves.
h) Insubordinación o desobediencia a Directivos o Docentes (LOPNA, Art 93).
i) Deterioro voluntario de las instalaciones del plantel.
j) Participar en riñas o peleas.
k) Sustraer todo tipo de objetos y cualquier tipo de negociaciones.
l) Extraviar intencionalmente el diario de clases y su borrador.
m) Sustracción de documentos, objetos, entre otros pertenecientes al plantel.
Artículo 63.- Sanciones para faltas leves:
Las faltas leves serán sancionadas con:
a) Corrección o advertencia.
b) Amonestación verbal.
c) Amonestación escrita y acta compromiso del alumno o la alumna.
d) Citación del padre, madre, representante y acta compromiso del alumno o la
alumna junto con él o ella.
Artículo 64.- Sanciones para faltas generales.
a) Imposición de reglas de conducta por un tiempo indefinido
b) Amonestación escrita con firma del padre, madre , representante
c) Citación del padre, madre, representante y acta compromiso del alumno y la
alumna junto con él o ella.
Estas sanciones serán aplicadas por el o la docente del grado. Serán impuestas en
el mismo orden en que se encuentran establecidas. En caso de reincidencia en el
mismo acto, se impondrá la siguiente sanción a criterio del docente, llegando hasta
la suspensión por tres hábiles, con la previa aprobación del director o la directora
del plantel.
Los alumnos con problemas de conducta serán inscrito(as) previa aceptación y
registro del acta de inscripción condicionada, donde se comprometerán a respetar
y cumplir las normas establecidas por la institución, en caso de incumplimiento de
las mismas, aceptarán y acataran las sanciones impuestas por este acuerdo de
convivencia y en la Ley Orgánica de Protección del Niño, niña y del Adolescente.
Artículo 65.- Sanciones para faltas graves.
Las faltas graves serán sancionadas con:
a) Retiro de lugar donde se realice la prueba y anulación de la misma, aplicada por
el docente o la docente.
b) Suspensión temporal del plantel, aplicada por el Director o la Directora de hasta
cinco días.
c) Se permitirá al o la alumno(a) culminar el año escolar, pero debe firmar sus
representante un compromiso de tramitar reubicación en otra institución.
d) Apertura de expediente administrativo con emisión a la LOPNA solicitando retiro
de la institución.
Artículo 66.- Definiciones de las sanciones.
A los fines de la disciplina de los alumnos y las alumnas se entienden por:
a) Corrección o advertencia: Una llamada de atención individual o colectiva para
que los alumnos o las alumnas dejen realizar un acto u omisión.
b) Amonestación escrita o acta compromiso del alumno o la alumna: la
recriminación personal o individualizada, de forma pedagógica y racional, de un
acto u omisión del alumno, o alumna, contenida en un escrito y que incluye su
compromiso formal de abstenerse de incurrir nuevamente en ese acto u
omisión.
c) Amonestación escrita con firma del padre, la madre, representante o
responsable: la recriminación personal individualizada, de forma pedagógica,
racional y privada de un acto u omisión del alumno o la alumna contenida en un
escrito, el cual debe ser firmado por su padre, madre, representante.
d) Citación y acta compromiso del alumno o alumna junto con su padre, madre,
representante: una reunión entre el alumno o la alumna, su padre, su madre,
representante, y el docente para abordar, de forma pedagógica y racional, la
conducta del alumno o alumna y llegar a compromisos conjuntos para fortalecer
su respeto hacia los derechos de las demás personas, así como el cumplimiento
de sus deberes. Estos acuerdos deben asentarse en un acta compromiso.
e) Imposición de reglas o conductas por un tiempo definido, de obligaciones o
prohibiciones impuestas para regular su modo de vida dentro del plantel, así
como para promover y asegurar su formación.
Artículo 67.- Procedimiento para faltas leves.
Para la disciplina de las faltas leves, se seguirá un breve procedimiento oral, en el
cual él o la docente informará al alumno o la alumna del acto u omisión que se le
imputa, se oirá su opinión y se permitirá que ejerce su defensa, inclusive mediante
las pruebas que desee presentar, inmediatamente después, se procederá a tomar
una decisión, la cual podrá ser impugnada ante la dirección del plantel respectiva
dentro de los dos (a) días hábiles siguientes.
Artículo 68.- Procedimiento para faltas generales.
Para la disciplina de las faltas generales se seguirá un breve procedimiento
oral, la coordinación informará pro escrito al alumno o la alumna del acto u omisión
que se le imputa.se le otorgará dos días hábiles para preparar su defensa. Al
finalizar este lapso se oirá su opinión y se permitirá que ejerza su defensa, inclusive
mediante las pruebas que desee presentar. Asimismo, se oirá la opinión de las
personas que integran el personal del plantel que tengan interese o conozcan el
procedimiento permitiendo que presenten las pruebas que consideren pertinentes.
Inmediatamente después, se procederá a tomar una decisión, la cual debe constar
por escrito y ser entregada a los (as) interesados(as).
En caso de impugnación el directo oirá a ambas partes analizará las pruebas que
presenten y tomará inmediatamente después una decisión, la cual debe constar por
escrito y ser entregada a ambas partes.
Artículo 69.- Procedimiento para faltas graves.
Para la averiguación y determinación de las faltas graves y a los fines de la
decisión correspondiente, la autoridad competente instruirá el expediente
respectivo, en el que hará constar todas las circunstancias y pruebas que
permitan la formación de un concepto preciso de la naturaleza del hecho, de
conformidad con las leyes aplicables.
Articulo 70.- procedimiento para faltas graves
En todos los casos, para determinar la sanción aplicable debe tenerse en cuenta:
a) La naturaleza y gravedad de los hechos.
b) La edad del alumno o la alumna.
c) El grado de responsabilidad en los hechos.
d) Los esfuerzos del alumno o la alumna por reparar los daños causados.
e) La proporcionalidad de la sanción en relación con la gravedad de los hechos y
sus consecuencias.
f) La identidad de la sanción para cumplir su fin estrictamente pedagógico.
TÍTULO VI
Los consejos y Asambleas
CAPITULO I
Artículo 71.- Definición y Objetivos.
El Consejo Directivo es el órgano encargado de la gestión ordinaria de
funcionamiento cuyo propósito es velar por la consecución de los objetivos
dispuestos por la Dirección General de Educación y las Leyes.
Articulo 72.- Integrantes.
El consejo Directivo estará integrado por el o la Director (a), docentes
coordinadores, quienes son colaboradores(as) inmediatos(as) de la Dirección del
plantel, con la cual comparten responsabilidades.
Artículo 73.- Funciones y Atribuciones.
Son funciones y atribuciones del Consejo Directivo:
a) Planificar y establecer las relaciones pedagógicas y culturales con otros centros
educativos u otras organizaciones.
b) Cumplir y hacer cumplir las demás responsabilidades y atribuciones
contempladas en la Ley Orgánica de Educación, su Reglamento y demás
disposiciones emanadas de la Dirección de Educación y el Ministerio del Poder
Popular para la Educación, así como de las autoridades competentes.
CAPITULO II
Consejo Técnico Docente
Artículo 74.- Definición y Objetivo.
El Consejo Técnico Docente es el órgano colegiado del plantel, cuyo objetivo
principal está dirigido a garantizar el más alto nivel de calidad académica, el normal
funcionamiento del plantel y velar por la consecución de los objetivos del Proyecto
Pedagógico del plantel. Está integrado por el Director o la Directora.
Artículo 75.- Funciones y Atribuciones.
Son funciones y atribuciones del Consejo técnico Docente:
a) Participar en la elaboración, aplicación y evaluación del Proyecto Educativo del
Plantel.
b) Resolver toda incidencia con relación a la aplicación de las normas
disciplinarias a los alumnos y las alumnas.
c) Cumplir y hacer cumplir las demás responsabilidades y atribuciones
contempladas en la Ley Orgánica de Educación, su Reglamento general y demás
disposiciones de las autoridades competentes.
Artículo 76.- Definición y Objetivos.
.
El consejo de docente es el órgano colegiado del centro educativo
encargado de elaborar el Plan Anual del Proyecto Pedagógico de la Institución, y
estará integrado tanto por el equipo Directivo como por la totalidad del personal
docente.
Artículo 77.- Funciones y Atribuciones.
Son funciones y atribuciones del Consejo de Docentes. Las siguientes:
a) Planificar el programa de las actividades pedagógicas del centro educativo.
b) Designar en su seno una omisión a los fines de verificar el cumplimiento de los
requisitos correspondiente para el Certificado de Educación primaria, de
carácter académico, Articulo 25 de la Ley Orgánica de Educación.
c) Designar en su seno y por votación directa dos representantes ante el consejo
consultivo y a la directiva del Consejo Educativo.
d) Cumplir y hace cumplir las demás responsabilidades y atribuciones
contempladas en la Ley Orgánica de Educación, su Reglamento general y demás
disposiciones emanadas de las autoridades competentes.
Artículo 78.- Normas de Funcionamiento.
Las normas de funcionamiento, así como la organización y atribuciones del
Consejo de Docentes, se adecuaran a las directrices emanadas por la Dirección
general de Educación, Ministerio del Poder Popular para la Educación.
Artículo 79.- Los puntos de la agenda de cada reunión de Consejo estarán dirigidos
al mejoramiento del trabajo escolar y por ningún respecto su desarrollo podrá
desviarse hacia asuntos conflictivos o de carácter personal extraños a la labor
docente. Si surge una situación que amerite ser tratada en Consejo Docentes,
deberá plantearse por escrito al Directivo con anticipación a fin de que sea incluida
en la Agenda del Consejo.
CAPITULO V
Las Asambleas de Padres y representantes.
Artículo 80.- Las Asambleas de Padres, madres y representantes, están integradas
por padres, madres, y representante, personal directivo, docente, administrativo y
obrero de la institución, podrán realizarse por cada nivel, grado, año y sección,
logrando de esta manera una alta participación: democrática, participativa, efectiva
y responsable, artículo sexto de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela.
Se constituirá válidamente con la mitad más una de los (as) participantes,
tomando en cuenta la votación participativa de todos(as) sus miembros(as). De no
lograrse el quórum reglamentario, se convocará una segunda reunión con dos días
de anticipación, hasta lograr la mayor participación de todos(as) sus integrantes.
En todo caso, sus decisiones serán validas con la votación participativa y
protagónica del Consejo educativo.
Las asambleas ordinarias y extraordinarias.
a) La de apertura, que debe realizarse antes del mes de diciembre, por grado con la
participación activa de sus miembros.
b) La de clausura, que se realizará entre la segunda quincena del mes de mayo y la
primera quincena del mes de junio con la participación de sus miembros (as),
donde se tomaran en cuenta putos importantes para el buen desarrollo del
plantel y de la comunidad educativa en general.
c) Lasa extraordinarias se realizaran cuando por algún motivo urgente se debe
mantener informada la comunidad.
Este articulo cumple cabalmente con el derecho inviolable de la participación activa
y democrática, por medio del voto y de la activación plena que tiene todos y todas,
los(as) ciudadanos y ciudadanas, que hacen vida en la República Bolivariana de
Venezuela.
Artículo 81.- Funciones y atribuciones.
Son funciones y atribuciones de Asamblea general de Padres, madres,
representantes, docentes, administrativo y obrero las siguientes:
a) Elegir la Junta Directiva y sus suplentes.
b) Elegir los delegados y delegadas representantes o responsables.
c) Elegir a los representantes miembros de los siguientes comités: Cultura,
deporte, seguridad, ambiente, alimentación, contraloría social, infraestructura y
cualquier otro que se desee crear en beneficio de la institución y los alumnos y
alumnas.
d) Cualquier otra atribución o función que le sea atribuida en el ordenamiento
jurídico, este acuerdo de convivencia y los Reglamentos.
TITULO VII
DISPOSICIONES FINALES
Articulo 82.- Todas las situaciones y asuntos no previstos en este Acuerdo de
Convivencia, serán resueltas o decididas por las autoridades del plantel, o por la
autoridad a quien corresponda su naturaleza y circunstancias, de conformidad con
lo establecido en el ordenamiento jurídico, a tendiendo siempre el interés superior
el niño, la niña y el adolescente, artículo octavo de la Ley Orgánica para la
protección del Niño, niña y adolescente.
REVISION REALIZADA:
Director(a) del Plantel
Prof. Yaneyda Urdaneta __________________________ Firma
Coordinadora Evaluación:
Prof. Sonia Herrera ___________________________ Firma
Coordinadora de Programas
Prof. Norma Carvajal ______________________
Firma
Psicopedagoga
Prof. Migdalia Paredes
______________________________
Firma
Dpto. Educación Física
Prof. José Luis Rolando _____________________________ Firma Prof. David de Freitas _____________________________
Firma
Directiva Consejo Educativo
Vocero Comité Padres, Madres
Sra. Yemerys Rodríguez ___________________________
Firma
Directiva del Consejo Consultivo:
Cargos Nombres y Apellidos Firmas
Presidente(a)
Secretario (a)
Vocal
Vocal
Personal Administrativo: Yasmin Tabares
Personal Obrero: América Álvarez
Representación del personal Docentes:
Doc. Educación Inicial “A” Marisela Hernández
______________________
Doc. Educación Inicial “B” Magaly Etayo
______________________
Doc. 1º Grado “A” María L. Hernández
______________________
Doc.1º Grado “B” Keila Salgado
______________________
Doc. 2ºgrado “A” Cellys Pacheco
_____________________
Doc. 2º Grado “B” María L. Hernández
______________________
Doc.3º Grado “A” Maria Romero
______________________
Doc. 3ºGrado “B” Yakelin Laya
______________________
Doc. 4º Grado “A” Ligia Bello
______________________
Doc. 4º Grado “B” Elizabeth Romero
______________________
Doc.5º Grado “A” Deisy Baldini
_____________________
Doc. 6º Grado”A” Lisbeth Olivo
_____________________
Doc. 6º Grado “B” Ángel Hernández
______________________
Directiva Estudiantil
Estudiantes: Firmas
Gesmary Torres: ________________________
Susana Montoya: _________________________
PERSONAL ADMINISTRATIVO:
Yazmín m. Tabares ________________________
PERSONAL OBRERO:
América Álvarez __________________________
Rosa de Ruiz __________________________
Nora Gutiérrez __________________________
ZumildaLacruz __________________________
YrmaGalviz __________________________
Elizabeth Quero __________________________
Felipa Hurtado __________________________
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Ministerio del Poder Popular para la Educación.
U.E.E. “SIMON BOLIVAR” CARRIZAL
ESTADO MIRANDA
CONSEJO EDUCATIVO
AÑO ESCOLAR 2014-2016
OCTUBRE 2014
6.- Consejo Educativo
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Ministerio del Poder Popular para la Educación.
U.E.E. “SIMON BOLIVAR” CARRIZAL
ESTADO MIRANDA
AC TA DE ADECUACION DEL CONSEJO EDUCATIVO.
AÑO ESCOLAR: 2015-2016
Hoy, 30 de Septiembre de 2015, siendo las 8:00am am, nos hemos reunido en las
instalaciones de la institución educativa: U.E.E. Simón Bolívar, código DEA.-OD1161506,
ubicado en el Primer plan comunidad barrio Bolívar adscrito al Municipio Escolar N° 01 ,
parroquia Carrizal . Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, una vez
verificada la comunidad educativa, se deja constancia de la asistencia 54 (%), se dio
inicio a la asamblea ordinaria de: madres, padres, representantes, docentes, personal
administrativo, obrero y demás actores sociales, para dar cumplimiento a lo establecido
primeramente en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo.
102....Omissis...“Derecho a la educación gratuita y obligatoria”, igualmente en la Ley
Orgánica de Educación. Artículo.-06,..Omissis...competencia del estado docente,
Artículo.-17...Omissis... las familias, la escuela, la sociedad y el estado como
corresponsables, Artículo.-18…Omissis...las organizaciones comunitarias y la obligación
en contribuir con la formación integral de los y las ciudadanos (as). Artículo.-19...Omissis
Gestión Escolar; el estado ejerce la orientación, dirección estratégica y estimula la
participación comunitaria..., Artículo 20… Omissis... La Comunidad Educativa. Como
espacio democrático social comunitario, organizado y participativo. Ley Orgánica de
Protección de Niñas, Niños y Adolescentes. Artículos 53 y 54...Omissis... Derecho a la
Educación de los niños, niñas y adolescentes, derecho a participar en el proceso de
educación.... Ley Orgánica de los Consejos Comunales. Artículo 2 … Omissis…
instancias de participación, articulación e integración entre ciudadanos…; así como lo
establecido en Resolución N° 058 de fecha 16/10/2012 y publicado en Gaceta Oficial
de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.029 de la misma fecha, y el alcance en
la circular N° 007589 de fecha 18/07/2013; la cual establece que es la instancia ejecutiva,
de carácter social, democrática, responsable y corresponsable de la gestión de las
políticas públicas educativas en articulación inter e intrainstitucional y con otras
organizaciones sociales en las instituciones educativas. La resolución 058 a través del
Consejo Educativo establece los siguientes Objetivos 1. Garantizar el desarrollo y
defensa de una educación integral y permanente, de calidad para todas y todos,
democrática, gratuita, obligatoria, liberadora, transformadora, emancipadora como
derecho humano y deber social fundamental en igualdad de condiciones y oportunidades,
sin discriminación, sin distingo de edad, género, con respeto a sus potencialidades, a la
diversidad étnica, lingüística y cultural, atendiendo a las características locales, regionales
y nacionales. 2) Impulsar la formación integral de las ciudadanas y los ciudadanos,
fortaleciendo sus valores éticos, humanistas sociales, garantizando la convivencia
comunal, sus deberes y derechos colectivos.3) Profundizar desde el proceso curricular,
los ejes integradores: ambiente y salud integral, intercultural, derechos humanos y cultura
de paz, lenguaje, trabajo liberador, soberanía y defensa integral de la Nación y las
tecnologías de la Información libre, a partir de la conformación de colectivos de
aprendizaje. 4) Garantizar la organización del Consejo Educativo y su funcionamiento en
los niveles y modalidades del subsistema de educación básica. 5) Propiciar espacios de
participación protagónica y corresponsable para la organización, planificación, ejecución,
control, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC), a
partir de la concepción de la escuela como uno de los centros del quehacer comunitario y
la comunidad como centro del quehacer educativo. La duración en el cumplimiento de las
funciones de los órganos constitutivos del Consejo Educativo es de un (01) año contado a
partir del momento de la elección y sus miembros podrán ser reelegidas y reelegidos,
pudiendo ser revocadas y revocados al cumplir la mitad de su período (CRBV, Art.72). El
Registro del Consejo Educativo se realiza después de la elección, conformación y
adecuación de cada uno de los Comités que la constituyen, a través de la Taquilla Única
de la Zona Educativa, en tiempo no mayor de cuarenta y cinco (45) días continuos. A tales
efectos se procedió a la adecuación y ratificación del Consejo Educativo que regirán
para el presente año escolar 2015-2016 quedando conformado de la manera siguiente:
El Comité de Madres, Padres, Representantes o Responsables: En asamblea quedan
integrado este comité por : Yemerys Rodríguez CI:V Nº 14.481.288, Luisa González CI:V
Nº 10.527.248, Leiny Chacón CI:V Nº 17.490.099, Yuri Moro CI:V Nº 15.285.520,
Yomaira Acevedo CI:V Nº .14.216.562.
El Comité Académico: En asamblea quedan integrado este comité por :Orlimir Bello
CI:V Nº 13.910.167, Zoranlenie Jerez CI:V Nº 16.924.612, Yuleidy Gómez CI:V Nº
22.350.319, Rosa González CI:V Nº 17.744.611, Norma Carvajal CI:V Nº 8.186.420.
El Comité de Comunicación e Información: por: Marta Altamar CI:V Nº 4.579.643,
Zulay Rosales CI:V Nº 16.923.399, Yamileth Villegas CI:V Nº 18.739.056, Ana Ramos
CI:V Nº 14,059.589, Maritza Duran CI:V Nº 12.896.573.
El Comité de Seguridad y Defensa Integral: En asamblea quedan integrado este comité
Adriana Rodríguez CI:V Nº 11409308, KarlyCalderin CI:V Nº 21.467.307, Omaira Mujica
CI:V Nº 15.518.035, Dayana Ávila CI:V Nº 19.310.048, DesireeCamacaro, C.I.
17.282.049.
El Comité de Ambiente, Alimentación y Salud Integral: En asamblea quedan
integrado este comité por Juan Landa CI:V Nº 15.714.702, Wenddy Pérez CI:V Nº
19.388.635, Ángela Machuca CI:V Nº 24.081.166, Norelys Pérez CI:V Nº 15.658.573,
Viviana Delgadillo, C.I. 17.743.475
El Comité de Deportes y Educación Física:En asamblea quedan integrado este comité
por Natividad García CI: V Nº 9.153.162, Marisela Álvarez CI: V Nº 11.693.610, Yorjana
Escalante CI: V Nº 20.412.146, Mileidy Valera CI: V Nº 19.931.562, José Luis Rolando
CI: V Nº 10.275.608.
El Comité de Cultura: En asamblea quedan integrado este comité por : Marisela
Hernández CI:V Nº 6.491.960, Heisy Castro CI:V Nº 16.589.894, María González CI:V
Nº 10.280.696, Yubisay Álvarez CI:V Nº 13.231.236, Rebeca Martínez CI:V Nº
19.387.644.
El Comité de Infraestructura y Hábitat EscolarEn asamblea quedan integrado este
comité por: Luis Colmenares CI:V Nº 10.282.166, María Álvarez CI:V Nº 18.891.349, José
Álvarez CI:V Nº 8.689.331, ZumildaLacruz CI:V Nº 12.877.774, Rosangela Carrero CI:V
Nº 16.146.668.
El Consejo Estudiantil: En asamblea quedan integrado este comité por: Carmen Salazar
CI:V Nº 16.888.012, Yeisi González CI:V Nº 17.744.609, Sonia Herrera CI:V Nº
6.874.596, Esglenny Moreno CI:V Nº 14.216.055 Ana Mendoza CI:V Nº 13.232.518
El Comité de Contraloría social: En asamblea quedan integrado este comité por :Aura
Solórzano CI:V Nº 19.389.762, Adriana Rojas CI:V Nº 81.851.783, LeidyGuarate CI:V Nº
15.519.049, Omar Espinoza CI:V Nº 17.548.507, Yinaly González CI:V Nº
23.625.821.Yemerys Rodríguez CI:V Nº 14.481.288,vocero comité de padresOrlimir Bello
CI:V Nº 13.910.167, vocero comité académico, Maritza Duran CI:V Nº 12.896.573, vocero
comité de comunicación, DesireeCamacaro, C.I. 17.282.049, vocero comité de seguridad,
Wenddy Pérez CI:V Nº 19.388.635,vocero comité de ambiente, Marisela Álvarez CI: V Nº
11.693.610, vocero comité de deporte, María González CI:V Nº 10.280.696,vocero comité
de cultura,ZumildaLacruz CI:V Nº 12.877.774, vocero comité de infraestrutura, Sonia
Herrera CI:V Nº 6.874.596.vocero de comité estudiantil.
El Comité de Economía Escolar:En asamblea quedan integrado este comité por: Jenny
Ávila CI:V Nº 13.727.754 , Yannys Velásquez CI:V Nº 18.080.586, Ligia Bello CI:V Nº
6.464.760,Yaneyda Urdaneta, C.I. 7.889.712, Ligia Bello, C.I. 6.464.760, María Lourdes
Hernández, C.I. 9.888.555. Se hizo la convocatoria por escrito a todas las ciudadanas y
todos los ciudadanos que conforman la comunidad escolar para realizar la Asamblea, la
misma se realizócon setenta y dos (72) horas de antelación, en fecha_30 de septiembre
de 2015, se anexa la Agenda a tratar, acciones comunicacionales, plan de trabajo, listas
de asistencias. Las Asambleas: Serán Ordinaria y Extraordinaria. La Asamblea Ordinaria
se convoca cada tres (03) meses en las siguientes fechas Octubre, Marzo, Julio: con la
finalidad de abordar y hacer el control y seguimiento de la gestión escolar. La Asamblea
Extraordinaria se convocara cuando lo amerite el caso de acuerdo al Consejo Educativo.
Se autoriza a él o la ciudadano (a) Yaneyda Urdaneta CI: V Nº 7.889.712, a consignar el
presente documento en las instancias administrativas que corresponda, a los 45 días
después de la conformación, adjuntando copia donde consta la asistencia de padres y
representantes para realizar mencionado consejo, terminada la reunión se leyó y
conforme firman los integrantes de cada comité, ______________C.I: V Nº 14481288
________________C.I: V Nº 13.910.167 ________________C.I: V Nº 15518035 .
________________C.I: V Nº 19388635. ___________________________
C.I: V Nº 10275608 ________________C________________ C.I.V Nº 6464760
I: V Nº
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Ministerio del Poder Popular para la Educación.
U.E.E. “SIMON BOLIVAR” CARRIZAL
ESTADO MIRANDA
ACTA CONSTITUTIVA DEL CONSEJO EDUCATIVO.
Año escolar 2014-2015
Hoy,30 de Septiembre de 2015, siendo las 8:00am am, nos hemos reunido en las
instalaciones de la institución educativa: U.E.E. Simón Bolívar, código DEA.-
OD11611506 , ubicado en la Comunidad Barrio Bolívar; adscrito al Municipio
Escolar N° 01 , parroquia Carrizal . Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de
Miranda, una vez verificada la comunidad educativa, se deja constancia de la
asistencia 54 (%) , se dio inicio a la asamblea ordinaria de: madres, padres,
representantes, docentes, personal administrativo, obrero y demás actores
sociales, para dar cumplimiento a lo establecido primeramente en la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo. 102....Omissis...“Derecho a la
educación gratuita y obligatoria”, igualmente en la Ley Orgánica de Educación.
Artículo.-06,..Omissis...competencia del estado docente, Artículo.-17...Omissis...
las familias, la escuela, la sociedad y el estado como corresponsables, Artículo.-
18…Omissis...las organizaciones comunitarias y la obligación en contribuir con la
formación integral de los y las ciudadanos (as). Artículo.-19...Omissis Gestión
Escolar; el estado ejerce la orientación, dirección estratégica y estimula la
participación comunitaria..., Artículo 20… Omissis... La Comunidad Educativa.
Como espacio democrático social comunitario, organizado y participativo. Ley
Orgánica de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes. Artículos 53 y
54...Omissis... Derecho a la Educación de los niños, niñas y adolescentes,
derecho a participar en el proceso de educación.... Ley Orgánica de los Consejos
Comunales. Artículo 2 … Omissis… instancias de participación, articulación e
integración entre ciudadanos…; así como lo establecido en Resolución N° 058 de
fecha 16/10/2012 y publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana
de Venezuela N° 40.029 de la misma fecha, y el alcance en la circular N° 007589
de fecha 18/07/2013; la cual establece que es la instancia ejecutiva, de carácter
social, democrática, responsable y corresponsable de la gestión de las políticas
públicas educativas en articulación inter e intrainstitucional y con otras
organizaciones sociales en las instituciones educativas. La resolución 058 a través
del Consejo Educativo establece los siguientes Objetivos 1. Garantizar el
desarrollo y defensa de una educación integral y permanente, de calidad para
todas y todos, democrática, gratuita, obligatoria, liberadora, transformadora,
emancipadora como derecho humano y deber social fundamental en igualdad de
condiciones y oportunidades, sin discriminación, sin distingo de edad, género, con
respeto a sus potencialidades, a la diversidad étnica, lingüística y cultural,
atendiendo a las características locales, regionales y nacionales. 2) Impulsar la
formación integral de las ciudadanas y los ciudadanos, fortaleciendo sus valores
éticos, humanistas sociales, garantizando la convivencia comunal, sus deberes y
derechos colectivos.3) Profundizar desde el proceso curricular, los ejes
integradores: ambiente y salud integral, intercultural, derechos humanos y cultura
de paz, lenguaje, trabajo liberador, soberanía y defensa integral de la Nación y las
tecnologías de la Información libre, a partir de la conformación de colectivos de
aprendizaje. 4) Garantizar la organización del Consejo Educativo y su
funcionamiento en los niveles y modalidades del subsistema de educación básica.
5) Propiciar espacios de participación protagónica y corresponsable para la
organización, planificación, ejecución, control, seguimiento y evaluación del
Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC), a partir de la concepción de la
escuela como uno de los centros del quehacer comunitario y la comunidad como
centro del quehacer educativo. La duración en el cumplimiento de las funciones
de los órganos constitutivos del Consejo Educativo es de un (01) año contado a
partir del momento de la elección y sus miembros podrán ser reelegidas y
reelegidos, pudiendo ser revocadas y revocados al cumplir la mitad de su período
(CRBV, Art.72). El Registro del Consejo Educativo se realiza después de la
elección y conformación de cada uno de los Comités que la constituyen, a través
de la Taquilla Única de la Zona Educativa, en tiempo no mayor de cuarenta y cinco
(45) días continuos. A tales efectos se procedió a la conformación y ratificación del
Consejo Educativo que regirán para el presente año escolar 2015-2016
quedando conformado de la manera siguiente: El Comité de Madres, Padres,
Representantes o Responsables: Es la instancia de participación del colectivo
social para ejercer funcionesenmarcadas en la formación de principios, creencias,
actitudes, hábitos, valorescomo el respeto, reflexión para concretizar en lo local,
regional y nacional laresponsabilidad y corresponsabilidad de las familias, escuela,
sociedad y el Estado.Está conformado por las vocerías de las madres, padres,
representantes y responsables, como también por las vocerías de los colectivos
sociales de la comunidad y de la escuela,reconociendo el hogar como la primera
instancia socializadora, responsable y corresponsable en los procesos de
aprendizaje y desarrollo de sus hijas e hijos. Son sus funcioneslas siguientes: 1.
Asistir a las Asambleas ordinarias y extraordinarias convocadas por el Consejo
Educativo, a través de las y los voceros y viabiliza sus decisiones.2. Participar en
actividades educativas, sociales, asistenciales, económicas, culturales, artísticas,
deportivas y recreativas promovidas por el Consejo Educativo u otra instancia
comunitaria o del Estado.3. Participar en la construcción, ejecución, control,
seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC). 4.
Organizar, promover y ejecutar jornadas de conservación, mantenimiento y
recuperación de los bienes, muebles e inmuebles e infraestructura de las
instituciones educativas.5. Promover la articulación de las familias, escuela y
comunidad para coadyuvaren la atención educativa integral en los procesos de
enseñanza-aprendizaje delas niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y
adultos, participando en laelaboración y ejecución de los planes de acción.6.
Sistematizar y difundir las prácticas e innovaciones de la gestión escolar, en el
ámbito local, municipal, regional y nacional.7. Elaborar y presentar informes
trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.El Comité de
Madres, Padres representantes y Responsables está conformado por
:Yemerys Rodríguez CI:V Nº 14.481.288, Luisa González CI:V Nº 10.527.248,
Leiny Chacón CI:V Nº 17.490.099, Yuri Moro CI:V Nº 15.285.520, Yomaira
Acevedo CI:V Nº .14.216.562.
El Comité Académico: Es la instancia que contribuye a la formación permanente e
integral de las ciudadanas y los ciudadanos responsables y corresponsables de la gestión
escolar. Apoya en el desarrollo de potencialidades para aprender y propicia la
construcción e innovación del conocimiento, de los saberes, fomentando la actualización,
el mejoramiento y el desarrollo profesional de quienes lo integran. El Comité Académico
está conformado por las vocerías del Colectivo de Formación e Investigación Permanente,
estudiantes, trabajadoras administrativas, trabajadores administrativos, directivas,
directivos, docentes, obreras y obreros. Son sus funcioneslas siguientes: 1. Impulsar la
formación permanente e integral de todas y todos los responsables y corresponsables que
constituyen el Consejo Educativo, en los aspectos ecológicos, ambientales, culturales,
recreativos, deportivos, socio productivos, agroalimentarios, de salud, comunicacional, de
investigación e innovación, tecnológico, experiencias y saberes originarios con el fin de
generar una nueva ciudadanía con responsabilidad social y soberanía cognitiva, que
coadyuve el desarrollo pleno de la personalidad para la transformación social
consustanciados con los valores del humanismo democrático, así como la identidad
nacional y con visión latinoamericana y caribeña. 2. Promover la actualización y
mejoramiento del nivel de conocimiento y desempeño de las y los responsables de la
formación de ciudadanas y ciudadanos. 3. Participar conjuntamente con los demás
integrantes del Consejo Educativo en la planificación y ejecución de la evaluación del
desempeño de las y los Responsables de la gestión escolar. 4. Impulsar el proceso
curricular según la realidad local, municipal, regional y nacional en el marco del enfoque
geo-histórico. 5. Participar protagónicamente con los demás integrantes del Consejo
Educativoen la gestión escolar. 6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones
de la gestión escolar en el ámbito local, municipal, regional y nacional.7. Elaborar y
presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.
El Comité Académico está conformado por: Orlimir Bello CI:V Nº 13.910.167, Zoranlenie
Jerez CI:V Nº 16.924.612, Yuleidy Gómez CI:V Nº 22.350.319, Rosa González
CI:V Nº 17.744.611, Norma Carvajal CI:V Nº 8.186.420.
El Comité de Comunicación e Información: Es la instancia que contribuye a la
promoción, divulgación y comunicación referidaa las variables escolares mediante el
trabajo articulado con la red de mediospúblicos y comunitarios.Está conformado por las
vocerías deestudiantes, directivas, directivos, docentes, trabajadoras
administrativas,trabajadores administrativos, obreras, obreros y las organizaciones
comunitariasdel poder popular.Son sus funciones las siguientes:1. Impulsar la
conformación de formas y medios de comunicación (impresos, radiales y audiovisuales)
en las instituciones educativas y en la comunidad.2. Hacer uso de la tecnología de la
información y la comunicación para coordinar, organizar y orientar la gestión escolar.3.
Participar en la creación y organización de un sistema de comunicacióninstitucional,
comunitario y alternativo, así como en la conformación del comitéde usuarias y usuarios
para promover y defender los derechos e intereses comunicacionales de las niñas, los
niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos. 4. Participar y articular acciones con los
medios públicos, alternativos y comunitarios para el apoyo y difusión de las actividades y
programas educativos, sociales y culturales que promuevan la conciencia social,
convivencia en armonía, amor, respeto, paz y tolerancia en el marco del vivir bien. 5.
Impulsar la conformación de los Comité de usuarias y usuarios voluntarios conel propósito
de fortalecer el uso reflexivo y crítico de los mensajes trasmitidosa través de los medios de
comunicación social.6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión
escolar enel ámbito local, municipal, regional y nacional.7. Elaborar y presentar informes
trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar. El Comité de
Comunicación e Información está conformado por: Marta Altamar CI:V Nº 4.579.643,
Zulay Rosales CI:V Nº 16.923.399, Yamileth Villegas CI:V Nº 18.739.056, Ana Ramos
CI:V Nº 14,059.589, Maritza Duran CI:V Nº 12.896.573.
El Comité de Seguridad y Defensa Integral: Es la instancia encargada de ejercer
acciones dirigidas a la prevención, seguridad, defensa y protección, en el marco de la
responsabilidad y la corresponsabilidad, orientado por valores de respeto, reflexión y
participación, entre otros. Está conformado por las madres, padres, representantes y
responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadores
administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros. Son sus
funciones: 1. Elaborar y coordinar un plan de promoción, defensa, prevención y
protección integral para las instituciones educativas, en el cual se articulan acciones
conjuntas entre familia, escuela y comunidad. 2. Impulsar acciones para la formación
permanente del Consejo Educativo que potencien una cultura de defensa, prevención y
protección integral frente a situaciones que se constituyen en amenazas, vulnerabilidades
y riesgos para la integridad de las niñas, los niños, adolescentes, jóvenes, adultas y
adultos. 3. Articular estrategias para la seguridad y protección de las niñas, los niños,
adolescentes, jóvenes, adultas y adultos y la protección de las instituciones educativas,
con los entes de seguridad ciudadana tales como: Policía Nacional Bolivariana, Bomberos,
Protección Civil, Guardia Nacional Bolivariana, Tránsito Terrestre, Milicia Nacional
Bolivariana, Comité de Seguridad de los Consejos Comunales y Comunas, Salas de Batalla,
Oficina Nacional Antidrogas (ONA), Fundación José Félix Ribas y Dispositivo Bicentenario
de Seguridad Ciudadana (DBISC), entre otros. 4. Contribuir con la formación de los
colectivos de gestión integral de riesgo en la elaboración de planes de emergencia,
señalizaciones de seguridad, mapas de estrategias para la seguridad y protección de las
niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas, adultos y la protección de las instituciones
educativas. 5. Impulsar y elaborar sistemas de alerta temprana, simulacros en situaciones
de emergencias, entre otros, en el marco de la articulación intra e interinstitucional y la
comunidad para la prevención de riesgos.6. Realizar inventario de los daños causados en
las instituciones educativas, correspondientes a bienes materiales, seres humanos y
gestionar ante los organismos competentes las soluciones pertinentes a las realidades
evidenciadas. 7. Impulsar jornadas culturales, recreativas y deportivas que contribuyan a
la formación permanente e integral de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes,
Adultas y adultos de las instituciones educativas y comunidades. 8. Sistematizar y difundir
las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en el ámbito local, municipal, regional
y nacional. 9. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante
la
Asamblea Escolar. El Comité de Comunicación e Información está conformado por:
Adriana Rodríguez CI:V Nº 11409308, KarlyCalderin CI:V Nº 21.467.307, Omaira Mujica
CI:V Nº 15.518.035, Dayana Ávila CI:V Nº 19.310.048, DesireeCamacaro, C.I.
17.282.049.
El Comité de Ambiente, Alimentación y Salud Integral: Es la instancia encargada
de impulsar acciones dirigidas a la promoción, prevención, conservación y preservación del
ambiente a favor de la salud integral, orientado por valores de fraternidad,
responsabilidad, corresponsabilidad, cooperación y la convivencia en el marco de la
solidaridad. Está conformado por las madres, padres, representantes y responsables,
estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadores
administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros. Son sus
funciones las siguientes: 1. Impulsar acciones en el marco del Eje Integrador Ambiente y
Salud Integral para potenciar el desarrollo local, regional y nacional, a través de
experiencias, saberes populares y ancestrales que contribuyan con la preservación
yConservación del ambiente y de la salud integral de las familias, la escuela y la
comunidad.2. Fortalecer la función social de la escuela a través del desarrollo de jornadas
de de prevención y promoción para potenciar la salud integral de las niñas, niños,
Jóvenes, adolescentes adultas y adultos, con articulación intra e interinstitucional, tales
como: Barrio Adentro, Comité de los Consejos Comunales y Comunas, Centros de
Diagnóstico Integral, Hospitales, Instituto Nacional de Nutrición, entre otros. 3. Impulsar
la formación permanente integral de los actores claves del proceso educacional para que
participen reflexiva, crítica y creativamente en el sistema alimentario de las instituciones
educativas y en la preservación y conservación del ambiente. 4. Garantizar la salud
integral a través de acciones que creen conciencia individual y colectiva de una
alimentación autóctona, sana, segura, balanceada, nutritiva y sabrosa en las familias,
escuela y la comunidad, a través de la supervisión, seguimiento, control y evaluación del
servicio alimentario de las instituciones educativas. 5. Promover una educación en salud
preventiva con el uso de la medicina alternativa, como parte de los saberes populares y
ancestrales en lo local, regional y nacional. 6. Crear colectivos ambientalistas y ecológicos
para la protección del ambiente, defensa del patrimonio cultural, ambiental y la soberanía
nacional 7. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en
el ámbito local, municipal, regional y nacional. 8. Elaborar y presentar informes
trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.El Comité de
Ambiente, Alimentación y Salud Integral: está conformado por :Juan Landa CI:V Nº
15.714.702, Wenddy Pérez CI:V Nº 19.388.635, Ángela Machuca CI:V Nº 24.081.166,
Norelys Pérez CI:V Nº 15.658.573, Viviana Delgadillo, C.I. 17,743.475. (SON IMPARES).
El Comité de Deportes y Educación Física: Es la Instancia encargada de impulsar
acciones dirigidas a la promoción, organización, fomento y administración del deporte, la
actividad física y la educación física con fines educativos y sociales, orientada por los
principios y valores de identidad nacional, democracia participativa y protagónica,
soberanía, justicia, honestidad, libertad, respeto a los derechos humanos, igualdad, lealtad
a la patria y sus símbolos, equidad de género, cooperación, autogestión,
corresponsabilidad, solidaridad y protección del ambiente. Está conformado por las
madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos,
trabajadoras administrativas, trabajadores administrativas, obreras, obreros y
organizaciones comunitarias, entre otros. Son sus funciones las siguientes: 1. Articular
con el Ministerio del Poder Popular para el Deporte a los fines de planificar, ejecutar y
evaluar las actividades físicas y de educación física en las instituciones educativas. 2. Crear
colectivos de deportes y actividad física que fortalezcan la salud integral de las y los
estudiantes, las familias, la comunidad educativa en general y la Comunidad circundante.
3. Garantizar el desarrollo de los deportes y la educación física mediante planes proyectos
y programas propuestos por las organizaciones comunitarias y las Instituciones del
Estado.4. Crear alternativas de vida que formen parte de la conciencia social, que tributen
a la cultura física, al vivir bien y al desarrollo de habilidades deportivas en las Diferentes
disciplinas. 5. Garantizar el cuido y mantenimiento de las instalaciones deportivas
existentes en las instituciones educativas. 6. Sistematizar y difundir las experiencias e
innovaciones de la gestión escolar en el ámbito local, municipal, regional y nacional. 7.
Garantizar los planes, programas y proyectos para la incorporación de la población
estudiantil en cualquiera de sus niveles y modalidades, a la práctica sistemática de
deportes, actividades físicas y la educación física. 8. Elaborar y presentar informes
trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar. El Comité de
Deportes y Educación Física está conformado por: Natividad García CI: V Nº
9.153.162, Marisela Álvarez CI: V Nº 11.693.610, Yorjana Escalante CI: V Nº
20.412.146, Mileidy Valera CI: V Nº 19.931.562, José Luis Rolando CI: V Nº 10.275.608
El Comité de Cultura: Es la instancia responsable de organizar, orientar e impulsar el
reconocimiento de las culturas a través actividades locales, regionales y nacionales en las
instituciones y centros educativos, promoviendo la formación integral con la finalidad de
aportar estrategias para el desarrollo de sus capacidades creativas, expresivas y
recreativas siempre bajo un espíritu de inclusión y vinculadas a la gestión escolar. Está
conformado por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes,
docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadoresadministrativos, obreras,
obreros y organizaciones comunitarias, entre otros. Son sus funciones las siguientes: 1.
Promover la construcción de la identidad nacional, recuperando colectivamente su historia,
descubriendo y preservando sus raíces, tradiciones y luchas nacionales libertarias.2.
Impulsar proyectos culturales permanentes e integrales que contribuyan aconvertir la
escuela en el eje dinamizador de la actividad comunitaria. 3. Estructurar y desarrollar
programas de apoyo para el sistema de redes escolares y culturales en cada instancia de
organización y participación comunitaria. 4. Promover y participar en actividades culturales
que contribuyan al desarrollo y consolidación del PEIC y la integración de toda la
comunidad educativa en la gestión escolar. 5. Desarrollar e integrar las actividades
culturales con los ejes integradores del proceso curricular. 6. Planificar, organizar y
participar en actividades culturales articulando con la Misión Cultura, las organizaciones
comunitarias e instituciones del estado a nivel local, regional y nacional. 7. Fortalecer las
potencialidades creativas, expresivas de las y los estudiantes, directivos, docentes, padres,
madres, responsables, representantes y de la comunidad en general, reconociendo y
respondiendo a las culturas originarias de los pueblos y comunidades indígenas y
afrovenezolanas, valorando su idioma, cosmovisión, valores, saberes, conocimientos y
organización social que constituyen los valores de la Nación. 8. Sistematizar y difundir las
experiencias e innovaciones de la gestión escolar en el ámbito local, municipal, regional y
nacional. 9. Garantizar los planes, programas y proyectos para la incorporación de la
población estudiantil en cualquiera de sus niveles y modalidades, a la práctica sistemática
de actividades culturales. 10. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las
actividades ante la Asamblea Escolar. El Comité de Cultura está conformado por :
Marisela Hernández CI:V Nº 6.491.960, Heisy Castro CI:V Nº 16.589.894, María
González CI:V Nº 10.280.696, YubisayAlvarez CI:V Nº 13.231.236, Rebeca Martínez
CI:V Nº 19.387.644.
El Comité de Infraestructura y Hábitat EscolarEs la instancia organizativa encargada
de gestionar, promover, planificar y evaluar Las acciones intra e interinstitucionales
dirigidas a la construcción, ampliación, mantenimiento, rehabilitación, dotación y
preservación de los bienes nacionales y la infraestructura de la planta física escolar. Está
conformado por las vocerías de las madres, padres, representantes y responsables,
estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadores
administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros. Son sus
funcioneslas siguientes: 1. Caracterizar las condiciones de los espacios educativos en los
siguientes aspectos: ubicación geográfica, tipo de terreno, medios de accesibilidad,
plantafísica, sistema eléctrico, instalaciones sanitarias, ambientación, áreas verdes,
dotación (mobiliarios y equipos), entre otros.2. Elaborar y presentar ante la Asamblea
Escolar un plan de acción previamente discutido, para atender las necesidades detectadas
en función de generar las posibles alternativas de solución.3. Impulsar y garantizar que las
infraestructuras escolares existentes y las que sean construidas respondan a las normas
de accesibilidad y los criterios de calidad establecidos para la construcción de la planta
física escolar. 4. Organizar y desarrollar jornadas permanentes para el mantenimiento y
preservación de la planta física, materiales, equipos, mobiliarios y otros bienes
pertenecientes a las instituciones educativas. Asimismo, jornadas para la seguridad,
protección y vigilancia de la infraestructura escolar. 5. Planificar y desarrollar de manera
articulada con los organismos competentes y las organizaciones comunitarias, actividades
de promoción y prevención en el marco de la gestión integral del riesgo y de desastres. 6.
Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar, en el ámbito
local, municipal, regional y nacional. 7. Elaborar y presentar informes trimestrales de
gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.
El Comité de Contraloría Social: Es la instancia del Consejo Educativo encargado de la
prevención, supervisión,acompañamiento, seguimiento, control y evaluación de la gestión
escolar, antes,durante y después de la ejecución de los planes, programas, proyectos, y
accionesde interés colectivo, basada en los principios de justicia, equidad, transparencia
corresponsabilidad, celeridad, honestidad, ética para la protección y defensa delbuen uso
de todos los recursos disponibles de la gestión escolar. Está conformado por las vocerías
de los distintosComité que integran el Consejo Educativo, así como las vocerías de
lasOrganizaciones comunitarias. Son funcionesde la Contraloría Social los siguientes: 1.
Prevenir, supervisar, acompañar, seguir, controlar y evaluar la gestión escolar de los
planes, programas, proyectos y acciones de interés colectivo que se planifiquen, ejecuten
y desarrollen en las instituciones educativas. 2. Procesar y evaluar los planteamientos
presentados por las y los integrantes de los colectivos sociales en relación a la gestión de
los Comité que conforman el Consejo Educativo e informar de manera oportuna a la
Asamblea Escolar. 3. Divulgar los soportes jurídicos vinculantes al Consejo Educativo y
garantizar su
Cumplimiento. 4. Garantizar el estricto cumplimiento del Calendario Escolar, los procesos
pedagógicos y académicos, las líneas orientadoras que viabilizan el currículo, los horarios
de las trabajadoras y los trabajadores, los horarios académicos, la cuadratura, la
sinceración de nómina, la matrícula, la inscripción y las estadísticas de las instituciones
educativas. 5.Supervisar, acompañar, controlar y evaluar la calidad y funcionamiento de
los bienes y servicios, obras de infraestructura ejecutadas en las instituciones educativas;
así como los procesos relacionados con el servicio alimentario (insumos, abastecimiento,
procesamiento y distribución), higiene, manipulación y calidad de los alimentos, menú
suministrado y contratación de los servicios, entre otros.6. Establecer mecanismos para
conocer, procesar, denunciar y hacer seguimiento ante los organismos competentes de las
irregularidades pedagógicas, administrativas y jurídicas detectadas en las instituciones
educativas.7. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar
en el ámbito local, municipal, regional y nacional. 8. Elaborar y presentar informes
trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.
El Consejo Estudiantil: es la instancia organizativa y corresponsable del colectivo de las
y los estudiantes inscritas e inscritos en cada institución educativa oficial y privada. El
poder popular estudiantil actúa de forma participativa, protagónica y corresponsable junto
con el Consejo Educativo en los diferentes ámbitos, planes, programas, proyectos
educativos y comunitarios en un clima democrático, de paz, respeto, tolerancia y
solidaridad. Está conformado por las vocerías de las y los estudiantes en todas las
instituciones educativas en los niveles y modalidades del subsistema de educación
básica. Son sus funciones las siguientes: 1-Participar en forma protagónica en las
diferentes acciones, ámbitos, planes, programas y proyectos educativos y comunitarios,
ejerciendo sus derechos y deberes como sujetos sociales en un clima democrático, de
respeto, paz, tolerancia y solidaridad, contribuyendo con la armonía y el buen
funcionamiento de las instituciones educativas.
2. Convocar a sus voceras y voceros a reuniones ordinarias y extraordinarias, en cada
una de las instituciones educativas. 3. Organizar las actividades referidas a la defensa de
nuestra identidad, preservación y conservación del patrimonio ambiental, histórico y
cultural.4. Asumir corresponsablemente el compromiso del mantenimiento de la planta
física, materiales, equipos, mobiliarios y otros bienes pertenecientes a las instituciones
educativas. Asimismo, en el desarrollo de acciones que disminuyan factores de riesgo y
potencien los factores de protección.5. Participar en la construcción del Proyecto
Educativo Integral Comunitario (PEIC), Proyectos de Aprendizajes (PA) y otras formas de
organizaciones de los aprendizajes en las instituciones educativas, en aras de la
integración de las familias, escuela y comunidad, a fin de garantizar las transformaciones
que ellos requieran.6. Articular con otras instituciones educativas para la organización y
desarrollo de los Comité Estudiantiles hacia la conformación de redes estudiantiles
locales, regionales y nacionales.7. Sistematizar y divulgar a través de diferentes formas
de comunicación, las experiencias organizativas del Comité Estudiantil a nivel local,
regional, nacional e internacional.8. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión
de las actividades ante la Asamblea Escolar. El Consejo Estudiantil está conformado
por: Carmen Salazar CI:V Nº 16.888.012, Yeisi González CI:V Nº 17.744.609, Sonia
Herrera CI:V Nº 6.874.596, Esglenny Moreno CI:V Nº 14.216.055 Ana Mendoza CI:V Nº
13.232.518
El Comité de Economía Escolar: Es la instancia del Consejo Educativo encargado de
realizar los trámites administrativos y legales de los recursos financieros directos e
indirectos de la institución educativa, previamente aprobado en Asamblea de Ciudadanas
y Ciudadanos. Estará conformado tres (03) miembros electos en asamblea escolar, los
electos no pertenecen a ningún otro comité antes conformado. Son sus funciones 1-
Tramitar ante la banca pública la cuenta bancaria respectiva, 2.- Dar beneficio a el
estudiantado en primer instancias, 3- Buen uso de los recursos financiaron que FEDE o
cualquier ente descentralizado o cualquier otro de la administración pública o privada
otorgue para el mantenimiento o rehabilitación de la institución educativa, 4- Realizar la
compra, adquisición de insumos y materiales para reparaciones menores, 5- Elaborar y
presentar informes trimestrales de gestión y relación de los gastos ante la Asamblea
Escolar. El Comité de Economía Escolar está conformado por: Jenny Ávila CI:V Nº
13.727.754 , Yannys Velásquez CI:V Nº 18.080.586, Ligia Bello CI:V Nº 6.464.760.
De la Asamblea Escolar: es la máxima instancia de participación, deliberación y tomade
decisión del Consejo Educativo, para dar cumplimiento a lo establecido en lasleyes y
demás normas que rigen el subsistema de educación básica.La Asamblea estará
conformada por las y los responsables y corresponsables comosujetos claves del proceso
educativo, vinculados a la gestión escolar.Las Decisiones de la Asamblea Escolar serán
tomadas por consenso de la mayoría de las y los asistentes a la Asamblea Escolar
vinculados a la gestión escolar. Son funcionesde la Asamblea Escolar las siguientes: 1.
Aprobar y legitimar el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) con susrespectivos
planes, programas, proyectos y recursos, de acuerdo a la políticaeducativa del Estado.2.
Aprobar el documento de Registro del Consejo Educativo y sus normas defuncionamiento,
en un lapso no mayor de tres (03) meses a partir del inicio delaño escolar.3. Definir
criterios para la revocatoria del mandato de las y los integrantes de losdiferentes Comité,
partiendo de lo establecido en la Constitución de la RepúblicaBolivariana de Venezuela
(1999), La Ley Orgánica de Educación (2009), La LeyOrgánica para la Protección de Niños,
Niñas y Adolescentes (2007) y el conjunto de Leyes del Poder Popular (2010) que
garantizan los derechos de las ciudadanas y los ciudadanos.
4. Discutir, aprobar o revocar los proyectos de comunicación alternativa, salud, socio-
productivos, infraestructura, recreación, actividad física y deportes, los cuales se
enmarcarán en el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) y se articularán con los
proyectos de la comunidad organizada y organismos del Estado. 5. Discutir y por consenso
diferir, aprobar o revocar la Memoria y Cuenta del Consejo Educativo. 6. Conocer, discutir
y por consenso diferir o legitimar los acuerdos de convivencia escolar y comunitaria. 7.
Promover e impulsar la articulación con las organizaciones comunitarias lo relacionado con
calendario socio productivo y sociocultural, en función del modelo socio productivo,
político y educativo venezolano definido en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la
Nación, de acuerdo a las necesidades reales de la comunidad y el proyecto de país. 8.
Garantizar el acto revocatorio previa solicitud del Consejo Educativo, transcurrido la mitad
del período para el cual fueron electos las voceras y los voceros integrantes de los Comité.
De la convocatoria, tipo de Asamblea de Ciudadanas y Ciudadanos: Para realizar
la convocatoria será por escrito a todas las ciudadanas y todos los ciudadanos que
conforman el Consejo Educativo, con setenta y dos (72) horas de antelación, incluyendo la
Agenda a tratar, acciones comunicacionales y de compromiso que promuevan la
participación protagónica. Los Tipos de Asamblea: Será Ordinaria y Extraordinaria. La
Asamblea Ordinaria es aquella que se convoca cada tres (03) meses con la finalidad de
abordar y hacer el control y seguimiento de la gestión escolar. La Asamblea Extraordinaria
es aquella que se convoca cuando lo amerite el caso de acuerdo al Consejo Educativo. Al
inicio de cada año escolar en los primeros quince (15) días se convoca la primera
Asamblea Ordinaria con la finalidad de elegir el Consejo Educativo. Los perfiles y criterios
de postulación deberán ser definidos, tomando en cuenta la idoneidad, compromiso,
solidaridad, ética, valores y principios humanistas sociales, responsabilidad y
corresponsabilidad, honestidad, trabajo, disposición de trabajo voluntario y colectivo,
participación, justicia y respeto. La Asamblea Ordinaria se convoca cada tres (03) meses
en las siguientes fechas: Octubre, Marzo, julio. Asimismo, formará parte de los colectivos
internos de la escuela y como actores comunitarios participantes activos de la gestión
escolar. Se autoriza a él o la ciudadano (a) .Yaneyda Urdaneta CI: V Nº 7.889.712, a
consignar el presente documento en las instancias administrativas que corresponda, a los
45 días después de la conformación, adjuntando copia donde consta la asistencia de
padres y representantes para realizar mencionado consejo, terminada la reunión se leyó y
conforme firman los integrantes de cada comité, ______________ C.I: V Nº 14481288
________________C.I: V Nº 13910167 ________________C.I: V Nº 15518035
________________C.I: V Nº 19388635 ________________C.I: V Nº 10275608 .
________________C.I: V Nº 6461960 ________________C.I: V Nº 12877774
________________C.I: V Nº 6874596 ________________C.I: V Nº 15519049 .
________________ C.I.V Nº 6464760
ACTA DEL CONSEJO EDUCATIVO –RESOLUCION 058
AÑO ESCOLAR 2015-2016
COLECTIVO DE COORDINACION COMUNITARIA UNIDAD DE
CONTRALORIA SOCIAL
NOMBRE MIEMBROS DE LA
COMUNIDAD
COORDINACION
YANEYDA URDANETA DE COVA
DIRECTORA
FINANZAS
AURA SOLORZANO
REPRESENTANTE Y
VOLUNTARIOS
CONTRALORIA ESCOLAR
SOCIAL
ORLEMIR BELLO
REPRESENTANTE Y
VOLUNTARIOS
ACADEMICO
MARIA GONZALEZ
REPRESENTANTE Y
VOLUNTARIOS
CULTURA Y DEPORTE
YEREMY RODRIGUEZ
REPRESENTANTE Y
VOLUNTARIOS
PADRES Y REPRESENTANTES
LUIS COLMENARES
REPRESENTANTE Y
VOLUNTARIOS
INFRAESTRUCTURA
ANA MENDOZA
REPRESENTANTE Y
VOLUNTARIOS
ESTUDIANTIL
WENDY PEREZ
REPRESENTANTE Y
VOLUNTARIOS
AMBIENTE-SALUD Y
ALIMENTACION
ANEXO ACTAS DE ASAMBLEA DE PADRES Y REPRESENTANTES PARA
CONFORMAR EL CONSEJO EDUCATIVO-FIRMAS DE ASISTENCIAS
DE PADRES Y REPRESENTANTE