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COMITÉ DE GOBERNANZA FORESTAL
Taller de ConCerTaCión ForesTalHotel Vistamar
Masachapa, Nicaragua14 y 15 de julio del 2006.
MEMORIA FINAL
Análisis de los resultados del taller de concertación forestalsobre la ley 585 “Veda forestal”
ComiTe de Gobernanza ForesTal
Managua, 25 de Julio del 2006
TABLA DE CONTENIDO
I. ANTECEDENTES
II. INTRODUCCIÓN
III. DESARROLLO DEL TALLER DE CONCERTACIÓN
3.1 Objetivos del Taller
3.2 Metodología del Taller
IV. RESULTADOS DEL TALLER
4.1 Áreas de Concenso del Taller
4.2 Puntos Neuralgicos a Reformar en la Ley 585
4.3 Línea de Trabajo Prioritarias
V. ANEXOS
5.1 Matriz de Resumen de Reformas en la Ley 585
5.2 Propuesta de Ley Reformadas
5.3 Programa del Taller
5.4 Participantes del Taller
5.5 Matriz de Resultados de los Grupo
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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
I. ANTECEDENTES
El Potencial y Desafíos para el Bosque Nicaragüense
Nicaragua se encuentra hoy en día en un estado final de la expansión de las tierras agrícolas hacia las áreas de bosques secundarios y vírgenes. Las áreas convertidas de bosque a tierra agrícola ya superan los 50% de la superficie del país. Sin embargo 44 % del país son de vocación forestal (equivalente a un total de 8.8 millones de ha) donde solamente el uso forestal puede garantizar el manejo sostenible de las tierras a largo plazo.
La conexión entre bosque y pobreza es alta. Las áreas de mayor pobreza en Nicaragua tienden a corresponder con áreas de bosques remanentes, por lo cual el desarrollo sos-tenible de este sector podría convertirse en un pilar de la economía rural, con impactos inmediatos en el alivio de la pobreza en las zonas rurales más pobres del país.
Los desafíos centrales del sector forestal en Nicaragua se resumen en la degradación acelerada de los recursos forestales a un ritmo aproximado de 70,000 hectáreas por año, ocasionado por el uso no controlado del territorio que provoca el avance de la frontera agrícola, corte ilegal de madera, prácticas no adecuadas de aprovechamiento forestal, inexistencia de una política de incentivos y la incidencia de incendios, plagas y enfermedades forestales, esto acompañado de una cultura de aprovechamiento fores-tal extractivo y poco sostenible.
El problema central del sector forestal tiene su explicación en un conjunto de causas que están interrelacionadas de manera sistémica, pero que sin embargo pueden ser descri-tas para poder establecer una selección y priorización en el abordaje de las mismas por parte de las políticas públicas:
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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
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• La falta de coherencia y armonización del marco jurídico forestal y ambiental
• La práctica de una ganadería extensiva con bajos rendimientos
• La carencia de una política de protección fitosanitaria e incendios forestales
• La deficiencia en la calidad y amplitud de los servicios de apoyo y financiamiento en la cadena productiva forestal
Retos en la Cadena Productiva
En lo general, la industria forestal de Nicaragua se encuentra fuera de competencia con relación a otros países con los cuales Nicaragua a suscrito acuerdos para el intercam-bio comercial. Esto deja en desventaja competitiva a las industrias de la madera, al care-cer de adecuada técnica y tecnología, presentar dificultades para acceder al crédito y a financiamientos de desarrollo, tener baja gestión empresarial y reducidas posibilidades para acceder a los mercados sin el apoyo de programas que fortalezcan sus capacida-des productivas, mas la premisa que en aspectos forestales continuamos siendo simples proveedores de materias primas, beneficiando a países de la región y área internacional y, cada vez mas se aleja la oportunidad de agregar valor a nuestros recursos y crear las bases para nuestro desarrollo.
Marco Jurídico Forestal hasta Mayo 2006
Para enfrentar estos retos y usar el potencial de las tierras para un manejo forestal sos-tenible se desarrolló en los últimos 13 años un marco jurídico para ordenar y incentivar el manejo forestal sostenible que culmino 2003 en la Ley de Conservación, Fomento y Desarrollo Sostenible del Sector Forestal No: 462.
En base de la Ley 462 se desarrolló el capitulo del “Manejo Forestal Sos-tenbible” en el marco del Programa de Enfoque Amplio Sectorial (SWAp) PRORURAL, para fortalecer las insti-tuciones del sector forestal y el sec-tor privado en la implementación de dicha ley.
Especialmente el componente de fortalecimiento institucional prevea inversiones en la institución INAFOR para poder cumplir con su papel del
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rector del sector forestal. Pero estos medios financieros todavía no han sido integrados en el presupuesto de la institución en el 2006. Esta falta presupuestaria no permitió controlar mejor la ejecución de los planes de manejo, y como otras instituciones involu-cradas en el control del manejo forestal como el MARENA tienen problemas parecidas de cobertura territorial se abren espacios significantes para descontrol y corrupción.
Hacia una Emergencia y una Veda Forestal
La alta tasa de deforestación en Nicaragua y el aumento de conflictos entre comunidades indígenas y empresas madereras, tenía un papel importante en la campaña electoral en 2006. Varios políticos de cargos altos, como empresarios fueron acusados de explotar el bosque, sin criterios ecológicos y sociales y algunos sin permisos legales. Mientras, el INAFOR todavía cuenta con un presupuesto limitado que no le permite cumplir con su papel de rector del sector establecido por la ley 462.
Después de salir a luz un caso severo de tala ilegal en la Regional Autónoma Atlántico Sur, el presidente de Nicaragua declaró una Emergencia Económica que suspendió la actividad forestal en el país en un plazo de 2 meses.
Diálogo y Concertación (Comité de Gobernanza Forestal)
El proceso de gobernanza forestal, es un proceso relativamente nuevo en Nicaragua, que nace ante la necesidad de encontrar alternativas de solución a la problemática fo-restal del País.
El proceso comenzó en octubre 2005 con los primeros foros de concertación con to-dos los actores del sector forestal para identificar la problemática forestal en cada una
de las cuatro regiones forestales del país; Región Autónoma Atlánti-co Norte (RAAN), Región Autóno-ma Atlántico Sur (RAAS), Región de Las Segovia en la frontera con Honduras y en la Región Suroeste en la Frontera con Costa Rica. Se realizaron 4 talleres con más de 200 representantes de los dife-rentes sectores; Instituciones del sector publico forestal, Gobiernos de las regiones autónomas, go-biernos municipales, madereros, dueños de bosques, comunidades
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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
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indígenas, ONG ambientalistas, industriales, y organismos de la cooperación internacio-nal, participaron en este proceso de concertación a nivel local.
En noviembre 2006, se realizó un taller nacional con 70 representantes de los talleres regionales y de las instituciones y organizaciones nacionales y la cooperación interna-cional, en donde se consensuó la problemática forestal a nivel nacional a partir de los trabajos de los talleres regionales. En este taller se identificaron alternativas de solución a dicha problemática y se definió un mecanismo de implementación de las acciones iden-tificadas para mejorar la situación forestal.
Como resultado del taller nacional, se conformó un Comité de Gobernanza Forestal constituido con representantes de Gobierno, Regiones autónomas, Gobiernos municipa-les y sector privado forestal. Apoyan este comité los organismos de cooperación para implementar las líneas de acción identificadas y consensuadas en el taller nacional. Los miembros del Comite del GOFO son:
• Instituciones del Sector Publico Forestal (MAGFOR, INAFOR, MARENA)
• Representantes de las Regiones Autónomas (RAAN, RAAS)
• Representantes Municipalidades (AMUR, AMUNSE)
• Representantes del Sector Privado (Comité de Desarrollo departamental NS)
• Miembros de la Cooperación Internacional (GTZ, SNV, FAO)
• Otros Actores (Representantes de los pueblos indígenas, FONADEFO)
Mecanismos de Funcionamiento
El Comité retomó los resultados del taller y elaboró un plan de acción, que es el que se ha venido implementando en este primer año de gestión. Para estructurar la coordinación y los registros, se eligió al representante de la RAAN como presidente y a la representan-te del INAFOR como secretaria del comité.
El comité estableció reuniones ordinarias bimensuales y extraordinarias cuando la ma-yoría de sus miembros lo soliciten. En estos primeros meses, el GOFO ha sesionado casi mensualmente, debido a las complicaciones por la que ha atravesado el sector forestal. Las sesiones se realizaron de manera rotatorias en las distintas regiones forestales.
El financiamiento para el funcionamiento inicial del GOFO lo aporta la cooperación alema-na a través del Programa MASRENACE-GTZ. Asimismo, los miembros aportan recursos operativos como gastos de transporte, viáticos y locales para reuniones.
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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
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II. INTRODUCCIÓN
La crisis del sector forestal de Nicaragua ocasionada principalmente por el avance de la frontera agrícola, la tala ilegal, y la limitada capacidad institucional para el control de las operaciones forestales motiva al Presidente de la República emitir un estado de emer-gencia económica forestal en el año 2005, lo cual ha afectado las actividades forestales productiva del país. El 21 de Junio del 2006, se emitió la LEY DE VEDA PARA EL CORTE, APROVECHAMIENTO Y COMERCIALIZACION DEL RECURSO FORESTAL.
Por esta razón y con ánimo de encontrar una salida de consenso entre los diferentes actores forestales, el Grupo de Gobernanza Forestal integrado por representantes del MAGFOR, Gobierno regional, MARENA, INAFOR, representantes Municipales, sector pri-vado y ONGs ambientalistas con el apoyo de organismos y agencias donantes internacio-nales decidieron realizar un taller de concertación forestal, el cual se realizó durante los días 14 y 15 de Julio del 2006 en el Hotel Vistamar, Masachapa.
El enfoque principal del taller fue el realizar un análisis de los impactos positivos y negati-vos de la aplicación de la Ley 585 en los aspectos económicos, ecológicos y sociales de los diferentes sectores relacionados con el recurso forestal; y preparar propuestas de modificación y/o reforzamiento a determinados artículos de dicha Ley.
En el taller estuvieron representados la mayor parte de los actores del sector forestal entre ellos MAGFOR, MARENA, INAFOR, Gobierno regionales de la RAAN y RAAS, Muni-cipalidades, ONGs, donantes, representantes de agencias internacionales de desarrollo, sector forestal privado, lideres indígenas e invitados especiales de Costa Rica y Guate-mala con experiencias en temas de vedas forestales.
En este marco se reunieron para el taller de Concertación Forestal Nacional, 73 actores principales del sector forestal Nicaragüense, Donantes y representantes de la adminis-
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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
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tración forestal de Guatemala y Costa Rica. Los participantes analizaron la legislación existente y las recientes leyes de Emergencia Económica y la Veda Forestal y desarrolla-ron propuestas para mejorar la situación jurídica del sector forestal Nicaragüense.
El taller fue una iniciativa el Comité de Gobernanza Forestal, un grupo elegido por los actores principales forestales del país, para dar seguimiento a los desafíos principales del sector forestal y el fortalecimiento de la cooperación interinstitucional y la sociedad civil.
Cada sector (privado, gobierno central, gobiernos regionales—RAAN y RAAS, municipios) se dieron a la tarea de exponer sus puntos de vistas bajo su propia perspectivas y los impactos de la aplicación de la misma a nivel nacional. Como resultado principal de esta iniciativa se obtuvo una matriz, los análisis y propuestas de reforma que permita contri-buir a un proceso de concertación a nivel nacional.
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III. DESARROLLO DEL TALLER DE
CONCERTACIÓN
3.1. Objetivos del Taller
General:
Convocar a los actores principales del sector forestal de Nicaragua generando discusión crítica sobre el proceso de promulgación de la ley 585, referida a la veda para el corte, aprovechamiento y comercialización del recurso forestal en Nicaragua.
Específicos:
1. Realizar un análisis de los impactos positivos y negativos que ocasiona la aplicación de la ley 585 en los aspectos económicos, ecológicos y sociales de los diferentes sectores relacionados con el recurso forestal.
2. Identificar en lo general propuestas de modificación y/o reforzamiento de los artí-culos de la ley 585.
3. Lograr pautas generales para la elaboración de un plan contingente que reactive a lo inmediato el sector forestal del país determinando responsables institucionales y un cronograma de implementación
4. Definir en lo general mecanismos de seguimiento a los resultados del taller.
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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
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3.2 Metodología del Taller
La estructura del programa del evento sufrió varianzas, a fin de poder aprovechar al máximo los trabajos en equipo y plenarias, y poder obtener de una manera más organi-zada los objetivos y resultados esperados del taller.
El programa se estructuró de tal manera, que al principio del evento se efectúen las presentaciones de expertos internacionales, luego las ponencias por sectores donde se indicaban los principales impactos a su sector, a consecuencia del otorgamiento de la Ley de Veda.
Las ponencias y presentaciones estuvieron alrededor de expertos de Guatemala y Costa Rica quienes compartieron con los participantes sus experiencias en el tema de la veda forestal. Así mismo, el sector privado y los representantes de los gobiernos municipales, regionales y central presentaron sus puntos de vistas y ponencias entorno la tema de la veda.
Para efectos de planificación se elaboró resumen de los principales impactos que ha ocasionado la Ley de Veda. Ambos documentos fueron proporcionados a los grupos de trabajo como insumos para su discusión.
A fin de estructurar la discusión y la lógica en la presentación de los resultados se elabo-raron matrices las cuales sirvieron como guías para los trabajos en grupo.
A fin de analizar los impactos de la Ley, proponer mejoras a la misma, plantear recomen-daciones, definir responsabilidades y cronograma de acción; se conformaron grupos intersectoriales los cuales contaron con un secretario y un coordinador de debates.
El resultado de los grupos de trabajos en grupo, fueron presentados en plenario a fin de propiciar una retroalimentación y discusión del trabajo desarrollado. Para efectos de análisis de la Ley a los grupos se les designó los respectivos artículos para poder abar-car todo el ámbito de la Ley.
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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
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4.1 ÁREAS DE CONCENSO DEL TALLER
Arto. No 1.
• Especificar que la Ley de veda se aplica a áreas de bosques naturales.
• Se propone eliminar el pino de la lista de especies a vedar.
• Especificar los nombres comunes y científicos establecidos en la Ley.
• En las zonas de amortiguamiento de áreas protegidas, donde se establece un área perimetral externa de 10km, se propone eliminarlo
• Que se elimine el párrafo 5to del presente art. Sobre los aserríos fijos y móviles. Improcedente por estar en otra legislación.
• Agregar un artículo en donde se incluya una mayor participación de los gobiernos locales y regionales.
Artos. No. 2 y 3
• A partir de la entrada en vigencia de la presente ley se prohíbe la exportación de madera en rollo y timber de cualquier especie forestal de bosque natural.
• Se exceptúa de la presente Ley, las especies de pino.
IV. RESULTADO DEL TALLER
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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
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• Agregar un Artículo a la ley con el objetivo de crear las condiciones para el desa-rrollo de la primera y segunda transformación (Ejemplo ley de turismo, proyecto de innovación tecnológica).
Artos. No. 4 y 5
• Separar el Arto. En dos incisos
• El instrumento de planes mínimos y de reposición no es el problema sino la aplica-ción del concepto. Es necesario implementar mecanismos de manejo en pequeñas unidades de bosques
• Se propone eliminación del Art. 5.
Artos. No. 4 y 5
• Definir tiempos de suspensión y el resto del articulado ligarlo al Arto 5 donde se diga que se va a ecepcionar las solicitudes del uso de motosierra e instalación de aserrio cuando se apruebe la nueva permisología para definir los procedimientos
Artos. No. 6,7 y 8
• Definir tiempos de suspensión y el resto del articulado ligarlo al Arto 5 donde se diga que se va a ecepcionar las solicitudes del uso de motosierra e instalación de aserrio cuando se apruebe la nueva permisología para definir los procedimientos
Artos. No. 9,10 y 11
• No aplican los criterios
Artos. No. 12 y 13
• Aclarar roles del ejercito y la policía en el marco de la ley de veda forestal
• Fortalecer las comisiones forestales a nivel municipal y departamental.
• Establecer el monto especifico
Artos. No. 14 y 15
• La específicos pendientes y establecidos en la Ley 462 y reglamentar la Ley 585 publicada el 21 de junio de 2006.
• Con relación al contenido de la Ley 585 …. el presidente de la republica median-te decreto presidencial atendiendo circunstancias especiales e incidencias de
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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
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factores técnicos, ambientales y socioeconómicos, podrán modificar las res-tricciones y limitantes referidas en la Ley, teniendo como soporte los estudios y recomendaciones técnicas y administrativas presentadas por la CONAFOR.
4.2 PUNTOS NEURALGICOS A REFORMARSE EN LA LEY 585
Después de amplias discusiones sobre el articulado de la Ley 585, y tomando en consi-deración los diferentes puntos de vistas expresados por los participantes, se presentan a continuación los 7 principales aspectos que lograron consenso para ser reformados:
4.2.1. Eliminación del Pino de las especies vedadas según el Artículo No.1 de la Ley
Justificación:
• Por que el manejo silvicultural del pino es esencial para protegerlo de plagas, enfer-medades e Incendios forestales y en condición de veda se desincentiva totalmente el manejo de los bosques de pino.
• Porque en los bosques de pino, se da una condición de especie predominante (80%) y al afectarlo en la veda queda prácticamente eliminada la actividad forestal, expo-niendo los bosques al cambio de uso del suelo para sustituirla por otras actividades económicas para la subsistencia.
• Porque la actividad del manejo de los bosques de pino, representa una importancia socioeconómica estratégica para las comunidades y pequeños y medianos produc-tores forestales.
4.2.2. Eliminar las áreas de restricción de 10 y 15 kilómetros para las actividades forestales en las zonas de áreas protegidas y de fronte-ras respectivamente
Justificación:
• El establecimiento de estas zonas, en la que se prohíbe toda actividad de manejo forestal no tiene ninguna justificación técnica y por el contrario:
• En la franja de 10 kilómetros alrededor de las areas protegidas, se establece una contradicción con el espíritu de la ley 217 y reglamento de la ley 290, en las cuales
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ya se establecen las normas y regulaciones relacionadas las actividades en áreas de amortiguamiento de las áreas protegidas
• Adicionalmente, al prohibir las actividades forestales en la franja de 10 y 15 kms, se establece una restricción económica para todas las comunidades que tienen sus areas boscosas en ellas, creando exigencia de indemnización para los afectados.
4.2.3. Eliminar la prohibición de la exportación de madera aserrada.
Justificación:
• Nicaragua no cuenta actualmente con condiciones adecuadas para el procesa-miento de la madera, ni se crea esa capacidad de procesamiento en poco tiempo. Se requiere de un amplio programa de inversiones y mejoramiento de la capacidad competitiva para dar el salto tecnológico y de calidad para la exportación de pro-ductos con valor agregado.
• Con la restricción de la exportación de madera aserrada, que es el principal pro-ducto de exportación, la ley provocara los siguientes efectos:
a. Desincentivo de la certificación forestal, principalmente en las comunidades in-dígenas y pequeñas y medianos productores que están invirtiendo en el manejo sostenible.
b. Distorsión de precios en el mercado de madera en la economía nacional, afec-tando sustancialmente la rentabilidad de las operaciones forestales
c. Obligaría a los productores forestales, dueños de bosques y comunidades a la búsqueda de otras alternativas económicas
4.2.4. Eliminación del Artículo 5 que manda a establecer un nuevo siste-ma de permisología.
Justificación:
• Se consensuó que el problema no es el actual sistema de permisología ni las guías forestales, sino la aplicación del sistema y la capacidad de control de la institución de regulación y control.
-19-
Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
• Se propone establecer otros mecanismos, tales como el fomento de la certifica-ción forestal como mecanismo que apoya el monitoreo independiente de las opera-ciones forestales, la certificación de cadena de custodia y la auditoria forestal
4.2.5. Los decomisos(equipos, instrumentos, etc), que sean traspasados a los gobiernos municipales y los ingresos por subastas al FONADEFO.
Justificación:
• Se debe fortalecer las capacidades de los gobiernos locales en la gestión forestal, y mantener el principio que el producto decomisado/ subastado debe ser distribuido para resarcir daños en el lugar de donde se extrajo el recurso.
• También constituye una necesidad fortalecer el Fondo Nacional de Desarrollo Fo-restal (FONADEFO), creado para el fomento de las actividades forestales
4.2.6. Transferir toda la competencia de la vigilancia, control y segui-miento a la veda al INAFOR, El Ejército y la Policía de acuerdo a su mandato institucional solo debe brindar apoyo a las instituciones.
Justificación:
• Se requiere fortalecer la Institucionalidad del sector público forestal, como se esta-blece en la ley 290 y en la Ley 462, donde se deja clara la función de regulación y control forestal al INAFOR.
• De igual manera se debe fortalecer la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR), como la instancia de mas alto nivel y foro para la concertación social del sector forestal y las comisiones municipales forestales como los mecanismos de concer-tación forestal a nivel territorial (gobernanza forestal)
• Además representa un riesgo dar esas funciones al Ejercito, que se podría desen-cadenar futuros conflictos de ingobernabilidad con una institución que no pueda ser controlada posteriormente
-20-
Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
4.2.7. Restituir la disposición de que el Presidente pueda modificar las restricciones y limitantes referidas en la Ley, teniendo como sopor-te los estudios y recomendaciones técnicas y administrativas pre-sentadas por la CONAFOR.
Justificación:
• Es oportuno facultar al Presidente de la Republica, para pueda resolver casos de importancia económica, social y ambiental para el país y los actores forestales, de-bidamente sustentados en estudios y recomendaciones técnicas científicamente comprobadas a fin de beneficiar al sector forestal.
4.3 LÍNEAS DE TRABAJO PRIORITARIAS
También se identificaron las 6 líneas de trabajo prioritarias para su implementación inmediata.
4.3.1 Resolver con la mayor prontitud los casos de la emergencia forestal y la veda para mejorar el clima de negocio forestal
4.3.2 Fortalecimiento Institucional Publico y Privado
• MAGFOR-INAFOR-FONADEFO
• MARENA
• Gobiernos regionales y municipales
• Comunidades Indígenas, Organizaciones Forestales
4.3.3 Fortalecer la gestión de la CONAFOR y las comisiones forestales municipa-les como verdaderos foros de concertación forestal
4.3.4 Fortalecer el manejo forestal sostenible y la certificación forestal
4.3.5 Apoyo a la reconversión de la Industria Forestal PYMES
4.3.6 Implementar la Auditoria Forestal para el monitoreo de los planes genera-les de manejo
V. ANEXOS
5.1 Matriz Resumen de Reformas en la Ley 585
5.2 Propuesta de Ley Reformada
5.3 Programa del Taller
5.4 Participantes
5.5 Matriz de resultados de los Grupos de Trabajo
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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
-23-
Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
4.2
Rec
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-24-
Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
Arto. 1
La protección de los recursos naturales del país son objetos de S
eguridadnacional,asícom
oS
eguridad nacional, así como
de la más elevada responsabilidad y prioridad del
Estado. Dentro de ese espíritu, se establece a par-
tir de la entrada en vigencia de la presente Ley, una veda por período de diez (1
0) años, para el
corte aprovechamiento y com
ercialización de ár-boles de las especies de caoba, cedro, pochote, pino, m
angle y ceibo en todo el territorio nacional, que podrá ser renovable pro períodos sim
ilares, m
enores o mayores
En las Areas P
rotegidas legalmente la veda será
permanente y por tiem
po indefinido y aplicable a todas las especies forestales exceptuando el uso de leña para fines exclusivam
ente domésticos
dentro de dichas áreas.
En las zonas de amortiguam
iento de las Reservas
de Biosfera B
OS
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, Reserva de B
iosfera del S
ureste y la Reserva N
atural Cerro W
awashang,
se establece un área perimetral externa de 1
0
kilómetros m
edios a partir del limite del area
protegida que las constituyen, en la que única-m
ente se permitirá el uso con fines dom
ésticos no com
erciales y para uso exclusivo en el area.
Se establece una zona de restricción de quince
(15
) kilómetros desde los lim
ites fronterizos hacia el interior del país, donde no se perm
ite el apr-ovecham
iento forestal para todas las especies, la cual queda bajo vigilancia y control del Ejercito de N
icaragua, en coordinación con las instituciones com
petentes.
También se prohíbe en todo el país el estableci-
miento o utilización de aserríos fijos o m
óviles no autorizados y registrados por IN
AFO
R.
Especificar que la Ley de veda se aplica a áreas de bosques naturales.S
e propone eliminar el pino
de la lista de especies a vedar.Especificar los nom
bres com
unes y científicos estab-lecidos en la Ley. Q
ue se defina las razones por haber establecido la franja de 1
5km
desde los lím
ites fronterizos ó que se anule este artículo.En las zonas de am
ortigua-m
iento de áreas protegidas, donde se establece un área perim
etral externa de 10
km,
se propone eliminarlo
Crear m
ecanismos de
indemnización para todos lo
afectados con la aplicación de esta ley.Q
ue se elimine el párrafo
5to del presente art, sobre
los aserríos fijos y móviles.
Improcedente por estar en
otra legislación.
Arto. 1
. Se establece a partir de la
entrada en vigencia de la presente Ley, una veda por un periodo de diez (1
0) años, para el corte, aprovecha-
miento y com
ercialización de árboles de las especies de C
aoba (Sw
ietenia spp), C
edro (Cedrella odorata), P
o-chote (B
ombacopsis quinatum
(Jacq. D
ugand)), Mangle (R
izophora spp) y C
eibo (Ceiba pentandra (L) gaerth)
que provengan de bosques naturales en todo el territorio nacional, que podrá ser renovable por periodos sim
ilares, menores o m
ayores.En las A
reas Protegidas legalm
ente la veda será perm
anente y por tiempo
indefinido y aplicable a todas las especies forestales exceptuando el uso de leña para fines exclusivam
ente dom
ésticos dentro de dichas áreas.
La eliminación del Pino se debe dar por la
vulnerabilidad de los bosques de pino a plagas e incendios forestal al no som
eterse al manejo
forestal. Afectación socioeconóm
ica a las comunidades
y poblaciones locales que utilizan el bosque de pino com
o una de sus principales fuentes de ingresos.La biom
asa predominante en esta zona es el
bosque de pino. (80%)
Al quedar sin reforma la ley los im
pactos serian los siguientes:a. Intensificación de los aprovecham
ientos ilegales
b. Desarrollo de otras actividades productivas
en áreas forestalesc. Perdida de rentabilidad de operaciones
forestalesd. D
esincentivo de la inversión en el sector forestal
e. Dism
inución de las exportaciones f. D
isminución de los im
puestos generados por el sector forestal, captados por el estado.
Contradicción con el espíritu de la ley 217 y reglam
ento de la ley 290 relacionado al m
anejo de áreas de amortiguam
iento de áreas protegidas
Con respecto a la eliminación de las franjas,
en las áreas que comprende la franja de 15
km hay una restricción económ
ica para todas las com
unidades que se encuentran en ella, creando exigencia de indem
nización para los afectados.Tam
bién se debe definir la participación del ejercito dentro de la aplicación de esta ley
Texto Original de la Ley 5
85
Discusión del Taller
Propuesta de R
eforma
Justificación
-25-
Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
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-26-
Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
Arto. 5
. Se faculta al M
inisterio Agropecuario y
Forestal, MA
GFO
R, a elaborar en un plazo de trein-
ta días un nuevo diseño único que sustituya el ante-rior P
ermiso de C
orte y de Guía Forestal con el que
se garantice mayor seguridad en su em
isión y que perm
ita llevar un mejor control de los m
ismos de
parte de las autoridades correspondientes
Involucrar a todos los acto-res en los sistem
as de apro-vecham
iento.Las áreas certificadas que cum
-plen con todos los requerim
ien-to de ley quedan exceptuadas de la aplicación de la ley.Fom
entar la certificación fo-restalS
e propone
eliminación
del A
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Se elim
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Arto 6
. Los tramites de solicitudes de perm
iso para corte y aprovecham
iento de árboles de cual-quier especie y el uso de m
otosierras o para el establecim
iento de aserríos que se encuentren pendientes de otorgam
iento, quedan suspendidos de m
anera indefinida
Arto. 5
Los nuevos tramites de solici-
tudes de permiso para corte y aprove-
chamiento de árboles de aquellas es-
pecies mencionadas en el A
rto. 1 de
esta ley, quedan suspendidos.
La ley no se puede aplicarse retroactiva-m
ente. N
o se puede aplicar a cualquier especie, debe ser congruente con el A
rto. No.1
Al no cam
biarse este Arto. N
o hay incen-tivo para la m
odernización de la industria forestal.
Arto. 7
. El INA
FOR
una vez aprobado el nuevo perm
iso de corte y de guía forestal a que se hace referencia en el artículo 5
, podrá otorgarlo de ma-
nera igual y bajo estricto registro y control para las otras especies no señaladas en el artículo 1
de esta Ley. Los perm
isos domésticos deberán
sujetarse a manejo forestal y a program
as de re-forestación de al m
enos 5 árboles sem
brados de la m
isma especie por cada 1
cortado
Se elim
inaP
or la eliminación del A
rto.5
Arto 8
. Mientras dure la presente veda, se prohíbe
el transporte y comercialización de árboles de las
especies señaladas en el Arto. 1
. Las especies no afectadas por veda no podrán ser transportadas de seis de las tarde a seis de la m
añana y durante los días sábado y dom
ingo y días feriados.
Que se exceptúe el día sába-
do y la madera que proviene
de plantaciones
y bosques
certificados
Arto
6.
Mientras
dure la
presente veda, se prohíbe el transporte y co-m
ercialización de árboles de las espe-cies señaladas en el A
rto. 1. Las espe-
cies no afectadas por veda no podrán ser transportadas de seis de las tarde a seis de la m
añana y durante los días dom
ingo y días feriados.
Texto Original de la Ley 5
85
Discusión del Taller
Propuesta de R
eforma
Justificación
-27-
Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
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-28-
Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
Arto. 1
1. La m
ulta a que se hace referencia en el artículo 9
deberá depositarse dentro de los tres (3
) días de su notificación por la autoridad com-
petente, en las Adm
inistraciones de Rentas res-
pectiva. Su incum
plimiento en el plazo establecido
duplicará el monto de la m
ulta.
Lo obtenido de las multas será un cin-
cuenta por ciento a la vigilancia de las Areas P
ro-tegidas bajo la coordinación y el control del M
AR
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A, y el otro, cincuenta por ciento, a program
as de reforestación bajo la coordinación del IN
AFO
R con
participación de las Alcaldías M
unicipales respec-tivas
Arto 9. La multa a que se hace referencia
en el artículo 9 deberá depositarse dentro de los tres (3) días de su notificación por la autoridad com
petente, en las Administra-
ciones de Rentas respectiva. Su incum
pli-m
iento en el plazo establecido duplicará el m
onto de la multa.
Lo obtenido de las multas será un cin-
cuenta por ciento a la vigilancia de las A
reas Protegidas bajo la coordinación
y el control del MA
REN
A, y el otro,
cincuenta por ciento, cincuenta por ciento, a cuenta del Fondo N
acional de D
esarrollo Forestal que impulsara el
Program
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acional con participación de las A
lcaldías Mu-
nicipales respectivas.
Texto Original de la Ley 5
85
Discusión del Taller
Propuesta de R
eforma
Justificación
-29-
Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
Arto 1
3. El G
obierno de la República debe elaborar
y poner en ejecución En un plazo de treinta (3
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lan de Acción
Interinstitucional que garantice la aplicación de lo establecido en la presente Ley. Las partidas pre-supuestarias pertinentes deberán ser incluidas anualm
ente en el Presupuesto A
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isiones Forestales serán las encargadas, en su territorio, del seguim
iento, supervisión y control de todas las instituciones responsables en la apli-cación de la veda forestal.
Arto. 1
1. El G
obierno de la Republica
debe elaborar y poner en ejecución en un plazo de cuarenta y cinco (4
5) días
hábiles un Plan de A
cción Interinstitu-cional que garantice la aplicación de lo establecido de lo establecido en la pre-sente Ley. Las partidas presupuesta-rias pertinentes deberán ser incluidas anualm
ente en el Presupuesto A
nual de la republica para su im
plementa-
ción, y ser aprobada por el legislativo en lo concerniente al financiam
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la presente Ley y el Plan de acción, re-
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en-tarse para cada caso especifico que se presente, asim
ismo, estas C
omisiones
Forestales o aquellas estructuras de participación
ciudadana relacionada
al tema forestal y/
o ambiental serán
las encargadas, en su territorio, del seguim
iento, supervisión y control de todas las instituciones responsables en la aplicación e instrum
entación de la veda forestal.
Las estructuras de participación ciudada-na en los territorios con sus planes estra-tégicos forestal y am
biental han sido esta-blecidas antes de surgim
iento de esta Ley 5
85
. Adem
ás que han dando seguimiento
a los temas am
bientales y forestales.
Texto Original de la Ley 5
85
Discusión del Taller
Propuesta de R
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Justificación
5.2 Propuesta de la Reforma a la Ley No. 585EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Hace Saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que es obligación del Estado la preservación, conservación y el rescate del medio am-biente y de los recursos naturales, principalmente el recurso forestal, establecido cons-titucionalmente como Patrimonio de la Nación.
II
Que a pesar de haberse puesto en vigencia una Política Forestal y la Ley de Conserva-ción, Fomento y Desarrollo Sostenible del Sector Forestal, Ley 462, y su Reglamento Decreto No. 73 – 2003, se ha continuado con una alarmante explotación irracional de los recursos forestales aumentando así las tasas de deforestación de nuestro bosques, mediante la tala indiscriminada, el avance de la frontera agrícola, los incendios forestales y el corte y trafico ilegal de madera, aprovechando las limitaciones de recursos humanos y económicos con que cuenta el INAFOR como institución responsable de su aplicación, vigilancia y control.
III
Que todas estas actividades amenazan importantes áreas protegidas y nuestras ulti-mas tierras de vocación forestal poniendo en peligro las fuentes de agua para consumo humano, la flora y fauna, la existencia de bosques naturales y la subsistencia de las co-munidades y de la población en general.
-32-
Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
IV
Que ante las permanentes y constantes denuncias publicas de parte de autoridades na-cionales, Alcaldías y la misma sociedad civil que demandan respuestas inmediatas ante esta problemática.
En uso de sus facultades:
HA DICTADO
La siguiente:
REFORMA A LA LEY 585, LEY DE VEDA PARA EL CORTE, APROVECHAMIENTO Y COMERCIALIZACION DEL RECURSO FORESTAL
Se reforma la Ley 585, Ley de veda para el corte, aprovechamiento y comercializacion del recurso forestal, publicada en la Gaceta, Diario Oficial No 120, del 21 de junio del 2006, cuyos articulos se leeran de la siguiente manera:
Arto. 1 Se establece a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, una veda por un periodo de diez (10) años, para el corte, aprovechamiento y comercia-lización de árboles de las especies de Caoba (Swietenia spp), Cedro (Cedrella odorata), Pochote (Bombacopsis quinatum (Jacq. Dugand)), Mangle (Rizopho-ra spp) y Ceibo (Ceiba pentandra (L) gaerth) que provengan de bosques na-turales en todo el territorio nacional, que podrá ser renovable por periodos similares, menores o mayores.
En las Areas Protegidas legalmente la veda será permanente y por tiempo indefinido y aplicable a todas las especies forestales exceptuando el uso de leña para fines exclusivamente domésticos dentro de dichas áreas.
Arto. 2 A partir de la entrada en vigencia de la presente Ley se prohíbe la exportación de madera en rollo y timber de cualquier especie forestal que provenga de bosques naturales..
Arto. 3 Las plantaciones forestales y sus productos, debidamente inscritas en el Re-gistro Nacional Forestal del INAFOR, así como su establecimiento, aprovecha-miento, comercialización y transporte quedan exentas en lo referente a las res-tricciones contenidas en la presente Ley y otro marco jurídico relacionado.
Arto. 4 a. Los permisos de aprovechamiento forestal otorgados por el Instituto Na-cional Forestal (INAFOR) a personas naturales o jurídicas que no se estén ejecutando de acuerdo al marco regulatorio vigente, serán revocados.
-33-
Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
b. Los planes mínimos y de reposición no seguirán siendo autorizados y una vez terminada la vigencia de esto no serán renovados.
c. El MAGFOR en coordinación con el INAFOR establecerá los procedimientos administrativos para la aplicación del marco regulatorio para darle salida al aprovechamiento forestal en Fincas.( planes mínimos de manejo)
Arto.5 Los nuevos tramites de solicitudes de permiso para corte y aprovechamiento de árboles de aquellas especies mencionadas en el Arto. 1 de esta ley, que-dan suspendidos.
Arto. 6 Mientras dure la presente veda, se prohíbe el transporte y comercialización de árboles de las especies señaladas en el Arto. 1. Las especies no afectadas por veda no podrán ser transportadas de seis de las tarde a seis de la maña-na y durante los días domingo y días feriados.
Arto. 7 El incumplimiento a las disposiciones establecidas en esta Ley, será sancionado de conformidad a lo establecido en la Ley especial de Deli-tos contra el Medio Ambiente y los Recursos Naturales, Ley 559, pu-blicada en La Gaceta numero 225 del 21 de noviembre del 2005. Las autoridades judiciales de todo el país, no podrán hacer uso del secuestro o embargo o de otras figuras jurídicas afines, para efecto de liberar de la sanción impuesta al infractor. El incumplimiento por parte del judicial será considerado como prevaricato y sancionado de conformidad a lo establecido en el Código Penal.
Arto. 8 Los equipos, instrumentos y herramientas decomisadas deberán ser entre-gados a los gobiernos municipales para realizar trabajos de vigilancia, mejo-ramiento de caminos, entre otros
En relación a la madera decomisada, el INAFOR deberá subastarla en los territorios, y los ingresos depositados a favor del Fondo Nacional de Desarro-llo Forestal, que debe impulsar y financiar acciones de reforestación en las áreas afectadas por la extracción ilegal y cuencas hidrográficas degradadas en coordinación con las Alcaldías Municipales
Arto. 9 La multa a que se hace referencia en el artículo 9 deberá depositarse dentro de los tres (3) días de su notificación por la autoridad competente, en las Administraciones de Rentas respectiva. Su incumplimiento en el plazo esta-blecido duplicará el monto de la multa.
Lo obtenido de las multas será un cincuenta por ciento a la vigilancia de las Areas Protegidas bajo la coordinación y el control del MARENA, y el otro, cincuenta por ciento, cincuenta por ciento, a cuenta del Fondo Nacional de
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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
Desarrollo Forestal que impulsara el Programa de Reforestación Nacional con participación de las Alcaldías Municipales respectivas.
Arto. 10 El Instituto Nacional Forestal, INAFOR, será la autoridad competente para la aplicación de las disposiciones establecidas en la presente Ley.
Se faculta al Ejercito Nacional y a la Policía Nacional a brindar todo el respal-do operativo y de ejecución al INAFOR, para la aplicación, vigilancia y control efectivo de la veda forestal y demás acciones que se necesiten implementar por parte de la autoridad competente.
En su actuación la autoridad competente deberá establecer las coordinacio-nes pertinentes con la Procuraduría General de la Republica, el Ministerio de Gobernación, Ministerio de Defensa, Consejos Regionales de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica, Alcaldías Municipales y otras instituciones que sean necesarias involucrar
Arto. 11 El Gobierno de la Republica debe elaborar y poner en ejecución en un plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles un Plan de Acción Interinstitucional que garantice la aplicación de lo establecido de lo establecido en la presente Ley. Las partidas presupuestarias pertinentes deberán ser incluidas anualmente en el Presupuesto Anual de la republica para su implementación, y ser apro-bada por el legislativo en lo concerniente al financiamiento del Plan de Acción Forestal, como prioridad Nacional.
La Comisión Nacional forestal, CONAFOR, en coordinación con las Comisio-nes Forestales, creadas en el Arto. 5 de la Ley de Conservación, Fomento y Desarrollo Sostenible del Sector Forestal, Ley 462, del 4 de septiembre del 2003, evaluaran trimestralmente los impactos positivos y negativos de la presente Ley y el Plan de acción, recomendando las medidas a implementar-se para cada caso especifico que se presente, asimismo, estas Comisiones Forestales o aquellas estructuras de participación ciudadana relacionada al tema forestal y/o ambiental serán las encargadas, en su territorio, del se-guimiento, supervisión y control de todas las instituciones responsables en la aplicación e instrumentación de la veda forestal.
Arto. 12 La CONAFOR deberá promover aprobar e instrumentar los mecanismos que logren una mayor efectividad en el conocimiento y la aplicación de la política forestal de Nicaragua y el marco legal vigente.
También el poder ejecutivo deberá cumplir con la elaboración y promulgación
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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
de los reglamentos específicos pendientes y establecidos en la Ley 462 y re-glamentar la Ley 585 publicada el 21 de junio de 2006
Arto. 13 Las disposiciones establecidas en la Ley de Conservación, Fomento y Desa-rrollo Sostenible del Sector Forestal, Ley 462, publicada el 4 de septiembre del 2003, y su Reglamento, Decreto 73-2003, publicado el 3 de noviembre del 2003, seguirá aplicándose en lo que no se oponga a las disposiciones de la presente Ley de Veda Forestal para el Corte, Aprovechamiento y Comercia-lización del recurso Forestal
Con relación al contenido de la Ley 585, El presidente de la republica me-diante decreto presidencial atendiendo circunstancias especiales e inciden-cias de factores técnicos, ambientales y socioeconómicos, podrán modificar las restricciones y limitantes referidas en la Ley, teniendo como soporte los estudios y recomendaciones técnicas y administrativas presentadas por la CONAFOR.
Todas disposiciones jurídicas que se opongan a lo dispuesto en la presente Ley queda sin ningún efecto y validez
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional a los _______ días del mes de _________ del año dos mil seis.
Presidente Secretario
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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
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5.3 Programa
Jueves 13 de Julio 2006
Hora ActividadesResponsable /
Moderador5:00 p.m. Llegada de participantes de las regiones del interior
y del exteriorR. Chávez
Ubicación: Salón Principal
Viernes 14 de Julio 2006
Hora ActividadesResponsable /
Moderador8:00-8:30 Registro de Participantes Eva Axthelm
8:30-8:40 Palabras de BienvenidaIndalecio Rodríguez,
Director Ejecutivo INAFOR
8:40-8:50 InauguraciónJose Antonio Rivera-
Viceministro MAGFOR
8:50-9:10Presentación de los participantes, objetivos del taller, metodología y productos esperados.
R. Chávez
9:10-9:25 Ponencia: Experiencias de veda forestalRolando Zanoti/
Subgerente INAB-Guatemala
9:25-9:40Ponencia: Estrategia para control de la Tala Ilegal
Gilbert Canet, Gerente Manejo RRNN-Costa
Rica
9:40-9:50 Expectativas de Donantes PRORURAL/PROAMBIENTAL
Richard Modley/GTZ
9:50-10:10 Refrigerio
10:10-1:00Presentación de análisis y perspectivas de impactos del nuevo marco legal forestal y debates
Representantes
10:10-10:30. Presentación Sector Privado Franklin Bordas
10:30-10:50 Presentación de Nueva Segovia Ariel Barquero
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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
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Hora ActividadesResponsable /
Moderador10:50–11:20 Debate sobre las presentaciones
R. Chávez
11:20-11:40 Presentación Gobiernos regionalesJorge Canales/Luis
Gaitán
11:40-12:00 Presentación municipios Gerardo Espinoza
12:00-12:20 Presentación Gobierno Central Jader Guzman
12:20–1:00 Debate sobre las propuestas y puntos de vista de los participantes
R. Chávez
1:00-2:00 Almuerzo
2:00-2:30Presentación experiencias sobre concesiones forestales comunitarias del PETEN-Guatemala
Marcedonio Cortave
2:30-5:30 Grupos de trabajo Lideres de grupo
5:30 – 7:00Presentación y discusión sobre los avances de resultados de los grupos de trabajo
Relatores de Grupo
7:00 Cena
Ubicación: Salón Principal
Sábado 16 de Julio de 2006
Hora ActividadesResponsable /
Moderador8:00-8:30 Registro de Participantes Eva Axthelm
8:30-11:30 Continuación trabajos en grupo Relatores de Grupo
11:30-12:30Presentación y discusión sobre los resultados de los grupos de trabajo.
Lideres de grupo
12:30-1:00Definición de mecanismos de seguimiento y responsables
1:00 - 2:00 Almuerzo2:00-4:00 Trabajo de síntesis
Comité Gobernanza Forestal e interesados
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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
Nombre Institución Email
Indalecio Rodriguez Director INAFOR direjecutiva@ibw.com.ni
Lourdes Aguilar Presidente CRAAS Ialagibbs@yahoo.com
Carlos Sanders Presidente CRAAN 792-2235
Jader Guzman Director Politicas Forestales MAGFOR jguzman@magfor.gob.ni
Bayardo Quintero Director Areas Protegidas MARENA bquintero@marena.gob.ni
Gilbert Canet Director MINAE Costa Rica n/a
Jose Rolando Zanotti Vic. Director INAB-Guatemala zanotti@inab.gob.gt
Abraham Clark Limi-Nawah aclark2000@yahoo.com.mx
Alberto Salas CCAD-EFCA-UICN alberto.salas@uicn.org
Alex Mendoza M. n/a
Ariel Barquero COPICO abvcopico@yahoo.com
Armando Cerrato FAO armando.cerrato@fao.org.ni
Barton Beeson Centro Politicas Internacionales bart@ciponline.org
Carlos Ilabaca Dir. Rama Madera Mueble ilabaca@hotmail.com
Carlos Rene Lopez PYME Artesano Masaya 522-6144
Claudio Saito Asesor Taller Concertacion Forestal saitoclaudio@gmail.com
Douglas Rodriguez Rain Forest Alliance roderq@enitel.net.ni
Danilo Cedeño Jagwood bridges@enitel.net
Danilo Centeno Alcalde de San Fernando 853-0626
Eric Blandon INAFOR eblandon@inafor.gob.ni
Eva Axthelm GTZ/Alemania n/a
Evelyn Chavez ACICAFOC agroforestal@acicafoc.net
Fatima Calero INAFOR n/a
Felix Suarez Polo de Desarrollo n/a
Franklin Bordas Bloque Forestal bloqueforestal@cablenet.com.n
Franklin Moncada COPICO 732-2560
Gabriel Aguirre Dir. Alcaldía de San Carlos alcalde_sancarlos@yahoo.com
Gerardo Espinoza Secretaria de RRN AMUR n/a
Guillermo Navarro CATIE gnavarro@catie.ac.cr
Harold Wilson GRAAN nanivan09@hotmail.com
Hector Ramos Camara forestal pinosa@ibw.com.ni
Horacio Altamirano Alcaldia San Fernando n/a
Jaime Guillen Rain Forest Alliance pranajai@yahoo.es
Janja Eke WWF-Nicaragua janja@wwfca.org
Jorge Canales Miembro CCF-RAAN jcanalescolindres@yahoo.com
Jose Juan Aguilar IPADE-NEPENTH jose_juan36@yahoo.com
5.4 Participantes
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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
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Julio Miranda Teran n/a
Karen Juckett Embajada EEUU juckettk@state.gov
Laura Karina Rodriguez AMUNSE laurakarinarodriguez@yahoo.com
Libby Roig n/a
Luis Gaitán Dir. Ambiental Alcaldía de Bluefields n/a
Luis Gutierrez Coordinador Alcaldes de la Costa Atlántica n/a
Marc Smits SNV/Holanda msmits@snvworld.org
Marcedonio Cortave ACOFOP-Guatemala direccion@acofop.org
Marcelino López Puembo II marcelinolopezsalazar@gmail.com
Marcelino Moncada COPICO 732-2560
Maria Antonia Zelaya COSUDE/Suiza maria.antonia.zelaya@sdc.net
Maria Pia Hernandez Centro Politicas Internacionales pia.hernandez@gmail.com
Maritza Rivera USAID marivera@usaid.gov
Martin Cuadra INAFOR martincuadracruz@hotmail.com
Marvin Centeno GTZ/Alemania centenomarvin@yahoo.com
Marvin Sujo INAFOR msujo@inafor.gob.ni
Mauro Salazar Coordinador WWF en Centroamérica msalazar@wwfca.org
Melvin Miranda Director SERENA- RAAN mamirandadam@hotmail.com
Miguel Shion CATIE/BID/FOMIN migshi27@yahoo.com
Obed Nuñez Asociacion Fuente Verde obedsito11@yahoo.es
Ove Faurby NEPENTHES faurby@ibw.com.ni
Pablo Avendaño Coordinador GRAAS n/a
Pedro Huerta FEDUBONIC sacacline@yahoo.com
Ramón Sequeira MIFIC-DPYME ramon.sequeira@mific.gob.ni
Reynaldo Rodriguez Alcaldia San Fernando n/a
Richard Chávez Moderador Taller Concertacion Forestal richard.chavez@aya.yale.edu
Richard Modley GTZ/Alemania richard.modley@gtz.de
Roberto Araquistain MARENA raraquistain@marena.gob.ni
Roberto Herrera Club de Jovenes Ambientalistas incidencia@jovenesambientalistas.org.ni
Robert Stewart Limi-Nawah bob@limi-nawah.com
Rufino Johnson Comunidad Layasiksa n/a
Sergio Sánchez Puempo II 855-4884
Valdemiro Pacheco n/a
Victor Campos C. Humbolt vmanuelcampos@humbolt.org
Yanni Vilchez SNV/Holanda yvilchez@snvworld.org
Yadira Mesa MARENA aymuz@yahoo.com
Yenisay Mayorga MELD yemayorga@hotmail.com
Nombre Institución Email
-41-
Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
5.5 Matriz de Resultados de los Grupos de Trabajo
-43-
Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
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-44-
Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
Contradicción con el espíritu de
la ley 21
7 y reglam
ento de la ley 2
90
relacionado al manejo de
areas de
amortiguam
iento de
áreas protegidas.
En las áreas que comprende la
franja de 15
km hay una restric-
ción económica para todas las
comunidades que se encuentran
en ella.
Que se defina las razones por haber establecido
la franja de 15
km desde los lim
ites fronterizos ó que se anule este artículo.
En las zonas de amortiguam
iento de áreas pro-tegidas, donde se establece un área perim
etral externa de 1
0km
, se propone eliminarlo
Crear m
ecanismos de indem
nización para to-dos lo afectados con la aplicación de esta ley.
Existen puntos de vistas de vistas opuestos en re-lación a la definición de la dim
ensión de la franja establecida: U
n sector estableció que se eliminara este artí-
culoO
tro sector que se mantenga una franja de 5
km
fundamentando las razones.
De m
antener la franja, indemnizar a las personas
dentro de esta conforme lo establece la consti-
tuciónD
efinir la participación del ejercito dentro de la aplicación de esta ley
Que se elim
ine el párrafo 5to del presente art.
sobre los aserríos fijos y móviles. Im
procedente por estar en otra legislación.
Incentivar la industria forestal de segunda trans-form
ación como está establecida en la Ley 4
62
.
La madera retenida o decom
isada por el ejército y/
o INA
FOR
que se haya comprobado su legali-
dad debe ser devuelta a sus propietarios.P
roceder de inmendiato
Otros
• Intensificación de los aprove-cham
ientos ilegales•
Desarrollo de otras activida-
des productivas en áreas fo-restales
• P
erdida de
rentabilidad de
operaciones forestales•
Desincentivo
de la
inversión en el sector forestal
• D
isminución de las exportacio-
nes •
Dism
inución de los impuestos
generados por el sector fores-tal, captados por el estado
EL plan de acción existente para la implem
enta-ción de la ley de veda, debe ser dado a conocer.
Retom
ar los planes de acción forestal de las regiones y asignarle los recursos para su im
ple-m
entación para reforzar este plan de acción.
Agregar un artículo en donde se incluya una
mayor participación de los gobiernos locales y
regionales.
Impactos
Propuesta de m
ejoraR
ecomendaciones de acciones urgentes a seguir
Responsable/
Cronogram
a
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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
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-46-
Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
Desincentiva la certificación forestal
Dism
inuye el precio de la madera en el
mercado la econom
ía nacional, consi-derado la baja capacidad de segunda transform
ación (¿?)
Aum
enta la oferta de madera para el
mercado local
Obliga a la búsqueda de otras alternati-
vas económicas
Reglam
entar la definición de Timber, m
ade-ra de prim
era y segunda transformación
A traves de las norm
as tecnicas de MIFIC
, IN
AFO
R, M
AG
FOR
se defina el termino tim
-ber, prim
era y segunda transformación
Realizar una revisión respecto a la consti-
tucionalidad de ley 58
5.
El grupo de seguimiento puede recopilar
información de los analisis de inconstitu-
cionalidad que han realizado iniciativas in-dividuales
Grupo de S
eguimiento.
Hacerlo de inm
ediato
No asegura e incentiva la inversión en
el desarrollo de la segunda transforma-
ción (¿?)A
clarar el estado de vigencia del decreto de em
ergencia económica 3
2 /
20
06
.G
rupo de seguimiento.
Inmediato
Am
biental
Acelera el proceso de deforestación
Acelera el proceso de cam
bio de uso del suelo y su degradación con sus conse-cuencias am
bientales
Realizar una revisión técnica y económ
ica a los efectos de la ley a doce m
eses des-pués de su aplicación
MA
GFO
R, IN
AFO
R con apoyo de donan-
tes y Sector privado.
Aum
enta la ilegalidad en el aprovecha-m
iento especialmente de las especies
vedadas
Social
Afecta negativam
ente la economía local
aumentando la pobreza
Reduce las oportunidades de educación
a las comunidades forestales
Crea condiciones propicias para aum
en-tar la corrupción
Art. 3
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Impactos
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Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
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-48-
Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
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ay un problema de inter-
pretación en cuanto a la perm
isología
Definir tiem
pos de suspensión y el resto del articu-lado ligarlo al A
rto 5 donde se diga que se va a re-
cepcionar las solicitudes del uso de motosierra e
instalación de aserrio cuando se apruebe la nueva perm
isología para definir los procedimientos
Respetar los plazos establecidos
(los 30
días)
INA
FOR
Arto 7
Que se incluya la figura de los perm
isos domésti-
cos en el Reglam
ento de la Ley 46
2
Los permisos dom
ésticos no deberán estar suje-tos al m
anejo forestal
Que se establezcan trám
ites para la otrorgación de los perm
isos do-m
ésticos IN
AFO
R
Arto 8
Q
ueda com
o está
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in em
bargo esto
causa un
impacto
directo negativo
al sector transporte por que
prácticamente
solo tendrán 4
días hábiles de trabajo
Que se exceptúe el día sábado y la m
adera que pro-viene de plantaciones y bosques certificados
• Que se evalúe el im
pacto de este artículo dentro de un año, don-de la P
N brinde un inform
e• Q
ue se aclare si el transporte acuatico esta incluido.
• Existen puntos encontrados en cuanto a la inclusión del dia sa-bado
• No debe m
odificaciones de la ley 4
62
INA
FOR
P.N
. brinde informe
-49-
Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
Otros Artos que se analizaron:
Algunas reflexiones:
Arto. 1
En las áreas protegidas debe haber manejo forestal, en donde se involucre directamen-te a las familias que viven en esas áreas, ya que ellos son los dueños, ahí nacieron, ahí se han creado, ahí están sus raíces y su cultura. Todo esto bajo un enfoque de forestería comunitaria.
Que se libere el pino en Nueva Segovia, pero fortaleciendo la regulación y control para el manejo de las áreas, Fortalecer las capacidades del INAFOR, Apoyar la firma de convenio entre AMUNSE y el INAFOR como parte del proceso de descentralización del manejo forestal.
Arto. 13.
La CONAFOR es un instrumento de concertación, sin embargo lo que se requiere es que haya voluntad de todos los actores presente en este tipo de instancias tan importantes para el desarrollo del sector forestal de Nicaragua. La ley de veda le da a la CONAFOR mayores responsabilidades y esto debe potenciar
La Solución del problema del Sector Forestal pasa por la solución del problema de la propiedad.
-50-
Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
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. 9 El incum
plimiento a las disposiciones es-
tablecidas en esta Ley, será sancionada de conform
idad a lo establecido en la Ley Especial de D
elitos Contra el M
edio A
mbiente y los R
ecursos Naturales, Ley
55
9, publicada en La G
aceta, Diario O
fi-cial núm
ero 22
5 del 2
1 de noviem
bre del 2
00
5.
Las autoridades judiciales de todo el País
no podrán hacer uso del secuestro em-
bargo o de otras figuras judiciales afines, para efecto de liberar de la sanción im
-puesta al infractor. El incum
plimiento por
parte del judicial será considerado como
prevaricato y sancionado de conformidad
a lo establecido en le Código P
enal.
El transportista
deberá sacar
un per-
miso para el transporte de la m
adera, conform
e la guía autorizada, esto deberá hacerlo ante las oficinas del IN
AFO
R del
respectivo Municipio
Mayor control de la actividad fo-
restal (maderero, funcionarios del
estado, gobiernos regionales mu-
nicipales y comunales).
Fortalece la funcionalidad de la Ley y la transparencia en el proceso.
Incremento de ilegalidad en trans-
porte de madera. (¿?)
En lo general qué se reglamente para
operativizar la Ley, tomando en cuenta
a todos los actores desde comunida-
des, municipales, regionales y nacio-
nales.
En general debe haber una vinculación con otros instrum
entos vigentes en la m
ateria (Ley 21
7, reglam
ento de áreas protegidas, Ley 4
62
, Ley 44
5,
Ley 28
y su reglamento).
Que las guías para el transporte no
se faciliten en blanco a los beneficia-rios de perm
isos; que el transportista circule con todos los docum
entos que facilita el IN
AFO
R.
MA
GFO
R –
INA
FOR
, que se con-form
e una comisión en donde se
involucre a los actores
INA
FOR
, incrementando la pre-
sencia institucional con capaci-dad técnica y operativa en los territorios
-51-
Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
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-52-
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GR
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Impactos
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Politico:S
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AFO
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portante la participación del ejercito si es parte de un grupo colegiado
Social: Evasión de com
petencias de las ins-tituciones G
enera transparencia al proceso ( Siem
-pre y cuando funcione con un grupo cole-giado)
Económico: Eleva costo institucionales.
Ordenación del sector forestal evitando la
ilegalidad.
Ecológico: Protección de la biodiversidad,
fuentes hídricas.
Presión sobre las especies no tradiciona-
les.
Aclarar roles del ejercito y
la policía en el marco de la
ley de veda forestal
Elaborar la palabra Igualmente , por que parcece que se
le esta facultando al ejercito y la Policía a cum
plir con las atribuciones del IN
AFO
R
Reglam
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FOR
en el marco de la ley de veda
forestal .
Fortalecer las instituciones involucradas con recursos hum
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Socialización y divulgación de la ley con actores claves
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ante la opinión publica
Elaborar un inventario forestal
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Establecer el monto espe-
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-53-
Análisis de los resultados taller concertación forestal 14 y 15 de Julio Masachapa, Nicaragua
Ayuda Memoria
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d institucional
Con relacion al contenido de la Ley
58
5 .... el presidente de la republi-
ca mediante decreto presidencial
atendiendo circunstacncias espe-ciales
e incidencias
de factores
tecnicos, ambientales y socioeco-
nomicos, podran m
odificar las res-tricciones y lim
itantes referidas en la Ley, teniendo com
o soporte los estudios y recom
endaciones tecni-cas y adm
inistrativas presentadas por la C
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AFO
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Analisis juridico de lo que no se oponga a
la Ley de Veda
Elevar a las instancias correspondientes el resultado del analisis juridico
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Impacto
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